En principio, el plazo para recurrir es de 20 días.
Aunque el plazo para recurrir o pagar con descuento una multa es de 20 días, hay otras opciones una vez pasado ese plazo.
No son pocos los casos en los que, lamentablemente, se descuida la típica notificación de denuncia de tráfico o de cualquier otra naturaleza. Así, se pasa el plazo para recurrir la sanción, para presentar alegaciones. Así, cuando el sancionado intenta reaccionar contra ella ya ha transcurrido el plazo para recurrir.
A tales efectos, hay que indicar que, si bien, lo deseable es respetar en todo momento el plazo para recurrir establecido en la Ley o en la resolución para el citado trámite, el legislador, consciente de que se pueden producir situaciones o descuidos no deseados que pueden originar negativas consecuencias en la esfera jurídica del interesado, ha previsto fórmulas adicionales según las cuales siempre se puede instar una revisión del expediente a fin de no quedarse en situación de plena indefensión.
Plazo para recurrir por ley
La antigua ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ya las contemplaba y la actual (Ley 39/2015, de 1 de Octubre), las mantiene plenamente vigentes.
Las fórmulas previstas para este tipo de “recurso extra”, sobre una resolución ya firme(la que no se ha recurrido en plazo, o que ya ha agotado la vía ordinaria de recurso), son muy variadas y pueden ir desde un recurso extraordinario de revisión, pasando por una mera petición de revocación, hasta lo que se puede considerar la vía estrella en este tipo de situaciones que es la acción de nulidad, para casos en los que los cargos, hechos o sanción que se imputa estén afectados de vicios esenciales materiales o formales de procedimiento, que de aquietarse con ellos supondrían una grave lesión en los derechos del interesado.
Les animamos, por tanto, a que aprovechen esta ventana y contacten con nosotros ante cualquier resolución reciente o a que haya superado el plazo para recurrir que puedan tener, estudiaremos encantados su caso y les ofreceremos la mejor solución.
Margarita Bernardo
Departamento Jurídico de Pyramid Consulting
Hola de nuevo. El pasado mes de marzo me pusieron una multa en Valladolid por ir a 71 en zona de 50.
Identifiqué en plazo al conductor y solicité la foto donde se ve que la velocidad marcada por el aparato y la de la denuncia son las mismas sin margen de error. Pensaba recurrirla por no haber aplicado el margen de error, pero no supe nada mas hasta ayer .
Ayer me llegó una carta certificada del ayuntamiento con la resolución de que la multa son 300 eu. y 2 puntos. Que se había publicado en el BOE y me dan de plazo para pagarla hasta el 5 de Enero.
Me permiten presentar recurso de reposición o ir al contencioso.
Yo no recibí la notificación o notificaciones . No digo que no las enviaran por correo pero yo no me enteré, o alguien las pudo coger y tirar a la basura.
La pregunta es : ¿Puedo reclamar ahora en el recurso de reposición que no se me ha aplicado margen de error alguno?
Supongo que por poder si , pero ….
Un saludo
Buenas tardes, José Manuel:
Desde el Departamento Jurídico de Pyramid Consulting le aconsejamos proceder al recurso en vista de que es la primera noticia que tiene tras haber identificado, ya que se le debería haber notificado formalmente la denuncia al conductor identificado. Además, se debe comprobar efectivamente la correcta aplicación del margen de error, por lo que le aconsejamos acudir a los especialistas de Pyramid Consulting para un asesoramiento más detallado y proceder a su correcta impugnación. Un saludo.
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, viajando por la autovía Santander, me retuvo la guardia civil, según ellos por no llevar seguro, si que lo tengo y pagado, pero mi sorpresa fue cuando comprobé la póliza y la matricula no corresponde con el vehículo, errata en la escritura, por lo tanto la aseguradora ha modificado la póliza poniendo bien la matricula, pero con fecha posterior a los hechos,y con otro número de póliza distinta a la anterior, tengo copia del recibo de este año domiciliado anualmente en el banco, de la póliza con la errata,que debo hacer para que no me carguen la multa, por error del seguro, que inicialmente lo tenía bien hecho, cuando era helvétia seguros, luego paso a ser Reale seguros, y ahora es generali
Estimado José Ignacio,
En este caso, si se trata de una errata achacable a la aseguradora, y se puede demostrar que era su vehículo el que realmente estaba asegurado, se podría recurrir la multa adjuntando toda la documentación, siempre que la misma acredite que efectivamente el vehículo que conducía estaba asegurado, y la prima abonada, el día de la denuncia.
Recomendamos que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para que le asesoren al respecto.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, buenas. Mi caso es de que iba viajando en autovía de copiloto con mi compañero de trabajo en su coche nos pararon en plena autovía en un control de drogas y armas yo soy consumidor de CBD por que deje el canabis y llevaba conmigo un bolsita cerrada que es de venta en estancos y en la misma bolsita lo ponía que era de uso legal. Nos registraron el coche lo sacaron de mi mochila y aparte le rompieron el precinto de seguridad y posterior mente lo metieron en una bolsita que tenían ellos me dijeron que para analizar no me dieron comprobante alguno para firmar. Al cabo de unos meses debería haber llegado la multa y no llegó nada luego pasado un mes no vecina me trajo la notificación de carta certificada no entregada fui a correos y me dijeron que ya la habían devuelto luego pasados los meses como ya no podía recurrir me llegó la definitiva con el cargo y esa si llego a mi dirección mi pregunta es podría recurrir aún que se halla pasado el plazo de recurrimiento? Porque ni la analizaron. Y en la multa no ponía que fuera en un vehículo ponía que me pararon a la altura del klm de una autovía. Y yo se que la ley mordaza no pone que sea ilegal llevar en un vehículo propio sustancias.. solo en vía pública o trasportes públicos pero no privados ni de uso propio. Podría recurrirla aún que halla pasado el plazo porque veo muchas pesquisas y aparte que hicieron mal el procedimiento desde el principio hasta el final… Saludos.
Estimado Ricardo,
Para poder indicarle los recursos que puede interponer precisamos que nos indique cual es la ultima resolución que ha recibido y en que fecha recibió la misma, pues de su exposición de hechos habría argumentos para impugnar la misma, si bien es importante saber si estamos en plazo para interponer algún recurso o no.
Si lo desea puede remitirnos toda la documentación de la que dispone para que la estudiemos y podamos indicarle las acciones que se podrían interponer así como el coste de las mismas.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
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Hola buenas dia mi pregunta es porque recurri una multa en el plazo indicado ,me ha vuelto a llegar y en ella pone que no se ha recurrido y por ello debo pagar la cantidad completa de la multa tengo los papeles con el sello de mi ayuntamiento de que la recurri como deberia de actuar?
Estimado José Daniel,
Por lo que comenta, parece que la administración ha denegado las alegaciones que presentó en su momento contra la sanción y ha resuelto imponerle una sanción. Recuerde que la posibilidad de realizar el pago reducido, solo esta disponible durante los 20 días siguientes al momento en que recibe la primera notificación de la multa. Si este plazo ha transcurrido, ya no es posible el pago reducido.
Al margen de esto, se puede presentar un recurso de reposición contra la resolución del ayuntamiento en el que le imponen la multa, defendiendo la oposición contra la multa.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me han denunciado por estar el coche sin seguro, pone que el vehículo estaba entre dos calles, siendo falso, estaba en una esplanada. Se me ha pasado el plazo para pagarla reducida, la multa son 800 e y reducida, 400 e, no me importa pagarla reducida, pero se me ha pasado el plazo,
que puedo hacer?
Hace 4 o 5 días que se me pasó el plazo.
Hola, Ángel:
Preservar los plazos tanto para pagos bonificados como para alegar es esencial. En principio si ha dejado pasar los 20 días naturales, ya no se podrá beneficiar de ninguna bonificación y tampoco tendríamos opción de formular alegaciones como tal. No obstante, nos puede remitir la denuncia para intentar algún tipo de recurso extra que permita intentar la anulación con base en el hecho de no estar circulando ni en vía pública.
Un atento saludo
Hola buenas, lo que pasa es que estaba en lista de reserva en las ayudas del alquiler, les llame dos o tres veces para ver como iba la cosa, y me dijeron que ya cuando haya algo se mandaba un mensaje para llevar los recibos de la casa. Y acabo de ver que ya han salido los benediciarios de los de reserva, y no se nos ha notificado nada de que teniamos que llevar los recibos, y el.plazo para el recurso paso el 23 es decir hace 2 dias, porfavor que podria hacer. Urgente
Buenos días, Meryam:
Lamentablemente, al no tratarse de una sanción de tráfico no podemos asesorarle.
Un saludo
Buenos días. El caso es que compré un vehículo y tenía su seguro, le pedí que me dejara el seguro durante un mes más, para yo hacer un nueva póliza, viajé con el coche y me pusieron una multa de 1500 porque el agente policial no veía seguro en vigor en poliza y me dio la multa en mano, cuando en casa me pongo a observar me di cuenta de que el seguro puso una letra mal de la matricula en la póliza, hice defensa en tráfico y éste me respondió al anterior domicilio fue correo que me lo rebotó a mi domicilio y me llegó este jueves pasado, y expresa que debo llevarles el original del seguro de la póliza que tenía el error, pero se lo he pedido al que era propietario del coche y me dice que no la tiene, entonces debo pedirle a tráfico que ellos mismos la pidan a seguro ya que yo lo he hecho y seguro no me la quiere dar a mí por cuanto no era la titular. Mi pregunta es como debo solicitarlo en trafico en escrito de respuesta. Gracias
Hola una pregunta , tengo una multa bueno una doble que no e pagado porque considero que no debo pagarla , es de hace dos años y no paran de mandarla y por una cosa u otra no e reclamado aún y quiero saber si puedo hacer un recurso porque considero que la multa si e de pagarla qpagare una no las dos es una un día y otra el siguiente sin previó aviso ,me gustaría saber vuestra opinión muchas gracias
Hola Jaime,
En relación a tu consulta indicarte que siempre que se recibe una multa se dispone de un plazo de 20 días naturales para pagarla con el 50% de descuento o recurrirla en caso de no estar de acuerdo.
Transcurrido ese plazo, si no se ha realizado ninguna de las dos opciones, la sanción se vuelve firme y la multa llegará con recargo en vía ejecutiva. En caso de no pagarse le llegaría por la vía de apremio con un recargo de hasta un 20%.
Le recomiendo que nos remita toda la documentación al Departamento Jurídico para poder valorarla y proceder de la manera más adecuada para sus intereses.
Un abrazo y feliz tarde
Hola, me pusieron multa por saltarme un semaforo en rojo, esa multa nunca me llegó. Meses más tarde me llegó una multa por no haber informado de cual era el cunductor que circulaba con mi vehículo en el momento en que me salte el semanforo en rojo. Hoy he querido recurrir la multa alegando que nunca me había llegado la multa por saltarme el semaforo en rojo pero me he dado cuenta que se me ha pasado el plazo de 20 días. Hay algo que se pueda hacer?
Gracias de antemano.
Estimado Toni,
Con relación a su consulta he de informarle que debe contactar con el organismo para solicitar que le remita el expediente completo y consultar donde le notificaron la sanción original y ver que se den tanto los 2 intentos de notificación, y que hubo aviso de correos, a la vez que deberá comprobar donde le notificaron por si hubo algún error en la dirección a efectos de notificación. Esta consulta en algunos organismos permiten hacerla por teléfono y le dan esta información siempre que la persona que llame sea titular de la sanción, tendrá que dar el número de expediente, su DNI y nombre completo.
De todas formas, en su situación le recomendamos que nos remita toda la documentación para valorar la defensa del expediente.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Se me a pasado plazo de recurrir la multa que me han puesto de 300€ y 2 puntos por circular a 71km por vía de 50km he ido a mirar haber la multa y no tienen la foto (es en base guardia urbana)me comentan que la van a solicitar si no la tuviesen se podría recurrir
Estimado Luis,
Efectivamente se puede defender en vía administrativa, en tanto en cuanto la fotografía es una prueba determinante. Le aconsejamos, tan pronto reciba nueva notificación se ponga en contacto con nosotros, para valorar el expediente al completo y presentar las alegaciones correspondientes.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola yo hoy 17de julio, 2019, me acaban de hacer un embargo de una multa de radar ke no fue visible de esto hace 2años no e tenido la oportunidad de reclamar porque no e recibido en mis manos ninguna notificación esto lo se porke e ido esta mañana a informarme, en base diputación de Tarragona, no e podido reclamar para pagar la sanción ni nada kisiera saber si puedo reclamar esta situación no recibí la carta de ver mi foto del vehículo, y me entero ahora después de 2 años
Buenas tardes intentare ser conciso.
En mayo me dejan un coche para probarlo con la intenccion de comprarlo. Se me queda parado en una calle al dia siguiente un mecanico intenta arrancarlo necesita alguien para ayudarle va una amiga mia. Llega la policia local y se lleva el coche la grua al parecer no tenia ni ITV ni seguro. La policia multa a dicha amiga. Ella responde q no es propietaria y q solo ha ido a ayudar al mecanico. Le instan a identificarse y la multan x no tener seguro.
Despues de 4 meses le lkega un embargo en la cuenta y en el ayuntamiento de Jerez de la frontera le dicen q como no localizan al propietario le cargan a ella la multa y los meses de deposito.
Diganme q podemos hacer.
Graciad
Buenos días Andrés,
Este tipo de sanciones como lo son las de ITV y seguro, corresponden al titular del vehículo, por lo que se le debería de haber imputado a el la sanción. En este caso, si directamente os ha llegado el embargo, podríais remitirnos la notificación para enviar un recurso alegando que no habéis recibido las notificaciones previas relativas a esta sanción, que por otro lado no os corresponde porque no sois el titular, y solicitando la anulación de la misma. Mi recomendación es que nos remitáis las notificaciones recibidas para que desde el departamento jurídico podamos efectuar una valoración jurídica más exhaustiva.
Muchas Gracias,
Un saludo.
No se recibio ninguna notificacion. Al haber firmado mi amiga la multa se entendia q estaba notificada.
Simplemente se dio cuenta al tener la cuenta bloqueda.
Gracias
P.D. no tenemos la multa se estravio.
Se me olvidó comentarles que la multa no me la notificaron a mi domicilio a pesar de que un par de días antes yo había hecho la solicitud de cambio de domicilio.
Buenos días Rosiliana,
Lo que le han pedido desde la administración es que subsane su escrito anterior en el que aseguraba que hubo un error por parte de la aseguradora al reflejar el número de matrícula correcto en la póliza. Lo que debe hacer es aportar la póliza de seguro y el recibo del pago originales, anteriores a la fecha de la denuncia. Esto servirá para acreditar lo expuesto en sus alegaciones. En cuanto a la notificación, seguramente solicitó el cambio de domicilio a efecto de notificaciones con posterioridad a la emisión de la última carta recibida.
Si necesita un asesoramiento más detallado no dude en ponerse en contacto con nuestro departamento jurídico.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas noches, me a llegado por hacienda dos multas que no me han sido notificadas por lo tanto no puedo pagar con el descuento puesto q al no me llegar ninguna notificación no lo sabía q puedo hacer? Muchas gracias
Buenos días Carmen,
En relación a la consulta planteada, le informo que deberá consultar cuál es el domicilio que tiene en Tráfico puesto que a lo mejor no está actualizado y es por ello que no le llegan a su domicilio las notificaciones correctamente. Si finalmente, el domicilio que tiene usted es correcto, cabe recurrir esa notificación que le ha notificado Agencia Tributaria por ese motivo. Para cualquier consulta, no dude en contactar con nosotros.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me ha llegado una multa ,la primera vez que me la mandan,de infracción de tráfico el dia23/03/2019, y me dan de plazo para pagar hasta el 20 de febrero de este año
Puedo hacer algo? No sé si después de esta vendrá otra notificación o me embarcarán directamente?
Buenos días Nuria,
Tras recibir la multa, el organismo que te notifica te indicará plazo en el cual puedes pagar la multa con reducción o presentar alegaciones, pasado el mismo no significa que ya no puedas abonarla sino que no te puedes beneficiar de la reducción ofrecida. Por otro lado, antes de llegar a un embargo te notificarían la remisión de la misma a la vía ejecutiva y te darían la posibilidad de abonarla con los consecuentes intereses que como deuda hubiese generado. No obstante, dada la fecha de la sanción puede que la misma haya prescrito por lo que te aconsejamos que la remitas a nuestro departamento jurídico para ver las posibilidades de actuar frente a la misma, y ello aunque haya transcurrido el plazo de 20 días concedido para alegaciones.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, Recibí en febrero una denuncia del ayuntamineto de Barcelona, con la foto totalmente negra y con fecha en la denuncia que me situa en una ciudad donde nunca he estado. Resulta que mi compañia de seguros me dijo que ellos alegaban pero al ayuntamiento no les costa ningun tipo de alegación. La semana pasada recibí la sanción con recargo, que puedo hacer?
Estimado Pedro Jesús,
-En primer lugar, sería interesante que pidiera copia de todo el expediente administrativo para poder valorar la actuación de la administración y detectar posibles irregularidades en la tramitación del expediente que le hayan generado indefensión, al no poder defenderse de los hechos que le imputa el ayuntamiento de Barcelona.
-En segundo lugar, le recomendaría acudir a un despacho especializado en la defensa contra denuncias de tráfico para interponer recurso contra la sanción con recargo, exigiéndole a la administración que acredite haber respetado toda la cadena de notificaciones en el procedimiento ejecutivo. Con la intención de detectar defectos que permitan anular el requerimiento de pago de la administración.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenas, me encuentro en una situación muy parecida, identifiqué al conductor, no pagué en el plazo para el 50% de descuento, y ahora que me llega otra carta ya reclamándome el pago de 300 euros, me doy cuenta de que no han aplicado el margen de error. Cómo vas resolvió lo tuyo?
Estimada Inés,
Con relación a su consulta comentarle que se debería de ver la identificación inicialmente realizada si fue hecha correctamente y respetando el plazo y la forma. Si así fuera, se debería de recurrir. Por ello, le aconsejo de remitirnos la multa cuanto antes para valorar mas en detalle su caso.
Muchas Gracias
Buenas tardes.
El pasado 7 de abril unos agentes de la policía municipal de Madrid me pararon cuando iba a hacer la compra y me pidieron identificación.
No me dijeron nada más, les dije que iba a comprar y me dijeron que me podía marchar.
Si me hubieran multado, ¿tendrían que habérmelo comunicado al menos verbalmente? ….¿ o extenderme denuncia?
¿Qué debo hacer si en los próximos días o semanas me llega una notificación de multa y no estoy en mi domicilio, por ejemplo por estar de vacaciones?
Es que como no están tramitando multas en Madrid…imaginemos que me la notifican en plenas vacaciones…
¿Pierdo el derecho a recurrir?
¿Me la cobrarían por el procedimiento de apremio?
Muchas gracias de antemano.
Estimado Nacho, indicarte que en caso de que te hayan multado deberían haberte notificado en el momento, pero eso no indica que se hayan quedado con los datos y la multa pueda llegarte, esa situación sería alegable en caso de recurrir la sanción impuesta. Respecto a tu duda sobre la notificación, he de indicarte que el cartero deberá dejar en tu domicilio el resguardo del intento de notificación de carta certificada, y dado que no podrán ponerse en contacto contigo publicaran en el BOE la sanción que te han impuesto, por ello, en caso de que no te encuentres en tu residencia habitual, lo aconsejable es que revises tu número de DNI en el BOE por si existiese una hipotética publicación sobre el mismo.
Muchas gracias y un saludo
Me yego una multa poniendo q me di a la fuga acusando la integridad de los agentes y muchas cosas mas que son mentira,( decir que la guardia civil tenía las luces apagadas y en ningún momento me mandaron a parar.) aparqué mi coche y me fui a mi casa se me quedó la ventana de atrás abierta por la que accedieron y me registraron el vehículo sin haber nadie presente. Puedo recurrir la multa al ellos hacer un registro sin nadie presente??
Estimada Jessica, indicarle que todas las sanciones en vía administrativa son recurribles, dentro de los plazos que así se establezcan. Respecto al registro de su vehículo, con la información que nos indica no podemos responderle. Por todo ello, le animo a que nos envíe la sanción, para así poder asesorarla de una mejor manera. Muchas gracias y un saludo.
Buenas. Ami me quitaron puntos circulando con un VMP osea un patinete electrico. El caso es que se me pasó de plazo por que yo no tengo vehículo ni moto no tengo porque enterarme y era para saber si hay alguna manera de recurrirla. Se que esta publicada en el BOE pero nose si se puede recurrir
Estimado Fran,
Con relación a su pregunta comentarle que cualquier tipo de multa por infringir algún precepto de la LSV es recurrible. Por tanto, sería importante que se hiciese nuestro cliente para poder acceder a la multa, analizarla y podérsela recurrir. Quedamos a la espera.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola buenas a mi el 3 de avril multaron mi coxe peeo conducia otra persona me quitaron. 2 puntos no saviendo nada eran los 2 ultimos puntos i hoi mirando el estado de mi carnet vi k estava a 0 puedo acer algo para recurri esa multa lla que nadie me notifico de nada ni me llego la multa a casa
Que opciones tengo para que me devuelban eso 2 puntos
Buenas tardes, Juan:
Le hemos remitido la información a nuestro Departamento Jurídico para que estudien detenidamente las opciones. En cuanto lo hayan valorado te comentaremos.
Saludos
Buenos días Juan, en relación con su consulta, informarle que dado que el expediente se encuentra finalizado, la única alternativa es que acuda personalmente al organismo que le puso la denuncia para solicitar copia completa del expediente y estudiar la posibilidad de interponer un recurso extraordinario de revisión. En este caos, habría que ver el motivo por el que no ha recibido ninguna notificación anterior sobre la infracción.
Si lo desea, déjenos un teléfono para que nuestro equipo se ponga en contacto con usted y le informen de cómo proceder.
Saludos
Gracias esperare saludos
Me pusieron una multa por aparcar en doble fila q encima era mentira pq solo pare un min y el plazo para pagarla era hasta el 27 de agosto , que puedo hacer ?
Buenos días Sonia,
Cuando le notifican una denuncia dispone del plazo de 20 días para pagar con descuento o presentar alegaciones. Si ha dejado pasar ese plazo debe esperar la próxima notificación para poder intentar anular la multa. Cuando le notifiquen nos la puede enviar para valorar la misma y asesorarle debidamente.
El Ayuntamiento de mi localidad ha publicado una nueva guía de caminos públicos del término municipal. Tenemos una comunidad de parcelas rústicas que da el acceso a las mismas por un camino que ha descatalogado y se nos ha pasado el plazo de alegaciones. Lo peor es que el camino discurre por otra finca y el dueño ha hecho una zanja transversal para impedir el paso por su finca. Tenemos las escrituras en las cuales figura dicho camino como público.¿Puede este dueño cortar el camino desde su finca?¿Puede prohibir el derecho de paso?.¿Pasa a ser camino privado desde que el ayuntamiento lo descataloga y se hace dueño de la superficie que discurre por su finca?. Gracias de antemano por su respuesta.
Estimado Carlos:
Su consulta es bastante amplia y de algún modo falta información para poder ofrecerle una respuesta más precisa. En un principio, se deduce que determinadas fincas tienen constituida una servidumbre de paso, el hecho de que el Ayuntamiento haya descatalogado el camino como público, no tiene por qué extinguir en sí mismo ese derecho de servidumbre, en dicho sentido ese propietario que hace la zanja para impedir el paso, no estaría autorizado sin más para hacerla, impidiendo la servidumbre, en particular si ésta está reconocida y registrada como tal al margen de como pueda catalogar la vía el Ayuntamiento, no obstante como digo, es necesario ver cómo ha sido constituida dicha servidumbre, la duración y fines de la misma.
Saludos
Me multaron con el artículo 46 apartado 1 circular con un vehículo sin moderar la velocidad y, en su caso, sin detenerse cuando lo exigen las circunstancias.
El coche de la GC estaba en una rotonda a la salida de la autopista en el arcén (0’5m) y ocupando medio carril del carril exterior, ocultos detrás de unos guarda raíles y arbustos. No aportaron información de mi velocidad ni la máxima permitida en la vía, así que dan por sentado que el criterio de ese agente sobre lo que era el exceso es el correcto y eso me deja en una situación desprotegida ya que está escaso de pruebas bajo mi punto de vista. El plazo de 20 días esta terminando pero el trabajo no .e permite ir a tráfico y recurrir la multa, en caso de conseguir tiempo, tengo posibilidades de conseguir la anulación? Incluso después de los 20 días?
Muchas gracias por adelantado
Buenas tardes, Miquel. En primer lugar, el artículo que indicas contiene una relación de casos en que hay que circular moderadamente, sería importante conocer por qué apartado te han sancionado para recurrir convenientemente. En este tipo de sanciones es imprescindible solicitar las pruebas oportunas, entre ellas, el informe del agente denunciante. Si estás interesado en presentar alegaciones, has de hacerlo en plazo, dentro de los 20 días naturales siguientes al de notificación de la denuncia, si no, ésta surtirá efecto de acto resolutorio del procedimiento y podrán ejecutar la sanción transcurridos treinta días naturales desde la notificación de denuncia. No dudes en hacernos llegar la notificación para defender tus intereses. Un saludo
Buenas, me han multado en el 10/07/2017 por el reglamento general de circulacion por conducir un vehiculo sin la adecuada colocacion de un animal transportado en el asiento trasero, sin ningun tipo de sujeccion. El caso es que los plazos para alegar se han agotado debido a mi ausencia prolongada en el domicilio siendo la multa completamente falsa ya que puedo demostrar que en la fecha de la multa no me encontraba en el lugar de los hechos, ademas no tengo constancia de ninguna notificacion en el acto de la misma, con la subsodicha identificacion de los agentes sancionadores. Ademas puedo demostrar que en circulacion el perro va siempre atado con su arnes de seguridad. A todo esto, ¿es posible todavía recurrir la multa?
Hola buenas tardes, en diciembre me pusieron una denuncia en la zona azul por no poner el ticket, en enero me llego la notificacion de denuncia pero se me ha pasado el plazo para recurrirla, que puedo hacer ahora?
Buenas tardes Sandra, sería importante saber si la sanción fue notificada por correo ordinario o correo certificado. En el caso de haber sido por correo ordinario, se podría recurrir cuando llegue la siguiente notificación ya que esa notificación no se ha realizado conforme a lo establecido en la ley. En el caso de que haya sido por carta certificada, ya no cabe presentar alegaciones por lo que debemos esperar a la resolución. Desde el departamento jurídico de Pyramid Consulting le recomendamos se ponga en contacto y nos remita su expediente.
Un saludo
Buenas tardes. Me ha llegado una multa de 500 euros y sin darme cuenta se ha pasado el plazo y ahora son 1000. Cobro 1300 euros y una mayor parte del sueldo me la quitan por multas anteriores. Apenas me queda dinero para pasar el mes y no tengo como pagarla. Agradecería mucho cualquier tipo de consejo. Gracias
Estimada Angela,
Con relación a su consulta comentarle que con nuestros servicio de rastreo y gestión multas podría evitar estos problemas. Ahora bien, deberíamos de ver en concreto caso por caso de que multa se trata y en qué fase está para poder estudiar una defensa y recurso, por ello, la invito a remitirnos toda la documentación que tenga.
Un Saludo
Muy buenas
En 2011 me pusieron una multa por estar en doble fila.en todo este tiempo no e recibido notificación alguna y cuando voy a hacer un pago a la agencia tributaria me sacan dicha multa con fecha de marzo del 2018 habiendo pasado 7 años y lo raro es que no viene con recargo y demora alguna
Que me aconsejais
Gracias de antemano y un saludo
Hola, me llego una multa y en la foto no se aprecia ningun numero ni matricula del choche se ha pasado el plazo podria recurrir de alguna forma? Gracias.
Estimado Ugaitz, si se ha pasado el plazo para la presentación de alegaciones la sanción deviene firme por lo que ya podrán cobrársela por la vía ejecutiva. No obstante le recomiendo que nos la mande para asesorarle ya que la forma de actuar dependerá del tipo de notificación recibida.
Saludos
Tuvimos una resolución en julio 2017 en la que nos deniegan una subvención de autoempleo por no haber enviado la justificación solicitada unos meses antes. De esta resolución nos enteramos esta mañana, ya que les aparece como que se abrió, pero nosotros no teníamos noticias de la misma. El tema, es que en abril se presentó la justificación telemáticamente, y ellos nos dicen que no aparece en el expediente ya que se envió a Toledo en vez de a Ciudad Real. (pero el caso es que tenemos el registro de haberlo enviado – da igual a un sitio que a otro-). En el mes de abril de este año han puesto fin al procedimiento de subvención. Se puede hacer algún recurso o hay alguna forma de reabrir el expediente?. Gracias de antemano.
Hola, Mari Carmen:
Si bien es un tema administrativo, no se trata de una sanción de tráfico, por lo que desde aquí no podemos brindarle el asesoramiento necesario.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y lo remitiremos a nuestro bufete de abogados que se pondrán en contacto con usted.
Un saludo
Hola, me llegó una multa de aparcamiento con limitación horaria porque pagué como zona azul (demostrable) y resulta que se trataba de zona mar. A pesar de pagar dentro de la franja horaria, me ha llegado una multa directamente a casa ya que no se me informó en el mismo día en cuestión. Por problemas bastante graves personales, se me ha pasado el plazo de los 20 días para pagar el 50% o recurrirla, qué puedo hacer?
Buenas tardes, Margarita:
Lamentablemente si se ha pasado el plazo de 20 días no podemos hacer nada, debe esperar a que le llegue la siguiente notificación. Es importante tener siempre en cuenta el plazo que la administración nos indica, por lo que si recibiera en adelante más notificaciones, le recomendamos contacte con Pyramid Consulting para poder asesorarle debidamente. Un saludo.
Buenos días,yo quieria saber cómo y dónde recurrir una multa que me mandaron en un piso donde vivía anteriormente,es una multa por droga me entere que había llegado porque llamé el tráfico,xo no entiendo porque no la mandaron a mi casa actual ya que primero di mi dato a los agente y ademas justo un mes antes me llegó una multa a mi casa,y si no fuera suficiente también hace 4ano me hicieron la misma sanción y llego en mi casa…yo quiero solamente volver a tener lo 20 días de reducción ya que no me dieron la oportunidad…me sabéis decir algo?mucha gracias
Estimada Daniele,
Puede enviarnos la multa para que desde nuestro Dpto. Jurídico valoremos las opciones de recurso. Por su parte el artículo 90 del RD 6/2015 dice:90 del RD 6/2015, prima la dirección que se facilite en el procedimiento sobre los datos de tráfico:
1. Las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico notificarán las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial (DEV).
En el caso de que el denunciado no la tuviese, la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento, y en su defecto, en el domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
Por tanto si facilitó un domicilio a los agentes debieron tener en cuenta esos datos con preferencia a los de Tráfico.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
Un abrazo y feliz tarde!!!
Hola mira me llegó una denuncia esta mañana 30 de octubre y la denuncia tiene fecha de 22 de septiembre hay alguna forma de poder reclamarla para poder pagar el 50%?
Buenos días, Cris:
Si la recibiste ayer por correo certificado, todavía tienes 20 días para pagar con descuento o presentar alegaciones para recurrirla y no tener que pagarla. Si quieres, danos más información acerca de la sanción para poder asesorarte sobre las posibilidades de éxito.
Un saludo
Hola buenos dias, mi consulata data sobre una multa con retirada de vehiculo y tasa de deposito municipal por aparcar en una zona de bus, cuando siempre habia sido carga-descarga, al parecer ese dia cambiaron la señalizacion a zona de bus, y yo habia aparcado a las 20,00h de la noche. Bien pues despues de pagar todas las multas y tasas sobre el dia siguiente en cuestion, ahora llega otra multa de la noche anterior cuando aparque el vehiculo y me sancionan dos veces una de la noche anterior por aparcar, y a la mañana siguiente antes de ir a buscarlo, que fue cuando se lo llevo la grua. Claro al yo ver esta nueva multa sobre el mismo sitio supuse que era la misma, con lo que ahora cuando la reviso bien me doy cuenta que son de fechas distintas y encima se me ha paso el plazo con reduccion, puedo reclamar la multa por ser sobre la misma infraccion, como deberia hacerlo? Gracias.
Buenos días José:
Dependiendo del municipio y sin perjuicio de revisar la ordenanza concreta de que se trate acerca de la señalización y el tiempo previo de aviso cuando ésta se cambie de forma urgente, lo cierto es que si no movió el vehículo durante el tiempo transcurrido entre ambas denuncias se puede considerar que le han sancionado doblemente por el mismo hecho, lo que sería defendible, además de ser preciso solicitar pruebas al respecto.
Si lo necesita, nos puede facilitar su número de teléfono y uno de nuestros profesionales se pondrá en contacto con usted para ayudarle con el recurso de la multa.
Un saludo.
Hola buenos días, me han pasado un recibo de embargo de 83€ por una multa de aparcamiento en zona azul del 2017!!! Supuestamente me la cobrarán el mes que viene, la puedo recurrir? Desde el 2017 ya se supone que «caducó» no? Que puedo hacer? Espero su respuesta! Muchísimas gracias!
Buenos días Sandra,
Frente a un embargo, únicamente existen determinados motivos tasados en la Ley General Tributaria en su artículo 170.3 para recurrir. El plazo de prescripción de una sanción cuando entra en vía ejecutiva, como en este caso, es de 4 años. Podría recurrir el mismo si no hubiera recibido la providencia de apremio (sanción con recargo). Le recomendamos nos remita la documentación con la que cuenta para su revisión y defensa de sus intereses.
Un saludo.
Hola! Muchas gracias por contestar! A qué documentación te refieres? Yo la notificación de embargo del banco es la primera que tengo desde la multa, hago el recurso por falta de notificación no?
Buenos días, Sandra
Me refería a la documentación que hubieras recibido, en caso de que el Organismo te hubiera notificado el embargo. En caso contrario, teniendo únicamente el recibo del banco con el embargo practicado también cabe recurso, dicho recibo ha de indicar el número de expediente y el Organismo que te embarga. Así es, si no has recibido previamente nada en relación con dicho expediente, has de acogerte a la falta de notificación.
Un saludo.
Hola.El dia 1 de enero me salto un radar de semaforo. Pero no es que le saltara sino que justamente habia habido un acidente de trafico entonces yo quede parada justo en el medio para ver si habia heridos porque aun no habia llegado ayuda. En la foto del radar se puede ver el acidente pwrfectamente.El caso es que por un descuido… deje la multa abandonada. Hasta ahora que me ha llegado de nuevo con un pequeño recargo! Hay alguna forma de recurrirla. O de indicar un conductor diferente?
Estimada María,
Una vez le reclaman la sanción por vía ejecutiva sólo se puede impugnar por defectos en la notificación de la misma en el período voluntario, o bien porque no le hayan notificado la providencia de apremio y le intenten embargar directamente. No obstante le recomiendo que nos remita la notificación recibida junto con todos los antecedentes de esa sanción para que podamos asesorarle.
Un saludo.
Buenas tardes, me notificaron una multa de tráfico fuera de plazo, pasados los tres meses desde la fecha de la infracción, pero se me han pasado los 20 días para efectuar alegaciones, ¿qué puedo hacer al respecto?
Un saludo
Estimado Carlos,
Le informo de que los 3 meses de prescripción en las multas de carácter leve se paralizan con el requerimiento de identificación del conductor al titular del vehículo. No obstante si así lo desea le recomiendo que nos remita la multa para que podamos recomendarle si cabe interponer un recurso extraordinario pese a estar fuera de plazo.
Un saludo.
Bienos dias, se me ha pasado el plazo para reclamar una multa, pero No estoy conforme con la misma. La multa fue aparcar en un carga y descarga, cuando trabajo de reparador y cargo maquinas. Ademas el vehiculo es una renault kangoo. Por lo que he ido leyendo pro aqui, entiendo que debo esperar me vuelva a llegar una nueva notificación y despues reclamar la nulidad de la misma. Es correcto?
Gracias.Momtse
Buenos días Montse,
Si se trataba de una denuncia en el parabrisas, tiene que esperar a que le notifiquen la denuncia en su domicilio. En caso de que ya le hubieran notificado en su domicilio, o si el agente le hubiera notificado en mano la denuncia, si se le ha pasado el plazo de 20 días naturales para recurrir, tiene que esperar a la siguiente notificación.
Si se encontraba realizando labores de carga y descarga, habría que acreditarlo (por ejemplo mediante albarán de entrega o factura).
En cualquier caso le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros para valorar el estado del expediente y la fase del procedimiento en el que se encuentra.
Un saludo.
Hola buenos días!! Yo puse un recurso para una multa por zona azul, me han embargado 83€ de mi cuenta y no me han contestado al recurso, que puedo hacer?
Buenos días Sandra,
La diligencia de embargo es recurrible por falta de notificación. En su caso habrá que solicitar que se compruebe si los intentos de notificación por parte de correos han sido correctos ya que, de lo contrario, la Diligencia de Embargo en su cuenta no sería correcta.
Para analizar correctamente el expediente, póngase en contacto con nuestro departamento jurídico para que podamos analizar si existe algún error en las notificaciones previas al embargo.
Un saludo.
No tengo carnet de conducir pero tengo 2 coches a mi nombre, me acaban de informar que tengo 3 multas que han notificado en testra el año pasado de las cuales no tenia ni idea con lo cual no he podido identificar al conductor. ¿Puedo hacer algo?
Hola Antonio,
Te recomendamos que nos hagas llegar tu caso, porque habría que verificar que el proceso de notificaciones estaba correctamente tramitado, y fue publicado en el BOE, pero habiendo cumplido con los requisitos legales en cuanto al proceso de notificación previo. Por otra parte, habría que llevar un seguimiento si tienes tres multas, porque seguirán notificándote los posteriores actos de los expedientes. Es por ello que quedamos a tu entera disposición para estudiar tu caso y darte una solución al problema.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, hacienda me ha envargado 800 euros en concepto de multas de aparcamiento del ayuntamiento de Barcelona.
La única multa que he recibido en mi casa, la he pagado correctamente.
Puedo recurrir por multas no notificadas?
Buenos días.
La Administración tiene la obligación seguir un procedimiento en el que el denunciado sea emplazado y que le sean notificadas debidamente las multas.
En el presente caso, se puede recurrir alegando falta de notificación al realizarse el procedimiento de forma errónea ya que usted no ha tenido la oportunidad de aportar pruebas o presentar alegaciones, o simplemente pagar la multa. Así mismo, tampoco recibió la providencia de apremio por parte de la Agencia Tributaria. Se deberían comprobar los intentos de notificación entre una y otra actuación y comprobar dónde han sido notificadas las multas.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le informaremos de cómo debe proceder.
Muchas gracias y un cordial saludo.
Hola buenas.
Hace cosa de un mes me embargaron 900€ de la cuenta por una multa de 2017, el caso es que los avisos no los recibió nadie en mi casa y yo estaba viviendo en Australia, por fin hoy ha llegado la multa original ya que la tuvo que pedir mi hermano con mi autorizacion al ayuntamiento de ibiza. Hay algun tipo de procedimiento que pueda iniciar alegando que no me encontraba en el pais y que no se llegaron a recibir los avisos para reducir el importe de la multa o incluso llegando a solicitar el pronto pago y consiguiente reduccion del importe inicial de 750€
Saludos
Estimado Guillermo, comentarle que entiendo que la multa la han intentado notificar en el domicilio en el que estaba empadronado, salvo que en ese momento estuviese inscrito en el consulado como residente, y debido a que nadie la recogió se la publicarían en el BOE. En caso de que estuviese inscrito en el consulado, se podría interponer un recurso extraordinario de revisión para que vuelvan a analizar a que domicilio lo enviaron. Muchas gracias y un saludo
Buenos dias,
En enero de 2018, recibí una notificación del fallo de TEAC sobe una reclamacíon contra una multa por haber presentado tarde el modelo 720 en 2012. Ahora he visto varios casos en los que en casos similares secancelaron las multas impuestas por Hacienda. ¿Hay alguna manera de que pueda volver a abrir mi caso, ya que el período de 2 meses para apelar la decisión ha pasado?
Saludos
Dave
hola , me han multado y me han quitado 4 puntos ,ahora me qedare a cero .
si recurro la multa se paraliza el proceso de la perdida de puntos?
s decir podria recurrir la multa y en ese plazo hacer el curso de recuperacion de puntos ?
con lo cual si finalmente me pusieran la multa no perderia todos los puntos ?
Buenos días Noemí,
En relación a su pregunta, los 4 puntos que menciona solo se le pueden retirar una vez que la sanción es firme, esto es cuando le notifican una resolución sancionadora. Si decide recurrir dilatará el proceso porque le deben contestar a las alegaciones que presente, pero no se paraliza en sí mismo. Igualmente, le recomiendo que se apunte al curso ahora que aun tiene los 4 puntos mientras le resuelven.
Muchas gracias,
Un saludo
Hola, de un control anti fraude de Renfe en Rodalies de Barcelona me sancionaron dos veces por no tener el ticket validado, una el 24 de octubre 2018, y otra el 30 de enero de 2019. Siendo que tenía el ticket físicamente, en las dos ocasiones alegué que perdía el tren y no tenía tiempo para validarlo en maquina con la intención de validarlo a la salida. me sancionaron con 100€ las dos veces. Me ha llegado una notificación de acuerdo de inicio en relación al expediente sancionador en el que la sanción que he de pagar son 300€. Tambien me ha llegado otra notificación del 30 de enero de 2019, de 100€ ,de la cual no tengo sanción alguna por parte del inspector puesto que nunca he estado en la estación en que indica la notificación, por acciones que pudieran estorbar a los usuarios o alterar el orden publico. Las tres sanciones han vencido el plazo de recurso. ¿que puedo hacer?. Muchas gracias y un saludo.
Buenos días, Javier:
Lamentablemente, aquí no podemos asesorarle acerca de este asunto, dado que no se trata de una sanción de tráfico. No obstante, si nos deja un teléfono (no lo publicaremos), se lo podemos hacer llegar a nuestro despacho de abogados, que podrán darle asesoramiento.
Un saludo
MI caso es el siguiente, tengo una multa de exceso de velocidad, el vehiculo es de mi mujer, pero no tiene carnet, y el seguro y la utilidad del coche se la doy yo. Notificaron en mi anterior domicilio, al no vivir alli el cartero de correos la liquido como destinatario desconocido, con lo cual no pude indentificarme como infractor, y resulta que ahora a mi esposa le piden 900€ nose si hay alguna manera, entiendo que la sancion de 150€ no se puede recurrir porque ja esta prescrita, pero me dan plazo de un mes o dos por via contenciosa para recurrir la de no identificacion, que posibilidades tenemos que se declare nula? gracias.
Estimado Raul,
Con relación a su caso comentarle que en principio se podría presentar un escrito al organismo diciendo que es la primera noticia de la multa y aportamos sus datos, para que vuelvan a emitir la multa de 0. Ahora bien, según organismo puede funcionar más o menos. Habría que estudiar la multa y ver en particular su caso.
Un Saludo
Me han quitado 6 puntos y 6 puntos en la misma carta con un periodo de 6 meses entre cada uno, en esos 6 meses y antes de perder los primeros 6, he ido a preguntar por la recuperación de puntos, pero me habían dicho que seguía con 12 hasta que me ha llegado la notificación con las dos juntas, tengo saldo 0 en la DGT, y ya me ha llegado la primera carta con las dos multas juntas, pero no la de quitar la vigencia, llevo casi un año esperando esa carta sin conducir por miedo a represalias, tengo derecho a revocar esa sentencia por no haberme notificado que he perdido la vigencia? Que es lo que puedo hacer?
Buenos días Borja,
En relación a su consulta indicarle que normalmente suelen tardar entre unos cinco o seis meses en notificar o incoar la pérdida de vigencia del permiso de conducir. La retirada del permiso de conducir por la pérdida de todos los puntos, una vez firme el procedimiento de Perdida de vigencia, no le permite conducir hasta que haya obtenido otro permiso una vez cumplidos los 6 meses de retirada y hasta que no realice las pruebas de recuperación total del permiso. Mientras tanto esta resolución del procedimiento de la pérdida de vigencia no sea firme puede conducir. Si tuviera otra consulta, le recomendamos ponerse en contacto con nuestro Departamento Jurídico.
Muchas gracias,
Un saludo.
Me hicieron una multa de trafico por exceso de velocidad a 50km /h cuando la máxima es de 30 en Fuengirola en el mes de febrero 2019 y acabo de enterarme por que al no poder notificarla en el domicilio por mi ausencia, la multa asciende a 300 euros y esta fuera de plazo para recurrir en el Ayuntamiento, se puede recurrir de otra manera soy pensionado y es la mitad de lo que cobro de pensión . gracias
Buenos días Franco Antonio,
Al no pagar ni recurrir la multa cuando llegó por primera vez, aunque no pudieron notificarla en tu domicilio ( se debería también averiguar con el organismo porque no pudieron notificarla) , se genera el incumplimiento de identificar el conductor, y por eso la multa asciende a 300 euros.El incumplimiento tiene un plazo de 20 días para recurrir, a partir de cuando se recibió la multa. Al estar fuera de plazo, en teoría no se podría recurrir. Sin embargo deberíamos averiguar que pasó con la primera notificación para saber si es posible recurrir. Por todo ello, le recomiendo enviarnos la multa (indicando la fecha en la que la recibió ) al departamento jurídico para que podamos asesorarle con más precisión.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas tardes
Me pusieron una multa de 1800e por hacer botellón en una zona de máxima prohibición. La cuestión es que no estabamos bebiendo y por lo tanto no hubo pruebas de los hechos.
Yo mismo redacte una carta que presente para recurrir la multa, pero al cabo de 3 meses me llegó la misma notificación de multa a domicilio. El caso es que cierta persona tambien presente el mismo día de los hechos, que también recurrió la multa, tuvo éxito en su recurso y se la retiraron. En este momento se me ha pasado el tiempo ara recurrir de nuevo. Estaría agradecido si me pudiesen aconsejar.
Gracias y buena tarde.
Buenas noches!! Me llegaron dos multas de tráfico de radar por velocidad 106km/h en una vía de 70km/h teniendo que identificar al conductor,lo realizó vía telefónica pero me dicen que semestre a pasado el plazo por un día y no pueden realizar el trámite me comunican que no pueden hacer nada y me derivan a una oficina del ayuntamiento pero me dicen que seguramente no puedan hacer nada la multa al ser así es una pasada ya que de 300 cada una y ser grave serían 900 cada multa yo lo vea abusivo y desmesurado pero no sé si se podría hacer algo al respecto.gracias un saludo
Buenos días Iván,
En su caso le recomiendo que tan pronto como reciba el incumplimiento de la obligación de identificar, nos lo remita para que podamos valorar las posibilidades de recurso que podemos presentar. A priori, podríamos enviar un escrito de alegaciones indicando la imposibilidad de haber identificado el conductor en tiempo y forma, e indicando en el mismo escrito los datos identificativos para tratar de revocar el incumplimiento.
Gracias,
Un saludo.
Buenas tardes,
el 2 de Agosto recibí una multa en mano de un policia municipal por circular con un VMP en Valladolid, tras esto, el día 14 de Agosto presenté alegaciones en el ayuntamiento tal y como expone la notificación que me entregó el agente.
Sin embargo a día de hoy me ha llegado una notificación de resolución sancionadora pero no he recibido respuesta a las alegaciones. Ahora me surge la duda de si debo esperar a que resuelvan la alegación o tengo que presentar un recurso de reposición porque las alegaciones han sido desestimadas por silencio administrativo.
Muchas gracias
Buenos días José Miguel,
Hizo bien en presentar alegaciones contra el boletín de denuncia que le entregó en mano el agente, ya que iniciaba el procedimiento y, desde la fecha de la denuncia, disponía de 20 días naturales para hacerlo. El Ayuntamiento tiene obligación, en caso de que las alegaciones fueran presentadas en plazo, de responder motivadamente por lo que le recomendamos presentar recurso de reposición.
Desde nuestro Departamento Jurídico podemos analizar el expediente, las alegaciones presentadas y la resolución, para presentar recurso de reposición.
Muchas gracias,
Saludos.
Buenos días
Los 20 días me caducaron ayer, es posible todavía poder recurrirla, es de policía local,
Buenos días Javier,
Si la denuncia es de estacionamiento, y solo dispone del boletín del parabrisas, tiene que esperar a que le notifiquen la denuncia al titular en su domicilio y entonces comenzarán a computar los 20 días naturales.
Si la denuncia se la notificaron en mano, y el policía le identificó en el momento de entregarle el boletín, disponía de 20 días y, por tanto, se encuentra fuera de plazo. No obstante, en ocasiones le vuelven a notificar la denuncia, si en el boletín no se contienen todos los datos necesarios para iniciar el procedimiento. En cualquier caso tiene que esperar a la siguiente notificación. Le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para analizar la denuncia con más detalle.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenos días mi nombre es Sergio
Hace un par de meses me llegó a casa una multa por valor de 240 euros por aparcar en zona de minusvalidos hace un año.
La multa fue en una zona de Gijón, Asturias, para un coche que no es el mío, coche que nunca fue mío y una matricula que desconozco.
Fui al ayuntamiento y me dijeron que había salido en el boletin oficial, pero a mi no se me había notificado nada, claro. ¿Por que iba a mirar el boletin?
Después fui a hacienda y me diejron que efectivamente, esa matricula nunca estuvo a mi nombre, y curiosamente echando un vistazo a mi galería de fotos, ese día justamente estaba en casa de mi pareja.
He presentado un recurso en hacienda, y ha sido rechazado.
Me parece una verguenza que yo tenga que pagar 240 euros por algo que yo no hice y que no hay ninguna foto que lo pruebe
Que puedo hacer?
Muchas gracias
Buenas tardes, Sergio.
Cuando la Administración no puede notificar una sanción en el domicilio del titular por resultar este ausente/desconocido, publica la sanción en el Boletín Oficial del Estado. Si reclama la sanción por Hacienda, únicamente cabe recurso por determinados motivos que establece la Ley General Tributaria, en su caso, la falta de notificación de la denuncia. Le recomiendo nos remita su expediente para una mejor valoración e interposición de los recursos oportunos.
Saludos
Buenas, quiero reclamar a la mutua que me dió el alta cuando no estaba recuperado yo les dije que no estaba conforme y me dijeron que si no estaba conforme me fuera a mi médico de cabecera mi médico de cabecera me ha pedido el informe médico de la mutua y la mutua ha tardado un mes en darmelo y ahora me entero que si quería reclamar tenía que hacerlo al inss y tenía solo 10 dias desde que me dieron el alta ¿que puedo hacer? ¿se puede reclamar todavía al inss? gracias de antemano.
Buenas tardes,
Me temo que ya no puede usted impugnar el alta, porque desde que le notifica la Mutua, siendo una baja por contingencias profesionales, tiene el plazo perentorio de diez días, como bien indica. El hecho de que hayan tardado un mes en aportar el expediente no influye para el cómputo del plazo, que es desde la notificación de la propuesta de alta.
Para el caso de contingencias comunes, el plazo todavía es menor: cuatro días.
Un saludo
Muy buenas me pusieron una multa injusta, por llevar 2 kg de tabaco para Cachimba en el coche cuando el máximo por ley es 1900g pero habíamos 3 en el coche y era dividido para los 3 así que no incumplimos ninguna ley y me mandaron la carta a un Domicio que no decido en el y se pasó el plazo de reclamación, por no llegarme la carta tengo padrón de que vivo en otro domicilio, que podría hacer ?
Estimado Ángel:
Si el domicilio al que le llega la denuncia no es el que aparece en el registro de tráfico, la notificación es nula y la posterior publicación en el BOE también. En este caso no debería hacer nada y esperar a que le llegara al domicilio correcto una notificación. En ese momento debería solicitar la nulidad del expediente por incorrecta notificación de la denuncia y vulneración de derechos. Tenga en cuenta que, si opta por esto, lo que podría llegar sería una providencia de apremio cuya cuantía tendría el 20% de recargo, pudiendo recurrirla.
Un saludo
Buenas tardes, mi situación es la siguiente: me pusieron una multa hace dos meses por circular por el centro de Granada en zona restringida, sacada foto con cámara. La multa es recurrible mandando factura que demuestre que estaba alojado en un hotel en esa zona. Mi problema es el mal servicio de correos: primero, dejan el aviso en el portal tirado sin dejarlo en mi buzón el 22-9 (por suerte lo vi de casualidad una semana después el 29-9). He alegado las pruebas, pero dos días después de enviar mi certificado, no tiene pinta de que vaya a llegar a destino a tiempo, sigue perdida en un almacén logístico sin llegar a Granada. El plazo de 20 días naturales es el lunes 12-10, pero encima es fiesta. Cuándo cuenta el plazo? Me valdría con mi resguardo de la fecha en que lo envié por correo si está en plazo? No es mi culpa el pésimo servicio de correos en entrega…
Buenos días Samuel,
A efectos de cumplir con el plazo estipulado le recomendamos que presente sus alegaciones mediante correo administrativo certificado, en el que le facilitarán un justificante de presentación con la fecha de la misma, que es la que tendrán en cuenta a efectos de cumplimiento de los plazos estipulados.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola buenas, mi nombre es Juan.
Me pusieron una multa hace dos años , y actualmente sigo son poder pagarla. ¿Hay algún método o recurso para evitar el pago sin declararse y insolvente?
Buenos días Juan,
En relación con su consulta, indicarle que necesitaríamos conocer más detalles acerca de la multa, como por ejemplo; cuantía, en qué fase se encuentra, y quién ha emitido la multa, para en su caso, solicitar un fraccionamiento de la deuda. Le animamos a contactar con el departamento jurídico de Pyramid Consulting y estudiar el expediente al completo.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenos días. A mi mujer le pusieron una multa dicen que por negarse a dar el dni y lo que le pedían realmente era su movil por que había grabado a un municipal. Posteriormente si le solicitaron el dni y lo entrego. La multa es de 600 e sin reducción por que nunca llego la carta. El agente la persiguió incluso saltando por la ventana de un bar. Mi pregunta es, aparte de denunciar a este agente por abuso de autoridad, ¿se podría recurrir por no notificar para que nos pudiésemos acoger al pago con reducción? ¿O al entregarte la multa en ese momento ya se da por notificado y empieza a contar? ¿Y comopuedo acceder al expediente?
Estimado Samuel,
La primera notificación que ha debido recibir, es la propuesta de sanción, con la misma el pago de la sanción tiene una bonificación del 50%. En caso de no haber recibido la misma, ha de solicitar el expediente administrativo y los antecedentes a la administración para así poder averiguar lo ocurrido con la primera notificación, que entiendo que no dispone. Para solicitar el expediente, bien debe presentar un escrito o bien llamar a la administración y solicitar cita para poder observar el mismo. En caso de cualquier pregunta, por favor, no dude en contactar con nosotros.
Muchas gracias y un saludo
hola y gracias, recientemente, el ayuntamiento de Madrid me a embargado el total de mi cuenta bancaria k asciende a 2472 euros dejándome la cuenta en negativo sin avisarme de ninguna manera ni tipo de notificación antes del embargo y de que se trataba, cuando fui a pedir información solo me dieron la información de los 4400 que debo y no del embargo de los 2450 euros porque ya estaba embargado, claro y le dije o sea me embargan y como esta ya embargado no se sabe de que y su respuesta fue de multas, vamos igual que si no me dice nada, no quise insistir porque yo creo que la funcionaria tenia mal día y dije al final la lió,en vista de su evasiva le pregunte que porque no me lo habían notificado y así podía haber echo algo y me dijeron que era raro que no hubiese recibido nada. y la dije primero si recibo notificación vengo antes del embargo y segundo estoy aquí porque ustedes me han embargado la cuenta si no ni me hubiese enterado, y al final tengo que vender el piso para pagarles como no dicen nada ni notifican, pues claro cada año sube la cuenta,entonces le dije que me di cuenta porque fui a sacar dinero y el banco me lo denegó, llame al banco y ne dieron que era un embargo del ayuntamiento y yo claro alucinando a `primero de mes y sin un duro, ademas le comente que como embargan la cuenta si es la cuenta de la nomina, como seguía en sus treces la funcionaria, entonces le dije cuando yo me cambio de vivienda cambio todos mis vehículos a la nueva dirección ya que me llegaban los impuestos de circulación y algunas multas abonadas, no entiendo entonces como no me llegan las sanciones o me notifican las supuestas multas que no se porque tengo que abonar en total mas de 6500 euros, porque no se me han notificado a tiempo, igual igual que me llegan los impuestos y las ultimas denuncias, en tiempo estas las hubiese visto podía haber pagado y me hubiese ahorrado un dinero, pero claro ni me llega ni me notifican nada, y no puedo hacer nada ahora, asi k la dije en resumida. total que tengo embargada mi cuenta del banco y un pendiente de pago de 4400,
Mi pregunta es puedo hacer, ya que lo único que he podio hacer es poner una reclamación como que no me han avisado del embargo y que me devuelvan el dinero embargado, pero que hago con los 4400 euros que me reclaman, no veo justo que tenga que pagan 1000 euros entre intereses y demás por que no me lo han notificado a tiempo tanto los 4400 como los 2460 euros embargados. muchas gracias.
Buenos días Julio,
Realmente su situación según me describe es de enorme indefensión. En primer lugar el Ayuntamiento, en cualquiera de sus oficinas de recaudación. le debe proporcionar un listado de los todos los expedientes que debe y de los que han quedado ya pagados por medio del embargo. Con todo el listado de expedientes, puede pedir por correo electrónico (gestionmultas@madrid.es), algunos expedientes de diferentes meses o en su caso años para que le envíen la copia de los mismos y así poder comprobar dónde están efectuando las notificaciones y si dicha información “le casa” con las fechas en las que Vd ha informado al Ayuntamiento de su nueva dirección. Es casi seguro que existan irregularidades en el proceso de notificación, por lo que le recomiendo que cuando haya reunido toda la información que le comento se ponga en contacto con nosotros que seguro podremos ejercitar alguna acción en su defensa. Respecto a la ejecución de la deuda, le puedo comentar que lamentablemente y con independencia de que le defendamos con un recurso, éste no paraliza la ejecución. Los únicos modos de parar más embargos son lógicamente el abono cautelar de la deuda, avalar el pago de la misma o quizá la más interesante negociar con el Ayuntamiento un fraccionamiento y consiguiente aplazamiento de lo que le resta, lo que le va a permitir ir acomodando los pagos a su propio interés y mientras ir comenzando la defensa del expediente.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, tengo una multa de febrero que pensaba que el responsable ya había pagado y no lo hizo; ahora me entero y me es necesario solucionarlo antes de renovar mi carnet por un trámite del venezolano al español. En aquel momento estaba trabajando como autónomo en una empresa de reparto en bici y al pararme la policía la bicicleta no tenía los papeles necesarios.
¿Es posible que la pueda recurrir ahora? ¿Puedo cambiar el nombre de la multa o algo? Por favor agradecería respuesta pronto ya que tengo la cita de trámite el 10 de este mes.
Estimado Miguel.
En este caso le aconsejamos que recoja una copia del expediente administrativo, que han de facilitarle en el Organismo correspondiente, para saber en qué estado se encuentra el procedimiento y, de esa manera, valorar la mejor opción para su defensa.
Le recomendamos que nos remita toda la documentación al efecto, para que nuestro Departamento Jurídico pueda valorar la cuestión y proceder de la manera más adecuada para sus intereses.
Un abrazo y feliz tarde
Buenas tardes,
Me han puesto una multa de aparcamiento por no poner el ticket de la hora, pero realmente sí lo puse, fue desde el móvil y tengo las pruebas de los tickets.
El problema es que se me ha pasado el plazo para recurrir, han pasado más de 20 días naturales, ha sido por despistada y por tonta, porque por impedimentos que me he encontrado por el camino al querer recurrir la multa, la he dejado de lado.
¿Habría alguna opción de recurrirla? Me va a dar mucha rabia como tenga que pagar 90€ por algo que no hecho 🙁
Por favor, si me pudierais ayudar os lo agradezco.
Gracias!
Buenas tardes Rocío,
Aunque lo mejor es estar siempre dentro de los plazos que marca la ley, el legislador, es consciente de que se pueden producir situaciones o descuidos no deseados que pueden originar negativas consecuencias en la esfera jurídica del interesado, ha previsto fórmulas adicionales según las cuales siempre se puede instar una revisión del expediente a fin de no quedarse en situación de plena indefensión.
Las fórmulas previstas para este tipo de “recurso extra”, sobre una resolución ya firme (la que no se ha recurrido en plazo, o que ya ha agotado la vía ordinaria de recurso), son muy variadas y pueden ir desde un recurso extraordinario de revisión, pasando por una mera petición de revocación, hasta lo que se puede considerar la vía estrella en este tipo de situaciones que es la acción de nulidad, para casos en los que los cargos, hechos o sanción que se imputa estén afectados de vicios esenciales materiales o formales de procedimiento, que de aquietarse con ellos supondrían una grave lesión en los derechos del interesado.
Por eso desde Pyramid Consulting, animamos a contactar con un abogado que estudie el caso y no den por perdido el mismo cuando todavía hay soluciones.
Buenos días, he recibido el acuerdo de inicio de procedimiento de perdida de vigencia de autorización para conducir, donde me dan un plazo de 10 días para alegaciones.
La última multa, por la que me retiran 4 puntos, conducía mi marido, como el coche es de la empresa, ésta me puso a mi como conductora, mi marido recibe la multa en nuestro domicilio y la paga desde su propia cuenta. Yo no me entero ni de que he recibido la multa ni de que la misma se haya pagado.
Mi intención era ponerle a él (mi marido) como conductor en cuanto me llegara la multa.
Habría alguna opción en alegaciones o recurso de alzada, de evitar mi retirada de puntos por esta multa, justo era mi saldo.
Espero su respuesta, gracias.
Hola Eva,
La denuncia causó firmeza con el pago. En la actualidad se puede alegar contra la retirada y en esas alegaciones se puede intentar poner de manifiesto cuestiones relativas al proceso de notificación, si por ejemplo alguno de los expedientes no ha sido correctamente notificado y le ha originado indefensión. Puede remitirnos su notificación y podremos proceder a una valoración más precisa.
Un abrazo y feliz tarde!
Hola me cazaron con el radar móvil en autopista a 152 km, pero me a llegado 2 multas con expediente diferente. las multas son iguales km igual, velocidad igual, a la misma hora, y la misma fecha. solo que una es sentido decreciente y la otra sentido creciente. es decir que e pasado para un lado y para el otro en el mismo momento y a la misma hora y a la misma velocidad. se podría recurrir verdad. gracias.
Estimado José Francisco,
Puede ocurrir en ocasiones que alguna multa se haya duplicado a la hora de ser gestionada por parte de Tráfico. En este caso le recomendamos que llame al organismo para comentarlo con ellos y que anulen una de las dos multas. En caso de que desee recurrir la otra, no dude en ponerse en contacto con nuestro Departamento Jurídico para que le asesoren al respecto.
Un abrazo y feliz tarde!
Buenos días,
me acaba de trae rel cartero una multa de tráfico de Valladolid del día 18/10/2020, sorpresa la mía cuando voy a pagar con la reducción y me encuentro que pone que es hasta el 5/ 1 /2021.
No entiendo que me venga ahoras la multa sin haberme notificado antes y menos aun que no pueda optar a la reducción del 50 %.
Estoy en una indefencsión total, la infracción está hecha? si, pero que me dejen al menos defenderme, alegar o pagar con la reducción copmo a todo el mundo.
No sé si es legal o no.
Estimado Óscar,
No se preocupe, ocurre en muchas ocasiones, intente llamar al Organismo o bien si es una multa de Tráfico, llamar al 060 y le informarán al respecto, puesto que si usted recogió ayer la notificación, dispone de 20 días naturales para abonarla.
Si necestia ayuda, no dude en contactar directamente con nuestro Departamento Jurídico.
Un abrazo y feliz tarde!!!
Gracias, así lo hice y quedó solucionado.
Me reitero, muchas gracias
Genial Óscar!
Nos alegramos mucho que te haya servido de ayuda nuestro asesoramiento, si tienes cualquier problema puedes ponerte en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico, estaremso encantados de ayudarte.
Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes.
He presentado por correo una alegación a una multa ya que no podía hacerlo presencialmente y por supuesto, hacerlo de forma online requiere asistencia presencial también, por lo que no es una alternativa muy útil.
Envié la carta 6 días naturales antes de que se cumpliese el plazo de 20 días, pero Correos me acaba de notificar que la carta se entregó a la DGT 5 días fuera de plazo.
Al enviarla por correo certificado, tengo el comprobante de envío con la fecha.
¿Sabrían decirme si en este caso se considerará que el recurso se presentó fuera de plazo?
También envié la alegación por fax. ¿Sirve esto para algo?
Muchas gracias y un saludo.
Estimado Ángel,
Según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 “Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse: a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.; b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca; c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero; d) En las oficinas de asistencia en materia de registros; e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Por tanto, habiendo utilizado un medio de presentación establecido, le recomendamos nos remita la resolución recibida junto con copia de su escrito presentado y justificante de presentación en tiempo y forma, a fin de interponer el correspondiente recurso. También nos puede facilitar un número de teléfono por cualquiera de los canales privados de nuestras redes sociales a mandándolo al email jppalencia@pyramidconsulting.es.
Un abrazo y feliz día!
Hola me ha llegado una multa (por carta) a mi domicilio por tener la mascarilla mal puesta. En su momento el agente me dijo que no me iba a multar que esta vez solo me advertía y no me dio ni multa en mano ni me notifico que me iba a sancionar. En la cara pone que me negué a firmar la multa y que no quería copia. Tengo alguna posibilidad si la recurro? Que por cierto en la carta también pone que tengo 5 días hábiles para recurrirla, lo que me parecen pocos días.
Todo esto aclaro, ocurrió cuando me pararon con mi coche de trabajo con un compañero de trabajo de copiloto. El agente dice que oba con la mascarilla mal puesta en presencia de una persona no conviviente, pero en ningún momento le tomo los datos a mi compañero ni le preguntó nada ni habló con el.
Buenos días,
En primer lugar, necesitaríamos ver la notificación que le ha llegado para poder evaluar la prosperabilidad del recurso, así como conocer el estado en el que se encuentra el procedimiento sancionador. Una vez nos envíe la notificación podremos indicarle la viabilidad del recurso.
Quedamos a la espera de sus noticias. Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
Un abrazo y feliz día!!!
Buenos días,
En primer lugar, necesitaríamos ver la notificación que le ha llegado para poder evaluar la prosperabilidad del recurso, así como conocer el estado en el que se encuentra el procedimiento sancionador. Una vez nos envíe la notificación podremos indicarle la viabilidad del recurso.
Quedamos a la espera de sus noticias. Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
Un abrazo y feliz día!!!
Un saludo,
Hola quería comentarles que mi problema es que me multaron por el seguro de mi moto que estaba pagado y en activo solo que en tráfico no les constaba por un error que habían subsanado la aseguradora y resulta que no daban la sanción en mano que me la notificaban en casa y que nunca me llegó a casa hasta que ayer me llegó la carta de hacienda que tengo que pagar 1500 mas 300 de recargo después de 1 años que fue cuando me pararon y cuando fui esta mañana a hacienda me dicen que ayi solo me pueden cobrar que para recurrir hay que ir a tráfico y es lo que me falta por hacer pero mi pregunta es que si pasado el tiempo para poder reclamar siendo el fallo de ellos y teniendo yo todos los recibos y autorizaciones del seguro pueden obligarme a pagarlo o tengo que acudir a un abogado directamente?…
Estimado Benkrimo,
En su caso, al tratarse de una providencia de apremio, podemos recurrirle la sanción basándonos en los motivos tasados en la Ley General Tributaria, ya que no le han notificado la sanción en vía voluntaria.
Es por ello, que le recomiendo que nos remita la sanción para que desde el departamento jurídico podamos hacerle una valoración más exhaustiva.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
Un abrazo y feliz tarde!!!
Hola.
Una consulta a ver si pueden ayudarme, me multaron por aparcar cerca de la esquina donde terminaba la calle. Había una ralla amarilla y me asegure de no pisarla. Lo que no me fije es que más atrás había una señal. Desde la raya a la señal hay mas o menos un metro de distancia, se ve que han hecho alguna obra en la calle y han asfaltado encima de la ralla por lo que falta 1m de ralla hasta la señal y no la han vuelto a pintarl. Además la grua se llevo el coche. Se puede recurrir la multa y la grua? Por otra parte, han pasado 2 meses, ya no se puede recurrir? Gracias.
Estimada María,
En relación con su consulta, se puede recurrir solicitando las pruebas oportunas que acrediten el hecho denunciado, como fotografía, informe del agente, informe del estado de la vía, etc.
Por otro lado, en caso de que le entregasen boletín de denuncia en el parabrisas, éste no constituye un acto de iniciación del procedimiento sancionador. Debe esperar a que le notifiquen en su domicilio y, una vez notificado, dispone de 20 días naturales para presentar alegaciones o pagar con el descuento.
No obstante, para poder realizar una valoración y una defensa acorde a sus circunstancias le recomendamos remita la notificación recibida a nuestro Departamento Jurídico.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, no me ha llegado a casa ninguna notificación de multa sin embargo, nos hemos metido y pone que nos la notificaron en marzo, por lo que ahora no podemos pagar la mitad y tenemos que pagarla entera. Podríamos hacer algo ya que la multa no nos la notificaron con anterioridad ?
Gracias !
Estimada Andrea,
En su caso, deberíamos saber de qué se trata la sanción y a qué Organismo pertenece para realizar una defensa acorde a sus intereses; contactaríamos con la Administración para saber si realmente se notificó en su domicilio tal y como exige la ley (dos intentos en diferentes tramos horarios) y, por supuesto, alegar la indefensión que se ha generado de no poder pagar con la bonificación.
No obstante, para un mayor análisis de su expediente, puede enviarnos la información de la que dispone para hacer un estudio en profundidad del mismo.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me pusieron una multa de zona azul en Salamanca, la he recurrido alegando que la persona que me multa no tiene potestad para hacerlo…y ahora me contestan con el importe integro de la multa sin el descuento, haciendo caso omiso a mi recurso. Que puedo hacer?
Estimada Olivia,
Presentar ante la Administración unas alegaciones para la defensa de la sanción implica, entre otras cuestiones, la renuncia al pago con descuento.
La última notificación recibida es el traslado de resolución sancionadora ante la cual se puede interponer Recurso Potestativo de Reposición. Puede remitirnos la noticación para que nuestro Departamento Jurídico valore en profundidad la viabilidad de defensa.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Me pusieron una multa de 1000€ y 6 puntos por positivo en cannabis. Yo no consumí esa sustancia, es más la barita que te Dan para recoger la muestra debe de ponerse azul y no se puso, la metieron en la máquina tal cual. Después te dan una segunda barita para la recogida para laboratorio que Tambien debe de ponerse azul antes de meterla, pues tampoco llegó a ponerse azul porque los llamaron y tenían prisa. Hicieron las cosas fatal y así salió todo, porque me dejaron en la carretera tirado sin poder conducir el vehículo por el positivo. Menos mal que se paro un alma caritativa y me dejó el móvil para hacer una llamada para que viniesen a recogerme a mi y al vehículo.
Un desastre vamos. Y ahora tengo una multa de 1000€ y 6 puntos colgada a la espalda que caduca el recurso contencioso administrativo el día 15 de Febrero del 2022.
No se que hacer. En el colegio de abogados me han dado cita para el día 16 de Febrero un día después del plazo.
Un saludo!
Estimado Lorenzo,
Examinado su caso, necesitamos para estudiar la viabilidad de recurso, la remisión del expediente y todo la documentación que disponga puesto que según indica, si el plazo para ir a contencioso finaliza el 15 de febrero de 2022 es porque previamente se ha recurrido esta multa.
Remítanos la documentación por favor para estudiar su caso y darle una información más precisa.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola buenas tardes, mi nombre es Carolina y tengo una duda muy grande y esque no se como solucionarlo y si se puede o no, mi caso fue en Diciembre de 2019 sali de cena de empresa y la verdad tome unas copas de mas y me sancionaron por conducir ebria cosa que no es abitual pero asumi mis consecuencias, lo pague al dia siguiente y asi quedo pero en Enero de 2021 me llego una carta certificada de trafico donde me dicen que tengo que pagar 1000€ por una sancion en Diciembre de 2019 (el mismo dia de la de alcoholemia) por consumo de estupefacientes, 1 año y un mes despues de la sancion, yo la verdad no e sabido gestionar ni moverme e preguntado en varios sitios y nadie a sabido decirme que tengo que hacer, yo jamas en la vida e consumido ningun tipo de sustsncia ilegal, pregunte en un despacho de abogados que solo me supieron decir que era muy dificil acreditarlo, pero hay incoherencias referentes a esta notificacion que al igual eso no lo puedo acreditar pero 1 año y un mes despues? Son cartas certificadas e mirado mucho en este tiempo por internet porque la verdad es un tema muy delicado, esa carta la recibio mi padre y me queria morir porque suelo ser una persona muy responsable y mi padre se extraño, estado mirando y leo que si en 6 meses (por ser una sancion grave) no te notifican la sancion preescribe, y se supone que todo el mundo tiene derecho a poder pagarla con un 50% de descuento si se paga dentro del plazo y a mi esa opcion jamas me la dieron, me vino sin descuento ya de 1000€ y que aunque la recurriese la sancion deberia de pagarla, pero creo que esa sancion que me llego deberia de ser la segunda en vez de la primera, e leido algo del testra que aunque lo coloquen en testra no se consedera notificacion, pero igualmente, si me notificaron esa, porque una primera con descuento no?? Que podria hacer en este caso?? Muchas gracias un saludo.
Estimada Carolina,
Con respecto a sus dudas, entendemos que se ha producido una anormalidad absoluta en el procedimiento; sin embargo, nos falta información, ¿fue sometida a una prueba de drogotest o ni siquiera le hicieron la prueba? ¿le dieron algún tipo de notificación en el momento?
El problema principal al que nos enfrentamos es, sin duda, el paso del tiempo, puesto que ,si recibió esa notificación de la DGT en enero del 2021, ya no se ha podría pedir las pruebas necesarias a la Administración para que puedan acreditar la comisión de la infracción.
No obstante, le recomendamos que nos remita toda la información de la que dispone a nuestro Departamento Jurídico para poder valorar en profundidad su expediente y acogernos a la vía de defensa que más pueda garantizar la protección de sus derecho.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola me han puesto una multa de radar notificada en mano,el caso es q crei q tendria q llegarme la notificación a casa con la foto y asi recurrir,pues necesito prolongar el procedimiento hasta despues de marzo para recuperar puntos y no perder el carné. Hay alguna posibilidad?
Estimado Alejandro,
Por lo que nos comenta, ha recibido un boletín de denuncia entregado en el momento por un exceso de velocidad.
Podemos presentar un escrito de alegaciones solicitando las pruebas para la defensa de su sanción, como la ratificación del agente, los paneles informativos del límite de velocidad, la calibración del radar, etc; así como la aplicación del margen de error.
De esta manera, en caso de que la Administración no le diese la razón, se retrasaría la firmeza de la sanción y, por tanto, la detracción de puntos.
No obstante, le recomiendo que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico para una valoración exhaustiva de una sanción.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, me multaron el día 16/02/2022 y la carta me llegó el día 01/01/2022 el caso es que se me ha olvidado reclamar la multa deltro de los 20 aviles y ahora no se qué hacer, ¿Ya no se puede recurrir por ninguna oltra via?
Estimado Manuel,
La legislación sobre las multas de tráfico prevé que el infractor dispone de 20 días (normalmente son naturales, no hábiles), después de practicada la notificación, para presentar alegaciones o pagar con descuento (en este último caso, si paga con descuento, renuncia implícitamente el derecho a formular alegaciones). En el caso que nos ocupa, entiendo que se ha equivocado en la fecha de notificación cuando dice que le llegó el 1/1/2022. Imagino que es el 1/3/2022. Si es así, tenía hasta el 21 de marzo para recurrir. Transcurrido este plazo, el procedimiento sigue su curso y pasará en fase ejecutiva (vía de apremio). De todas formas, le aconsejo que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico para un asesoramiento más adecuado, remitiendo la multa.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
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hola buenas tardes , me han iniciado un procedimiento de expulsion ordinario por vía administrativa , donde decía que tenia que alegar en los próximos 15 dias cuanto argumento sea posible para que no proceda , esto lo leí mucho tiempo después y no me quedo mas que esperar que me llamaran , nunca me llamaron , donde vivo no es donde estoy empadronado asi que no puedo saber si intentaron llevar la resolucion a mi padrón , o la publicaron en el BOE , tengo miedo de tener orden de captura para ejecutar la expulsion , ya han pasado 6 meses des desde que se inicio
Estimado Enrique,
Para poder darte un mejor asesoramiento precisaríamos contactar contigo o que nos aclararas una serie de cuestiones. En primer lugar, es obligación de todos los extranjeros mantener actualizado el domicilio a efectos de notificaciones que suele realizarse por medio del empadronamiento por lo que si cambiaste durante la tramitación de tu permiso de domicilio y no lo comunicaste a Extranjería sería imputable a ti y no supondría un defecto en las notificaciones. Asimismo, entendemos que aunque fuera de plazo has tenido acceso a la resolución por la que se acordaba el inicio de procedimiento de expulsión pero que desconoces el estado del mismo.
El hecho de que vaya transcurriendo el plazo sin que se ejecute la expulsión no implica que no pueda llegar a materializarse. No obstante, habría que ver en caso de que se hubiera decretado la orden de expulsión es si se puede dejar sin efecto la misma.
Por ello si lo deseas puedes facilitarnos tus datos para que contactemos contigo y podamos proceder al estudio de tu caso.
Quedamos a tu disposición.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, en abril me pusieron una multa por saltarme un semáforo en rojo, pero esa multa nunca me llegó. En agosto me llegó otra multa por no haber indicado en la multa anterior quien era el conductor que conducia el vehículo en el momento que me salté el semáforo, hoy he querido recurrir alegando que nunca me llegó la primera multa y me he dado cuenta que ya ha pasado el plazo. Que puedo hacer?
Estimado Toni,
Con relación a su consulta he de informarle que debe contactar con el organismo para solicitar que le remita el expediente completo y consultar donde le notificaron la sanción original y ver que se den tanto los 2 intentos de notificación, y que hubo aviso de correos, a la vez que deberá comprobar donde le notificaron por si hubo algún error en la dirección a efectos de notificación. Esta consulta en algunos organismos permiten hacerla por teléfono y le dan esta información siempre que la persona que llame sea titular de la sanción, tendrá que dar el número de expediente, su DNI y nombre completo.
De todas formas, en su situación le recomendamos que nos remita toda la documentación para valorar la defensa del expediente.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola, me han puesto una multa de trafico en la que se me ha pasado el plazo de alegaciones. Quiero recurrir la multa que me recomiendas?
Estimado Mikel,
En primer lugar, lo que le recomiendo es que nos envíe la sanción a nuestro departamento jurídico para comprobar que efectivamente estamos fuera de plazo y no existiera algún tipo de error en la notificación( o estuviera publicada en el BOE por ejemplo).
Si la intención que tiene es la de recurrir la sanción, deberá esperar a la siguiente notificación. Esta deberá llegarle a su domicilio. Cuando la misma le llegue, nuestra recomendación es que se ponga en contacto con nuestro departamento jurídico que podrá darle un asesoramiento personalizado, estudiando todas las vías legales posibles para obtener un resolución a nuestro favor.
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Buenas noches,
En primer lugar agradezco enormemente vuestro servicio y actitud de querer ayudarnos. Lo valoramos mucho desde este lado de la pantalla y os deseo lo mejor.
Dicho esto, expongo mi caso. Me pusieron una multa por ir con auriculares en la bici. En primer lugar yo en ningún momento me he negado a pagar la multa, pero con el papelito amarillo que te entrega el agente no es suficiente para pagarlo, ya que no aparecen datos para proceder al abono ni tampoco las consecuencias de pagar o no (pronto pago y alegaciones). Si vas a pagarlo al banco no te lo aceptan.
Al mismo tiempo, me percaté de que la fecha que había escrito el agente era incorrecta. Y la fecha que él puso era un mes antes de la fecha real.
Por eso, decidí esperar a que me llegase la carta de pago y ver que ponia ahí para proceder al pago.
Para mi sorpresa, solo me llegó al domicilio directamente el aviso de vencimiento de deuda con recargo, en ningún caso la sanción con su carta de pago.
Teniendo en cuenta que la fecha que puso el agente era un mes antes, ya directamente desde el instante en que me la entregó, ya estaba fuera de plazo para recurrir o pagar con descuento.
En el expediente adm no consta ningún documentos extra emitido por la adm.
¿Es recurrible? ¿Se podria solicitar nulidad teniendo en cuenta que no se ha informado en ningún momento de las consecuencias de pagar o no y que la fecha me deja indefenso desde el primer instante?
¿Se podría solicitar al menos que se corrija el error y se emita de nuevo con un plazo de 20 dias para pagar?
El problema es que evidentemente estoy fuera de plazo legal para recurrir (no sólo por esperar a que llegase algo a casa, sino desde el primer instante).
Mil gracias por atender nuestras consultas como lo hacéis. ¡¡Que tengáis un buen dia!!
Estimado Jon,
En efecto, el expediente que nos indica sería recurrible, habría que tratar de examinar el boletín que le entregaron en su momento y el aviso que ha recibido ahora para valorar si este último acto es ya recurrible o es mejor esperar la providencia de apremio. Además la existencia de errores en el sentido que indican podrían alegarse a su favor. Estamos a su disposición para que nos remita los documentos y valorar su caso con detalle.
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Buenas tardes,
Un policía municipal me paró y me entregó dos multas por saltarme dos semáforos. Estaba esperando que apareciera en el BOE o me llegara al domicilio para recurrirlas y me han dicho que el plazo de 20 días es desde que me entregaron en mano la multa. Me gustaría saber si es verdad y si es así si hay alguna forma de reclamar la multa a pesar de la finalización del plazo. Un cordial saludo
Estimado Jorge,
La información que le facilitaron es correcta. El plazo de 20 días para recurrir o abonar, en su caso, se cuenta desde que le entregaron el boletín de denuncia en mano. Por ello, si ya ha transcurrido ese plazo, no se podrá presentar alegaciones.
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Buenos días.
Tengo una duda. Me ha llegado una sanción al domicilio a través de correo certificado. Al no encontrarme en esos días, acudí a mi vuelta a correos para recogerla. Mi pregunta es: ¿el pago voluntario de los 20 días naturales y con descuento del 50% es desde que la he recogido en correos ó desde que el cartero ha dejado la notificación en el buzón?
Gracias
Estimado Óscar,
El plazo para el pago empieza a contar en el momento en que Vd. retira la carta del buzón, ya que es el momento que se considera notificado, salvo que haya preestablecido otro plazo mayor, con una fecha determinada, que será a la que deba acogerse para realizar el pago.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Buenos días,
Tengo una duda sobre unas denuncias, no se si me podrías ayudar.
Me han notificado dos denuncias de velocidad con apremio, y consultando los datos de ambas:
– En una de ellas la hora y fecha de notificación de la primera y segunda vez son la misma, además de que no dejaron ningún aviso en el buzón.
– En la otra solo intentaron una notificación, no realizando una segunda. Tampoco dejaron aviso en el buzón de la misma.
Mi pregunta es, si al no realizar correctamente las notificaciones en mi domicilio las denuncias son nulas o ese proceso de notificación valdría. Muchas gracias.
Un saludo
Estimado Jorge,
En relación con la consulta que nos plantea comentarle que en efecto un error en las notificaciones en vía administrativa imputable a la administración puede ser motivo de nulidad de las sanciones. Según lo recogido en el articulo 90 de la ley de seguridad vial se deben hacer al menos dos intentos en días diferentes, y si el domicilio es correcto debe aparecer como ausente dejándose aviso en el buzón, nunca como “ desconocido”.
Por todo ello es posible que su caso sea susceptible de reclamación, si quiere puede contactar con nuestro departamento jurídico donde le informaremos con mas detalle de las posibilidades.
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