• Organismo sancionador: Jefatura Provincial de Tráfico de Pontevedra
• Motivo de la multa: Sanción por no haber sometido el vehículo a la inspección técnica periódica (ITV) establecida reglamentariamente.
• Ahorro €: 200 €
• Puntos NO retirados: 0
• Fecha de la resolución sancionadora: 25/02/2025
• Fecha de la sentencia judicial: 29/06/2026
• Fase: Vía Judicial
• Resultado: El Tribunal de Instancia de Madrid anuló la sanción de 200 euros impuesta a la empresa propietaria del vehículo por circular con la ITV caducada. La empresa acreditó que, casi dos años antes de la infracción, había denunciado por apropiación indebida a la mercantil que tenía el vehículo arrendado y se negaba a devolverlo. El juzgado consideró que la propietaria no tenía el uso ni el control material del vehículo y, por tanto, carecía de capacidad para someterlo a la ITV. Al no existir dolo ni culpa por su parte, concluyó que no podía atribuírsele responsabilidad y anuló íntegramente la sanción, imponiendo además las costas a la Administración.
