Si una multa no te llega a casa no está correcta y efectivamente notificada. Es lo que ha dictado un juez de Huelva, que ha dado la razón a una conductora que no pagó una multa porque no le llegó la notificación a su casa hasta un año después, a pesar de que ya estaba publicada en el Boletín de dicha provincia, según informan en Autobild.
La multa ha quedado anulada debido a que la infracción cometida por la mujer debió haber sido notificada cuando se produjo, y no después. Lo que ocurrió fue que la conductora cruzaba una línea continua, pero los agentes de la Guardia Civil que la vieron, en vez de pararla y multarla en el momento, decidieron enviarle la ‘receta’ a casa.
Resultado: la implicada en el caso no tendrá que pagar los 150 euros de multa que le reclamaba Tráfico.
Interesantísima y reciente sentencia la de un juzgado de lo contencioso administrativo de Huelva, que, debido a graves defectos en la práctica de las notificaciones, anula sanción de tráfico impuesta a un particular.
No hubo notificación en el acto de la denuncia por cuanto los agentes no detuvieron en el acto el vehículo, como así debería haber ocurrido, y sí dos intentos posteriores de notificaciones en su domicilio en un mismo día, contraviniendo el procedimiento legalmente establecido, puesto que han de efectuarse en días distintos y a distinta hora , por lo tanto, el juez estima que la posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, no “sana” el procedimiento ni la mala actuación por parte del organismo sancionador, anulando la sanción impuesta al particular.
Actualmente, y tras la Ley 18/2009 de 23 de noviembre que modifica ciertos aspectos de la Ley de Seguridad Vial, en concreto el art. 76 las denuncias han de notificarse en el acto, salvo en tres supuestos tasados : que la detención del vehículo suponga un riesgo para la circulación, que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado y el conductor ausente o que se haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan identificar el vehículo: si no se dan ninguno de estos tres supuestos y tampoco se motiva por parte de los agentes se produce indefensión y solicitaremos, en su nombre el archivo del expediente .
Helena Piñeiro.
Pyramid Consulting, s.l.
29 febrero 2012