Multas por viajar inadecuadamente con mascotas

Viaja con tu mascota en el coche sin ser multado

En época de vacaciones son numerosas las personas que viajan con su mascota en el coche. Lo llevan de un lugar a otro, y la gran mayoría desconoce que los animales deben ir sujetos de manera adecuada dentro del vehículo.

Debe hacerse así porque, de lo contrario, sus dueños podrían enfrentarse a una sanción de tráfico. Además exponen a los otros conductores en serio riesgo de verse envuelto en un accidente.

Qué dice la Ley sobre viajar con mascotas

La Legislación sobre este supuesto dice más bien poco. Y es que las infracciones cometidas en el caso de no viajar adecuadamente con tu mascota a bordo vienen encuadradas en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación. En él, en el se engloban conductas que no sólo hacen referencia a esto, por lo que la interpretación del artículo en sí es bastante amplia.

El precepto legal dice lo siguiente:

“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”.

La interpretación de la Ley

Que no lleve a equívoco: que la norma diga poco respecto a este asunto no significa que se esté exento de las multas que la DGT está imponiendo. Las sanciones, aunque no conllevan la retirada de puntos, oscilan entre los 40 euros por llevar a la mascota sentada entre las piernas, hasta los 200 euros por conductas como llevar al animal suelto dentro del vehículo.

Aunque la cuantía de las multas de este tipo no es excesivamente elevada, el incumplimiento por no llevar a las mascotas con el dispositivo adecuado puede salir muy caro. Así, no sólo será multado, si no que podrá causar múltiples accidentes de tráfico provocando daños, incluso, para la mascota por la mala colocación de los mismos.

Qué puede pasar si no viajamos bien con mascota

Haciendo alusión a ello, la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial indica que los agentes de tráfico podrán inmovilizar cualquier vehículo en caso de que los movimientos y el campo de visión resulten peligrosamente reducidas por la posición o número de los pasajeros o por la mal colocación de objetos transportados.

La DGT recomienda utilizar dispositivos específicos para que el animal no interfiera en la conducción. Así, hace distinción entre mascotas pequeñas, medianas y grandes a la hora de utilizar el instrumento de seguridad adecuado para nuestra mascota:

  • Para perros pequeños o gatos: el dispositivo idóneo es el trasportín, que debe quedar bien fijado y situado en el suelo de la zona trasera, de forma transversal y con la puerta orientada hacia el exterior del vehículo.
  • Para animales de tamaño mediano de menos de 7 Kg: es recomendado el uso del cinturón, debiendo llevar el animal un arnés para engancharlo. Arnés de doble anclaje homologado y unido a los enganches de los cinturones de seguridad del coche.
  • Para animales grandes de más de 7 kg: se debe usar siempre sistemas de redes y rejillas divisora, colocadas entre el asiento del conductor y los asientos posteriores. Utilizándolo puede quedar el perro suelto siempre que la malla divida bien la zona del conductor y la zona posterior. Otra alternativa para transportar perros de mayor dimensión sería la utilización de jaulas similares al trasportín, pero adaptadas para las mascotas de mayor tamaño situándolas en el maletero del vehículo.

Por lo que si usted ha sido sancionado en sus vacaciones por cometer una infracción de este tipo la recomendación desde el Departamento Jurídico es que se ponga en nuestras manos para recibir asesoramiento jurídico en la mayor brevedad posible.

 

Macarena Cantalapiedra

Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting