Acumulaba 34 multas por acceder a Madrid Central

Multa de Madrid Central anulada

Cuando Madrid Central se puso en marcha, muchos ciudadanos no recibieron la información necesaria. Uno de los grupos más numerosos es el de los residentes, que si bien contaban con autorizaciones para circular por las antiguas APR, desconocían en su mayoría que tenían que actualizar esas autorizaciones.

Es el caso de un cliente de Pyramid Consulting, que acumulaba 34 sanciones por acceder a Madrid Central sin autorización, sumando más de 3 000 euros en multas. No obstante, desconocía que estuviese actuando mal, puesto que no había sido informado de la necesidad de actualizar su autorización APR.

Tenía autorización para circular por APR

El ciudadano sancionado había accedido 34 días a Madrid Central. Contaba con autorización para acceder a la antigua Área de Prioridad Residencial (APR) de Embajadores, válida hasta noviembre de 2023.

Esos 34 días fue sancionado, con una multa de 90 euros por cada acceso. Por tanto, el Ayuntamiento de Madrid le reclamaba 3 060 euros, que se reducirían a 1 530 euros si se acogía al pago con descuento.

El Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº33 de Madrid ha estimado el recurso presentado por una de estas sanciones, que podría afectar a todas las demás.

Esta sentencia es firme y no cabe contra ella recurso ordinario alguno.

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Una sola multa en lugar de 34

Únicamente se puede sancionar una vez por el mismo hecho cometido de forma continuada sin que haya tenido conocimiento el interesado. Así ha considerado la juez de esta sala. Al estar impuestas todas las multas en la misma calle, y notificadas al mismo tiempo al interesado, ha considerado que se debe tratar como una sola sanción administrativa. Esta sería la cometida el primer día, puesto que se trata de la misma infracción cometida de manera continuada.

De este modo, le quita la razón al Ayuntamiento de Madrid. Había sido este Consistorio el que había iniciado un expediente sancionador por cada día que accedió a Madrid Central sin que existiera firmeza del primero de los expedientes. El problema, este caso, es que el interesado no podía ni defenderse ni modificar su conducta.

 El recurso de la multa

Desde Pyramid Consulting se puso de manifiesto el artículo 63.3 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones públicas, artículo que se recoge en la sentencia y que dispone lo siguiente: “No se podrá iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificados como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo”.

Miles de multas a residentes de Madrid Central

Esta sentencia podría afectar a más ciudadanos. Y es que el Ayuntamiento de Madrid impuso miles de multas a conductores con autorización para acceder a las antiguas APR, pero sin notificarles previamente que debían actualizarlas. Tanto es así, que durante el tiempo en el que los accesos a Madrid Central no se sancionaban, sino que simplemente se notificaban las próximas sanciones, siguieron expidiendo autorizaciones APR.

Pyramid Consulting está recurriendo estas sanciones, que considera injustas. No solo porque los sancionados contaban con autorización para circular por las Áreas de Prioridad Residencial, sino también porque durante el periodo de información ninguno recibió notificación alguna de que sus accesos podrían ser sancionados.

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