Los efectos aparecen desde el mismo instante en que comienzas a beber, incluso con tasas de alcoholemia inferiores a las permitidas para conducir.

La DGT nos da la fórmula para no conducir cuando pasamos las tasas permitidas de alcoholemia

Foto: Foto iStock

Aunque lo idóneo es no tomar ni una gota antes de tocar un volante, la legislación española sitúa el límite en 0,5 gramos por litro en sangre (o 0,25 mg/l de aire espirado), excepto en los conductores noveles o profesionales donde la tasa baja al 0,3 (0,15).

Así que para saber si daríamos positivo en un control de alcoholemia tras una tarde de cañas con amigos o una cena familiar, la DGT indica que el grado de alcoholemia se calcula al dividir los gramos de alcohol puro ingeridos por el peso en kg del bebedor, multiplicado por 0,7 (0,6 mujeres).

 

¿Cómo calculo cuánto alcohol he bebido?

El alcohol puro bebido se calcula multiplicando la graduación de la bebida usada (un número seguido del cero de grados que aparece en la etiqueta de la bebida) por la cantidad ingerida (en centímetros cúbicos o mililitros y por 0,8 -densidad del alcohol- dividido por 100.

Y los efectos aparecen desde el mismo instante en que comienzas a beber. La DGT detalla que incluso con tasas inferiores a las permitidas para conducir. Así, desde 0,3 y hasta 0,5 -se alcanza con 2 cañas o dos vinos– ya se incrementa el tiempo de reacción, comienzan los problemas de coordinación y se subestima la velocidad. Al superar 0,5 gr/l. de alcoholemia, comienzan los problemas de visión y por encima de 0,8, graves problema de atención y coordinación y fuerte somnolencia.

 

Sanciones

La cuantía de la multa por superar las tasas de alcohol permitida es de 500 euros y 4 o 6 puntos que, pasaría a ser de 1000 euros y la retirada de 4 o 6 puntos en el caso de que el conductor ya hubiera sido multado por alcoholemia en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida.

Se consideraría un ilícito penal cuando la tasa de alcohol en aire espirado sea superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro o bien condujera bajo la influencia del mismo.

Fuente: abc.es/motor

 

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