El anteproyecto de Ley de Tráfico que implicaba el incremento de velocidad a 130 km/h en determinados tramos de vías rápidas, así como la supresión del límite a 100 de las carreteras convencionales, viene unido a la prohibición de los detectores de radares, ¿qué problemas se pueden derivar de ello para los conductores?

La actual ley permite el uso de los denominados detectores de radar, unos aparatos que por medio de señales acústicas dan la alerta a los conductores de la presencia de un control de velocidad. Este particular sistema de aviso, tan útil para los conductores, puede sin embargo que tenga los días contados de aprobarse el anteproyecto anunciado, implicando una serie de problemas de serie.

En primer lugar se terminaría con una posibilidad totalmente efectiva de esquivar multas de tráfico y de contar con toda la información de las carreteras españolas. Su prohibición fomenta las dudas y el interés recaudatorio que podría haber tras este cambio de postura al permitir más velocidad en algunos tramos, claro que suprimiendo de raiz una de las ayudas con las que cuentan los conductores al volante.

Del mismo modo, saldrían perjudicados todos aquéllos que en su día gastaron dinero en estos dispositivos y en su instalación de seguir adelante con la prohibición de estos dispositivos de alerta.

Como alternativa para hacer de los detectores de radar un servicio más completo que pudiese frenar su inminente supresión, se proponen desde diversas vertientes, que se podrían perfeccionar sus utilidades, mediante la combinación de los avisos de controles de velocidad con otras informaciones relativas al estado de las carreteras, así como regular la marcha en las curvas o ayudar al aparcamiento automático.

De esta forma los conductores no tendrían ninguna obsesión por vigilar el velocímetro y estarían informados en todo momento de todo lo relativo y que les puede salir caro en la carretera, mientras que el Gobierno no tendría únicamente en cuenta la finalidad disuasoria o ‘evita multas’, de dichos aparatos.

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