Sentencia en contra de la Dirección General de Tráfico

Sentencia contra la DGT: imprescindible indentificar al conductor

Un juzgado de Madrid, dicta una sentencia donde se indica que será imprescindible la identificación del conductor, a la hora de multar o quitar puntos del carnet.

Así lo establece el Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid, cuya sentencia va en contra de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Es la primera sentencia de este tipo

Hasta el momento, no había una sentencia de este tipo, donde para poder quitar puntos y multar será necesario confirmar la identidad del infractor.

¿Qué fue lo que ocurrió?

Esto sucedió hace unos años, cuando un conductor no quiso identificar a la persona que conducía su vehículo y cometió la sanción.

Uno de los helicópteros de la DGT, captó en su momento la infracción por exceso de velocidad.

No obstante, el vehículo circulaba a una velocidad de 160 km/h. en una carretera donde la velocidad máxima permitida era de 120 km/h.

[woorousell id=»49056″]

Las sanciones impuestas al conductor

Al no reconocer la identidad del infractor, el conductor recibió una multa de 300 euros. Además de quitarle 2 puntos del carnet de conducir.

El abogado del propietario fue el que recurrió la multa en su nombre. La sentencia se ha conocido en estos días.

Consideraciones del tribunal

El Juzgado consideró que desde tráfico no pueden sancionar con una multa o quitar puntos del carnet de conducir, si no se identifica al infractor.

Además, se establece que no hay pruebas suficientes que demuestren que la persona que cometió la infracción era el propietario del vehículo.

Si esta información te ha resultado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:

Nueva medida de la DGT: circular a 30km/h en ciudad

Las sanciones que más puntos te hacen perder

Las nuevas sanciones de la DGT para patinetes eléctricos

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?