Las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos a motor y sus remolques cuentan con una serie de cambios según la reciente Directiva aprobada por parte de la Unión Europea. Se pretende un nivel más exigente y normas más estrictas aunque con periodicidades sujetas a condiciones mínimas.
La nueva Directiva que establece la Unión Europea no cambia los hábitos en la inspección obligatoria de los conductores españoles. Al facilitarse periodicidades que tienen que estar sujetas a las condiciones mínimas, se permite mantener la ITV anual, en lugar de cada dos años como marca de mínimo la Directiva. De esta forma con el objeto de mejorar la seguridad vial de los vehículos con más de diez años de antigüedad, se siguen manteniendo las revisiones anuales.
Una medida que se hace especialmente estricta, dado que Tráfico respaldado por los criterios de la propia Unión Europea, es cada vez más consciente de la necesidad de tener vehículos competentes y seguros en las carreteras, para garantizar que estos no supondrán riesgos ni accidentes en las vías. Medida y revisión que hacen extensible la obligación de pasar la ITV a ciclomotores y motocicletas.
Unas revisiones que cada vez son mayores, dado lo que confirman los datos, en donde en nuestro país en 2013, las inspección periódicas y obligatorias de los vehículos habían incrementado un 5,6%. Un dato relevante que demuestra el envejecimiento del parque automovilístico español, que es uno de los factores determinantes de la crisis económica.
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