Noticia publicado en el diario El Mundo sobre el nuevo criterio de la Dirección General de Tráfico (DGT) contenido en una Instrucción que entrará en vigor el próximo 1 de Mayo, según la cual, la Guardia Civil no retirará el Permiso de Circulación de los vehículos que no hayan pasado la I.T.V manteniendo la multa de 150 euros.
Desde el 1 de mayo
La DGT no retirará el permiso de los automóviles que no hayan pasado la ITV
- El conductor recibirá una autorización para circular sólo durante 10 días
- En ese plazo deberá pasar la ITV y, además, pagará una multa de 150 euros
- El actual sistema fallaba por retrasos a la hora de devolver el permiso
La Guardia Civil no retirará el permiso de circulación a los vehículos que sean detectados sin haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), tal y como se hacía hasta ahora para obligar al propietario a someter al vehículo a la correspondiente revisión. No obstante, circular con la ITV caducada seguirá estando castigado con una multa de 150 euros.
Una instrucción de la Dirección General de Tráfico (DGT) que entrará en vigor el próximo 1 de mayo, modifica la aplicación del Real Decreto sobre Inspección Técnica de Vehículos de 1994 que ordenaba a la Guardia Civil a retirar de forma inmediata los permisos de circulación de todos aquellos vehículos «pillados» sin la ITV.
Retirado el permiso, la normativa concedía un plazo de 10 días para pasar la inspección técnica, tras lo cual la Jefatura de Tráfico devolvía al titular el permiso de circulación intervenido.
En la nota interna, la DGT reconoce que en muchas ocasiones el titular del vehículo infractor pasaba la ITV en el plazo establecido y, al acudir a la Jefatura de Tráfico para recoger su permiso, éste todavía no había sido remitido por la Guardia Civil, lo que provocaba «numerosas situaciones conflictivas». Para evitar estos problemas, los agentes no retirarán físicamente el documento sino que entregarán un volante que autoriza la circulación del vehículo por un plazo máximo de 10 días, a los únicos efectos de trasladarse a una estación de la ITV para pasar la revisión. En el caso de que el propietario no pase la inspección en ese plazo, la DGT ordenará la inmovilización del vehículo.
Según la patronal de las estaciones de ITV (AECA-ITV), uno de cada cinco vehículos es rechazado en la inspección técnica obligatoria por no reunir las condiciones mínimas para circular de forma segura o por emitir gases superiores a los permitidos.
Fuente: El Mundo ed. digital
Good job making it appaer easy.