DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL Y SUS PENAS | |||||
ARTÍCULO | TIPIFICACIÓN | PRISIÓN | MULTA | SIN CONDUCIR | Y ADEMÁS… |
379
| Superar en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana la velocidad permitida reglamentariamente. | 3 a 6 meses | ó 6 a 12 meses | +1 hasta 4 años | Y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. |
Conducir bajo la influencia drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas. En todo caso condenado por conducir con tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l de aire o 1,2 gr/l de sangre. | 3 a 6 meses | ó 6 a 12 meses | +1 hasta 4 años | Y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. | |
380
| Conducir con temeridad manifiesta y poner en concreto peligro la vida o integridad de las personas (art. 380 y 379, inciso segundo). | 6 meses a 2 años | +1 hasta 6 años | ||
381
| Manifiesto desprecio por la vida de los demás con la conducta del art. 380. | 2 a 5 años | y 12 a 24 meses | de 6 a 10 años | |
Si no se ha puesto en concreto peligro la vida o integridad de las personas. | 1 a 2 años | y 6 a 12 meses | de 6 a 10 años | ||
El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en el presente precepto se considerará instrumento del delito a efectos del art. 127 de este código. | |||||
382
| Con actos sancionados en los art. 379, 380, 381 se ocasione, además del riesgo prevenido, resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, Jueces o Tribunales, apreciarán tan sólo la infracción mas gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado. | ||||
383
| Conductor, que requerido por un agente, no se someta a las pruebas de tasas de alcohol y presencia de drogas, estupefacientes o psicotrópicos, referidas en los arts. anteriores . | 6 meses a 1 año | +1 hasta 4 años | ||
384
| Conducir con la pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de puntos. | 3 a 6 meses | ó 12 a 24 meses | Y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. | |
Estar privado, cautelar o definitivamente, del permiso o licencia por decisión judicial En vigor a partir del 1 de mayo de 2008. | |||||
Conducir sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducción. En vigor a partir del 1 de mayo de 2008. | |||||
385
| Originar grave riesgo para la circulación: – Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio; – No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo
| 6 meses a 2 años | ó 12 a 24 meses | Y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días. |
*Información extraída de la revista Autoescuela (nº 337 – febero de 2008)
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