Multa por acceder a Madrid ZBE
- Organismo sancionador: Ayuntamiento de Madrid (Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación)
- Motivo de la multa: Sanción por acceso a Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE), en aplicación del art. 21 de la Ordenanza de Movilidad
- Euros: 200
- Puntos: 0
- Fecha de la resolución sancionadora: No consta fecha exacta en el expediente (nº 5630187203)
- Fecha de la sentencia judicial: 20/07/2026
- Fase: Vía Judicial
- Resultado: El Tribunal de Instancia de Madrid estimó íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el conductor y declaró la nulidad de la resolución sancionadora dictada por el Ayuntamiento de Madrid. El juzgado razonó que, si bien el artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad (que regula Madrid ZBE) formalmente sigue vigente, la STSJ de Madrid de 17 de septiembre de 2024 —confirmada por Auto del Tribunal Supremo de 15 de abril de 2026 que inadmitió el recurso de casación del Ayuntamiento— declaró la nulidad de varios artículos y anexos de la Ordenanza 10/2021, entre ellos los que establecían la disposición transitoria primera y los anillos de delimitación de las zonas de bajas emisiones. A la vista de ello, el juzgador consideró que el artículo 21 ha quedado vacío de contenido práctico, limitándose a una mera indicación de la zona sin base para imponer restricciones ni sanciones pecuniarias. Por ello, declaró la nulidad de la resolución sancionadora recurrida y condenó en costas al Ayuntamiento de Madrid, señalando expresamente que la persistencia del Ayuntamiento en no resolver extraprocesalmente estos casos, tras la inadmisión de su casación, elimina cualquier duda de derecho que pudiera justificar la exención de costas.
