¿Puedo conducir fuera de España?

Qué hay que saber para conducir fuera de España
A la hora de planear un viaje, hay que tener muchos aspectos en cuenta. Y es que a menudo olvidamos que, si salimos de España, debemos prepararnos para conducir un vehículo en el extranjero.

Si tienes pensado realizar un viaje y conducir en el extranjero, si ya resides fuera de España, si tienes previsto residir en otro país y desea conducir por él. En todos esos casos tendrás que tener en cuenta ciertos aspectos relacionados con el permiso de conducir.

Antes de salir de España

En primer lugar, deberás comprobar la fecha de caducidad de tu permiso. De hecho, se permite la renovación hasta tres meses antes de que caduque sin que por ello se acorte la próxima fecha de renovación del permiso. Así que no hay excusa para no tenerlo todo arreglado a tiempo.

En segundo lugar, tendremos que tener en cuenta si vamos a conducir dentro de la Unión Europea o fuera. Desde el 19 de enero de 2013, en la Unión Europea se ha unificado y disponemos de un permiso único europeo, que ha agrupado no solo el formato sino también la mayoría de las condiciones por las que se rigen.

De este modo, todos los permisos de conducción expedidos en la Unión Europea -28 países miembros- y en el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) sirven para conducir indistintamente en todos estos países siempre y cuando sean válidos y estén en vigor.

Cuando vas a residir fuera de España

Pero ¿qué pasa si voy a establecer mi residencia normal, es decir, mínimo 185 días al año, fuera de España? Pues dependerá de si está dentro de la Unión Europea. En ese caso, puedes inscribir tu permiso en el registro de conductores del país, u opcionalmente canjearlo por otro nacional.

Si durante la estancia el permiso fuera robado, sustraído o simplemente caducara, deberás ponerte obligatoriamente en contacto con el organismo que gestiona el tráfico y los permisos en ese país. Posteriormente, dicho organismo realizará la sustitución o renovación con un permiso emitido por ellos.

Cuando es fuera de la Unión Europea

Para el supuesto de terceros países, España es firmante de tratados y acuerdos internacionales recíprocos. Entre los que se encuentran los Convenios Internacionales de Ginebra 1949 (Anexo 9) y la Convención de Viena 1968 (Anexo 6). Estos se llevaron a cabo para tener unas bases legislativas comunes entre los distintos países sobre normas de circulación y permisos de conducción. En función del Convenio es posible que sea suficiente el permiso nacional, en otros se exige llevar también el permiso internacional. Asimismo, existen los Acuerdos de Reconocimiento recíproco y Canje de los permisos de conducción que España firma con otro país. En función del convenio o acuerdo correspondiente, podría conducir con el permiso español o que necesite canjearlo al adquirir la residencia normal o en un plazo temporal establecido. Se podrá solicitar a la autoridad competente en materia de tráfico y permisos del país correspondiente.

Respecto al permiso internacional de conducción destacar que será necesario para poder conducir temporalmente por el territorio de países que no sean miembros de la Unión Europea y que no se hayan adherido a la Convenciones Internacionales sobre la materia o a alguna de ellas y que no hayan firmado acuerdos de reconocimiento recíproco del permiso de conducción con España. Este tipo de permiso tiene una validez de un año y no es válido para conducir en el país que lo expide.

Como requisito imprescindible se necesita ser titular de un permiso de conducción que esté vigente, así como una serie de documentación como el impreso oficial, haber abonado la tasa correspondiente, entre otros. Para más información, puede dirigirse a la web de la DGT, en el apartado de trámites y multas, permisos de circulación, para poder tramitarlo.

Paula Eguia Moreno
Departamento jurídico de Pyramid Consulting