Nueva operativa con la tarjeta del SER para residentes de Madrid

Como es sabido por los ciudadanos de Madrid, en los últimos meses, el Ayuntamiento ha llevado reformas en lo que a la zona S.E.R. de estacionamiento regulado se refiere, y si primero cambió los parquímetros haciendo la obtención de distintivos para estacionar más compleja, después modificó la Ordenanza de Movilidad, para acto seguido, cambiar el “formato” de la Tarjeta de estacionamiento para residentes.

En relación con esta última cuestión, es importante que todos los ciudadanos solicitantes de la Tarjeta de estacionamiento de la zona S.E.R. para residentes sepan que no van a recibir, como venía siendo habitual, en su domicilio el distintivo físico. Esto se traduce en que cuando se dispongan a estacionar en las plazas de estacionamiento habilitadas al efecto, no van a tener que colocar la Tarjeta en el salpicadero del vehículo, como es hasta ahora preceptivo para evitar ser multado.

El Ayuntamiento de Madrid ha ideado, y ha puesto en marcha, un sistema que consiste en que una vez que se solicita y concede la Tarjeta del S.E.R. para residentes, se crea un registro a cuya consulta tienen acceso los controladores del S.E.R. Los agentes consultan telemáticamente a través de matrícula si el vehículo estacionado en la vía pública cuenta con Tarjeta y en caso negativo, el vehículo es multado.

El resguardo de pago más importante que nunca

Desde el Departamento Jurídico de Pyramid Consulting, queremos aconsejar a todos nuestros clientes y demás interesados en esta materia, que guarden a buen recaudo el justificante de pago de la Tarjeta del S.E.R, ya que en caso de recibir alguna multa, el citado justificante de pago va a ser la prueba de que para el vehículo se solicitó y se obtuvo el distintivo para el estacionamiento en la fecha, hora y lugar de la infracción.

Además, también recomendamos que en los pagos efectuados a través de transferencia bancaria, el pagador sea lo suficientemente explícito para que sin lugar a dudas, cualquier autoridad pública, pueda presumir que el abono efectuado se corresponde a la Tarjeta de estacionamiento de la zona S.E.R. Por este motivo, es indispensable indicar en el concepto de la transferencia efectuada, la matrícula del vehículo al que se corresponde la Tarjeta, mención expresa de que el pago es para la obtención de la  Tarjeta de estacionamiento del S.E.R.,  y a ser posible, el año y periodo de validez de la misma.

Departamento Jurídico de Pyramid Consulting