DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL Y SUS PENAS
ARTÍCULO
TIPIFICACIÓN
PRISIÓN
MULTA
SIN CONDUCIR
Y ADEMÁS…
379

 

Superar en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana la velocidad permitida reglamentariamente.
3 a 6 meses
ó 6 a 12 meses
+1 hasta 4 años
Y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Conducir bajo la influencia drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas. En todo caso condenado por conducir con tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l de aire o 1,2 gr/l de sangre.
3 a 6 meses
ó 6 a 12 meses
+1 hasta 4 años
Y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
380

 

Conducir con temeridad manifiesta y poner en concreto peligro la vida o integridad de las personas (art. 380 y 379, inciso segundo).
6 meses a 2 años
 
+1 hasta 6 años
 
381

 

Manifiesto desprecio por la vida de los demás con la conducta del art. 380.
2 a 5 años
y 12 a 24 meses
de 6 a 10 años
 
Si no se ha puesto en concreto peligro la vida o integridad de las personas.
1 a 2 años
y 6 a 12 meses
de 6 a 10 años
 
El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en el presente precepto se considerará instrumento del delito a efectos del art. 127 de este código.
382

 

Con actos sancionados en los art. 379, 380, 381 se ocasione, además del riesgo prevenido, resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, Jueces o Tribunales, apreciarán tan sólo la infracción mas gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado.
383

 

Conductor, que requerido por un agente, no se someta a las pruebas de tasas de alcohol y presencia de drogas, estupefacientes o psicotrópicos, referidas en los arts. anteriores .
6 meses a 1 año
 
+1 hasta 4 años
 
384

 

Conducir con la pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de puntos.
3 a 6 meses
ó 12 a 24 meses
 
Y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Estar privado, cautelar o definitivamente, del permiso o licencia por decisión judicial En vigor a partir del 1 de mayo de 2008.
Conducir sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción. En vigor a partir del 1 de mayo de 2008.
385

 

Originar grave riesgo para la circulación:
– Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio;
– No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo

 

6 meses a 2 años
ó 12 a 24 meses
 
Y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días.

*Información extraída de la revista Autoescuela (nº 337 – febero de 2008)

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