Conducir bajo el efecto de las drogas se considera una infracción muy grave; multa de 1.000 euros y retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
¿Se pueden recurrir las multas por conducir con presencia de drogas en el organismo? ¡Los Juzgados ya nos están dando la razón!
Foto: hoy.es J. M. ROMERO
Como bien sabemos, diciembre es conocido por ser el mes con más cenas, tanto familiares como de empresa, por lo que, los controles de drogas y alcohol son más frecuentes de lo habitual a través de campañas especiales de control y detección de presencia de alcohol y drogas en los conductores por parte de la DGT.
Las pruebas para detectar drogas en el organismo deben seguir un procedimiento establecido
La negativa a realizar este tipo de pruebas puede ser considerado delito, cuya pena puede dar lugar a prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años, por lo que es recomendable seguir las instrucciones de los agentes.
No obstante, no debemos olvidar que este tipo de pruebas de detección de sustancias ilegales deben seguir un procedimiento legalmente establecido para salvaguardar la presunción de inocencia de aquellos conductores a los que se les practica la pruebas.
¿Cuál es el procedimiento?
En primer lugar, se realiza la prueba salival, la cual detecta la presencia de hasta cinco sustancias: las anfetaminas, cocaína, THC, cannabis y metanfetaminas.
Si este resultado refleja la presencia de drogas en el organismo, se procederá a la toma de una segunda muestra que es precintada y enviada a un laboratorio.
¿Qué se hace con la segunda muestra y qué pasa si la cadena de custodia no se cumple?
La segunda muestra será enviada al laboratorio y su análisis confirmará si el conductor estaba conduciendo con presencia de estupefacientes en el organismo y, en caso de que sea positivo, se definirá que tipo de sustancia y la sanción que se impondrá.
Si la cadena de custodia desde que se toma la muestra hasta que llega al laboratorio para su estudio no se cumple, o refleja irregularidades, desde el departamento jurídico de Pyramid Consulting recomendamos recurrir la sanción.
¿Qué dicen los Juzgados?
Numerosos juzgados, nos están dando la razón a la hora de recurrir este tipo de denuncias, al considerar que la cadena de custodia está incompleta.
Hay varios supuestos, bien porque no constan los datos del transportista, bien porque hay un periodo de tiempo donde no se sabe que ha ocurrido con la muestra puesto que la cadena de custodia no refleja quien la ha tenido, o faltan firmas de las personas intervinientes en todo el proceso, lo que da a lugar a dudar de si la muestra se ha mantenido en las condiciones de conservación exigidas por la ley.
¡Ya tenemos sentencias estimatorias sobre multas por conducir con presencia de drogas!
Recientemente, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Pamplona se ha pronunciado a favor del denunciado al considerar que en la cadena de custodia no consta la empresa de transporte, en el albarán no se refleja la identidad y firma de la persona que la transportó ni tampoco como de qué manera se guardó la misma. Tampoco queda reflejada la hora de recepción en el laboratorio ni la identidad y firma del empleado que la recibió, ni si la misma había sido manipulada o si continuaba precintada.
Todos estos factores han dado lugar a la estimación de la demanda, al considerar por parte del Juez que se ha producido la rotura de la cadena de custodia, y por tanto, la prueba practicada a lo largo del procedimiento resulta insuficiente para destruir la presunción de inocencia del administrado.
¿Están capacitados los agentes para realizar las pruebas de drogas?
Igualmente, numerosos Juzgados de lo Contencioso Administrativo consideran importante que se aporte, por parte de la Administración, al expediente sancionador, certificado de capacitación de los agentes para realizar este tipo de pruebas, certificado que no siempre se está aportando.
Como siempre recomendamos, ante cualquier tipo de multa, recurrir es la solución más inteligente
Desde el Departamento Jurídico de Pyramid Consulting analizamos cada caso concreto para llevar la mejor defensa de nuestros clientes, por lo que en caso de recibir una denuncia y no estar de acuerdo con la misma, le recomendamos enviárnosla para su revisión.
Lavinia Benedic
Abogada
Pyramid Consulting
Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:
Drogas, alcohol y otras sustancias que afectan a la conducción
Multa por Tenencia de Drogas: ¿Qué Hacer y Cómo Liberarse?
¿Realmente han bajado las multas por drogas y móvil? ¿Falla la DGT?
Un artículo que aporta información que a veces no tenemos suficiente y oportunidad de defensa para los con doctores.
Estimada Marimar,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar. Nos alegramos que le interesen y gusten nuestros artículos, para eso lo hacemos.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me ha gustado la información, que me permitiera saber que unas pruebas personales me garantizara que han tenido una correcta manipulación, que daba por hecho que así era
Estimado Enrique,
Muchas gracias por sus comentarios y por participar. Nos alegra que le gusten e interesen nuestros artículos, para eso los hacemos.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!