logo pyramid consulting

Déjanos tus datos y te llamaremos lo antes posible

    Acepto la política de privacidad

    Anulación de multa por falta de acreditación de la infracción y de señalización correcta en Zona de Bajas Emisiones (ZBE)

    • Organismo sancionador: Ayuntamiento de Madrid (Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación)
    • Motivo de la multa: No respetar las restricciones de circulación derivadas de Madrid ZBE sin autorización (acceso a Zona de Bajas Emisiones con vehículo de clasificación ambiental A), en M-607 PK 12,875 ENT C1, el 11/11/2024
    • Euros: 200 (cuantía fijada para el recurso)
    • Puntos: 0
    • Fecha de la resolución sancionadora: 08/05/2025 (confirmada en reposición el 31/07/2025)
    • Fecha de la sentencia judicial: 24/07/2026
    • Fase: Vía Judicial
    • Resultado: El Tribunal de Instancia de Madrid estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el conductor y anuló la sanción de 200 euros impuesta por el Ayuntamiento de Madrid al considerar que no quedó acreditada la infracción. El juzgado señaló que la única prueba de cargo aportada por la Administración era una única fotografía que solo mostraba la parte trasera del vehículo, sin panorámica de la vía ni de las señales existentes, por lo que no permitía comprobar que la zona estuviera correctamente señalizada ni que existieran los carteles informativos sobre la instalación de dispositivos de captación de imágenes exigidos por la normativa. Aplicando la doctrina constitucional sobre presunción de inocencia y la prohibición de responsabilidad objetiva o inversión de la carga de la prueba (art. 24 CE), el tribunal concluyó que no constaba prueba suficiente de la infracción y que, al no acreditarse la señalización, cabía inferir que el recurrente desconocía el carácter restringido de la vía. Por ello, anuló íntegramente la resolución sancionadora y condenó en costas al Ayuntamiento de Madrid, con el límite de 300 euros (IVA incluido) en concepto de honorarios del letrado.