La noticia del reconocimiento del carnet de conducir marroquí en España para profesionales ha sido una bomba en los medios, pero… ¿Realmente es así?

¡Reconocimiento recíproco del carnet de conducir para profesionales entre España y Marruecos! ¿Esto es realmente así?

Foto: DGT

Nos encontramos ante un momento en el que la movilidad internacional se ha convertido en un aspecto crucial, especialmente en profesiones que requieren desplazamientos constantes como el transporte.

En este contexto, el canje de permisos entre diferentes países se convierte en una preocupación importante para facilitar la movilidad de los profesionales. Cabe destacar, que el canje de un permiso de conducir es la homologación de éste por otro equivalente expedido por la DGT.

 

Ya existía un acuerdo entre España y Marruecos sobre el reconocimiento recíproco del carnet de conducir

Esta es una situación que ya se daba, y se encontraba regulada en el Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción personales, publicado en el BOE núm.133, de 2 de junio de 2004, que permitía el canje en permisos de tipo B, pero no en los de tipo C de camión o C+E de camión con remolque.

En febrero de 2019, la DGT, tras las reivindicaciones de parte del sector transporte, propuso modificar el apartado 4 de dicho acuerdo para reconocer de manera recíproca tanto los permisos de camiones (tipo C) como de autobuses (tipo D).

 

La visita de Pedro Sánchez a Marruecos precipita el anuncio

Tras la última visita de Pedro Sánchez a Marruecos, éste y el Rey Mohamed IV anunciaban el acuerdo de esta medida, mediante el Canje de Notas mediante el que se modifica el Canje de Notas constitutivo de acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, así como su aplicación provisional.

 

¿El acuerdo elimina cualquier tipo de restricción a la hora de convalidad el carnet de conducir?

Esta noticia, no ha pasado desapercibida y ha causado gran revuelo, ya que, atendiendo al anuncio de la modificación de dicho acuerdo publicado por La Moncloa, en un principio se entendió que se eliminaba cualquier tipo de restricción a la hora de convalidar el permiso en España.

Esto implicaría que aquellos que hubieran obtenido el permiso de conducir en Marruecos, podrían convalidarlo en España de forma automática, sin necesidad de realizar ningún examen en España. Lo que implicaría una serie de desafíos y consideraciones a tener en cuenta, como las diferencias entre los requisitos y regulaciones de cada país, posibles barreras lingüísticas y la necesidad de una coordinación efectiva entre las autoridades competentes de ambos países.

 

Pero… ¿Realmente es una convalidación automática del carnet de conducir? Parece que en principio no será así

En este sentido, finalmente se ha pronunciado la DGT, aclarando que no habrá convalidación automática, y que el acuerdo únicamente abarca la exención del examen teórico.

Por lo tanto, para lograr convalidar el permiso profesional en España se deberán realizar satisfactoriamente las pruebas prácticas de conducción, además de acreditar su residencia y que no residía en España en el momento en el que se obtuvo el permiso a canjear y por último informe de aptitud psicofísica.

 

Shaima Serroukh 

Abogada

Pyramid Consulting

 

 

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