No facilitar el dato de una persona física para ser inscrita en el Registro de Vehículos, a efecto de otorgarle la condición de conductor habitual del vehículo, por diversos motivos:
- Se dirigirán contra esta persona todas las multas por infracciones cometidas con el vehículo, sin comprobación previa, teniendo esta, la carga de probar que no era quien realmente conducía el vehículo.
- En caso de inmovilización del vehículo, los gastos ocasionados, correrán a cargo del conductor en el momento de la infracción, o en su defecto serán por cuenta del conductor habitual.
- Posiblemente, tenga la carga de probar que deja de ser conductor habitual, en caso de querer anular la inscripción efectuada.
- Con el pago bonificado, se renuncia a presentar alegaciones, confirmándose la infracción cometida, perdiendo los puntos, si conlleva.
- Las infracciones graves y muy graves, automáticamente quedan anotadas como antecedentes en el Registro de Conductores e Infractores, por un plazo de 3 años.
- El administrado, asume toda la responsabilidad en la recepción de las multas, debiendo acceder a su contenido en el plazo de 10 días hábiles, ya que en caso contrario se entenderá rechazada.
- En caso de incidencia técnica o material en la recepción y apertura de los datos remitidos por la Administración, el administrado, tiene la carga de probar esta circunstancia.
- No se deja margen de error a la Administración en el proceso de notificaciones, que en la actualidad es uno de los principales motivos de anulación de un procedimiento administrativo.
Stay inofmrtaive, San Diego, yeah boy!