Vamos a tratar un supuesto que está causando últimamente muchas dudas como es el asunto relacionado a la circulación por carreteras Portuguesas de vehículos que no estén matriculados en Portugal y quieran llevar a cabo una “actividad comercial” por un tiempo determinado o períodos alternos.
Estos vehículos podrán llevar a cabo su actividad, por un tiempo limitado, en Portugal solicitando un permiso previo ante la Aduana Portuguesa y cumpliendo los requisitos establecidos en los Arts. 39 y 40 de la Ley nº 22 – A- 2007 de 29/06 Serie I nº 124 que regula el uso comercial de vehículos y las condiciones de circulación.
Según la legislación portuguesa, la “admisión temporal” de vehículos en Portugal faculta a vehículos matriculados en otro estado miembro de la U.E. a circular por territorio portugués, por un máximo de 183 días en el periodo de un año. Para ello hay que dirigirse a la oficina de aduana Portuguesa para solicitar una autorización llamada “guía de la circulación”. La documentación que se exige para obtener este permiso es la siguiente:
-Autorización de la empresa para que el trabajador utilice ese vehículos matriculado en España.
– Carné de conducir y NIF del trabajador (original).
– Justificante elaborado por al empresa en el que se explique cuál es su actividad profesional y por qué la desarrollan en Portugal.
– Contrato de trabajo original del trabajador.
– Documentación original del vehículo que le habilite para circular (Permiso de circulación, ITV y seguro).
Una vez personados en la oficina Aduanera Portuguesa se exigirá cumplimentar tres impresos: nº221100, nº211063, nºV221101.
El mismo día de la solicitud se recibe la autorización temporal para circular por Portugal, a la espera de recibir la “guía de circulación” oficial. Ésta tiene un coste de 5 euros aproximadamente y es válida por un año, con posibilidad de renovación al año siguiente.
Así mismo, hay casos especiales como son los casos de Misiones Diplomáticas o consulares acreditadas en Portugal cuyo plazo para solicitar el permiso a la Aduana Portuguesa será 30 días desde el acceso al territorio portugués.
Sanciones por falta del permiso en Portugal
La falta de solicitud de la misma puede acarrear una sanción entre 250 y 165.000 euros. Dicha sanción viene impuesta por el art 109 del Régimen General de las Infracciones Tributarias de Portugal y la graduación de la misma dependerá de factores como:
– Gravedad del hecho.
– Culpa del conductor.
– Situación económica del conductor.
– Beneficio económico que se obtenga con la actividad realizada.
– Graduación en función del tiempo desde que se tiene que solicitar la autorización hasta que se obtiene la misma.
Para concluir, añadir que si la Policía para a un vehículo sin la autorización pertinente, “guía de circulación”, y no abona la cuantía de la multa o el depósito exigido por la legislación portuguesa, los agentes de policía procederán a la inmovilización del vehículo en ese mismo momento, siendo la empresa española propietaria del vehículo responsable solidaria de la sanción que los agentes le impongan al conductor.
Por todo ello, se recomiendo antes de dirigirse a Portugal para ejercer una actividad comercial, se solicite en la Aduana Portuguesa el correspondiente permiso y así evitar consecuencias desagradables.
Bárbara Reino.
Dpto. Jurídico Pyramid Consulting
Buenos días,
Somos una empresa española que realiza trabajos agrícolas en fincas de Portugal. La maquinaria (tractores y aperos) están matriculados en España y los conductores (trabajadores) son contratados también en España. Según la legislación española estos conductores pueden conducir este tipo de vehículos especiales con el carnet B. Sin embargo, cuando entran en Portugal le exigen el C1 para este tipo de vehículos. Ya nos han multado con 600 euros e inmovilización del mismo. Quisiera saber dónde está contemplado para comprobar la veracidad de este asunto y si no es así a qué organismo portugués puede dirigirme para poder aclarar este asunto. Muchas gracias. Un saludo
Buenas tardes Gema,
En relación con su consulta, habría que estudiar el caso concreto y ver las características del vehículo para poder darle una respuesta. El organismo portugués que regula las infracciones de tráfico es la Autoridad Nacional de Segurança Rodoviaria. Le invitamos a que nos remita la sanción para realizar las gestiones oportunas con el organismo y ofrecerle la mejor solución en defensa de sus intereses.
Saludos,
Buenas yo soy estudiante en Evora y me pararon por no tener la circulación portuguesa y un documento para entregar el aduanas con el motivo de denuncia en aduana.
Como lo soluciono.
Buenos días Daniel,
En relación a su consulta, necesitamos estudiar el caso concreto, para saber las características del vehículo, el contenido de la denuncia y que documento específicamente no se entregó en Aduanas, para poder asesorarle debidamente y presentarle una solución en defensa de sus intereses. Desde el Departamento Jurídico de Pyramid Consulting, nos ponemos a su disposición. Un saludo
hola, yo trabajo en Portugal y como yo mucha gente y tenemos que ir a una agencia que nos cobra 25 euros para que nos pongan en como utilizamos ese coche Español para ir a trabajar , que debo hacer?
Disculpe, Luz María, pero no comprendemos bien su consulta. Si quiere, diríjase a nuestro correo info@pyramidconsulting.es explicándonos más en detalle su duda.
Un saludo
Buenos dias
Un coche alquilado en España el arrendatario es una empresa portuguesa con conductor portugues, el coche circula por España. Puede el portugues conducir este coche español para ir a casa los fines de semana?? Hay que tramitar algo ?? El contrato seria de 6 meses de duración.
Muchas gracias
Buenos dias.
Puede una empresa española de alquiler de coches, arrendar un vehiculo a una empresa portuguesa con conductores portugueses y que aun siendo el trabajo en España, puedan ir con el coche español los fines de semana a Portugal y conducir legalmente ??
Hace falta solicitar alguna autorizacion ?? Espero noticias
Gracias. Saludos
Buenos días Concha,
En esta situación nos encontramos ante un problema fiscal, más que de tráfico. Por ello, solo puedo indicarle una respuesta genérica sobre el asunto, puesto que habría que estudiar con más datos la situación. En estos casos, todo depende del tiempo que el vehículo, con matrícula española, pase en territorio extranjero, Portugal, por ello lo recomendable es que lleve siempre en el vehículo el contrato de trabajo o el TC2 y la autorización de la empresa para utilizar el vehículo.
Muchas gracias y un saludo.
Buenos días.
Soy estudiante ERASMUS en Coimbra y el otro día volviendo de la compra el GNR me quitó el permiso de conducir por no tener el DAV. Yo desconocía por completo que había que tener otra documentación a parte de el permiso de circulación y la carta verde (ya que antes de venir consulté con mi seguro que documentación me haría falta). Ni la universidad, ni mi aseguradora me dijeron nada.
El coche lleva aquí desde enero, entonces no entiendo el porqué de quitarme el permiso de circulación si en principio no he superado el límite de días que indica su propia ley.
Ellos me pillaron por sorpresa y me dijeron que el coche solo puede estar en Portugal sin el DAV, 30 días.
He llamado a todas partes y en cada sitio me dicen una cosa diferente. En el consulado no me pueden ayudar, el seguro me dice que no es posible y mi universidad me dice que como alumna en calidad de ERASMUS no tendría porqué tener problemas ni sacarme nada.
Por último, he consultado todo este tema aquí, con una persona que licenciada en derecho y me ha dicho que esta ley es un tanto ilegal a ojos de la UE y que Portugal recibe multas todos los años por ello, entonces que puedo reclamar.
El problema es que me han quitado el permiso de circulación y no me han mandado la carta todavía con la multa y yo en cuanto acabe los exámenes debo regresar a España ya que operan a mi madre en marzo.
¿Qué debo hacer?
Muchas gracias de antemano y disculpen las molestias.
Un saludo.
Estimada Antía,
Primeramente, comentarte que se puede conducir con matrícula española en Portugal siempre y cuando:
• No residas en Portugal (Residencia fiscal);
• Ser propietario legitimo o familiar del propietario;
• El vehículo no estar en el país por más de 6 meses a cada 12 meses.
Por lo que nos indica, al tratarse de una residencia por estudios, con el Guía de Circulación bastaría para poder conducir en Portugal, siempre y cuando sea compatible con la duración del curso, por lo cual, cabe Recurso ante la Autoridad Tributaria.
Debes presentar el “GUIA DE CIRCULAÇAO” (de lo cual, es válido para vehículos españoles por tratarse de un país oriundo de la Unión Europea) y la matrícula del curso de enseñanzas/ERASMUS, justificando la circulación del vehículo extranjero en Portugal.
Importante reiterar, que en el presente caso, el DAV (Declaração Aduaneira de Veículos) solo seria obligatorio en caso que cambiase vuestra residencia fiscal a Portugal, y todavía así, podrías solicitar exención del impuesto, una vez que se justifique que hubiera pagado los impuestos exigibles en ley, en España.
No dudes en contactar con nuestro equipo de abogados, para eventuales dudas y Recursos. Si lo prefiere, nos puede facilitar un número de teléfono por cualquiera de los medios privados de nuestras redes sociales o a través del email jppalencia@pyramidconsulting.es. Estaremos encantados de atenderle.
Un abrazo y feliz tarde!
Buenos días,
Soy un particular español con residencia en España que tiene un coche de renting contratado en España. Tengo intención de prejubilarme y hacerme residente en Portugal el año próximo. Es decir, no voy a desarrollar ninguna actividad comercial en Portugal, sólo voy a vivir allí por más que venga de visita con cierta frecuencia a España. El renting es a cuatro años y actualmente ha transcurrido uno, es decir me quedan tres años de renting.
La pregunta es: puedo agotar el renting de mi vehículo conduciéndolo en Portugal, primero como no residente y luego como residente en Portugal, hasta la finalización del mismo ?
Si fuera necesario sacar el coche brevemente cada cierto tiempo de Portugal, no sería problema. Tengo la posibilidad de hacerlo fácilmente ya que mi intención es instalarme no muy lejos de la frontera con España (por Ayamonte).
Un saludo y muchas gracias.
Buenos días, Carlos:
En relación con tu pregunta indicarte que puede ser un tema complicado. En primer lugar, tienes que asegurarte que el seguro te cubra en Portugal, y por otro lado tendrás que hablar con la empresa de renting y verificar que en el contrato no hay una limitación al cambio de residencia, y no te pongan ningún problema, ya que no puedes olvidarte que los propietarios legales del vehículo son ellos. Es por ello, que te recomendamos verificar estos extremos antes de que puedas tener algún problema.
Quedamos a tu disposición para cualquier consulta.
Muchas gracias, un saludo.
Buenos días,
Gracias por la respuesta.
Sin embargo, lo que me preocupa no es la problemática con la empresa de renting española ya que eso ya lo estoy gestionando.
Lo que me interesa saber es la posición de las autoridades portuguesas con respecto a que yo conduzca un vehículo de renting español en su territorio. Primero como residente español y luego como residente portugués. Es decir, si puedo circular, si me van a multar y/o retener el vehículo o puedo contar con una autorización para hacerlo hasta la finalización del renting.
Hay que tener en cuenta que en ningún caso puedo matricular el vehículo en Portugal porque no es mío, es de la empresa de renting.
Muchas gracias. Un saludo.
Buenos días
Soy Residente No Habitual en Portugal, Es decir no tengo actividad alguna no en Portugal ni en España, es a efectos fiscales mi residencia en Portugal.
Puedo tener y conducir mi vehículo matrícula de España. Estando en la legalidad en Portugal?
El seguro me cubre en caso de incidentes?
Buenas tardes, Juan:
Lo importante para circular en cualquier país es saber si el permiso de conducir lo permite. Los permisos de conducción expedidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea o en Estados Parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo con arreglo a la normativa comunitaria mantendrán su validez en España, en las condiciones en que hubieran sido expedidos en su lugar de origen, por lo que podrá conducir en Portugal.
Por otro lado, lo que le cubre el seguro en este caso será necesario que lo gestione con su compañía aseguradora, a efectos de que le confirme lo que tiene incluido.
Gracias,
Un saludo
Buenas tardes.
Soy un ciudadano marroquí, con Residencia comunitaria en España (estoy casado con una ciudadana española), y tengo permiso de conducir marroquí, si bien no el español. En breves fechas iré a Portugal a trabajar y quería sacarme el carnet de conducir portugués. ¿Que documentos o tramites necesito para obtener el carnet de conducir portugués o poder canjear el carnet de conducir marroquí por un carnet portugués?.
Gracias.
Buenos días Abderrahman,
Indicarle que el carnet tiene que ser el del lugar de referencia. Le recomendamos acudir la ANRS, organismo que se encarga de los carnet de conducir en Portugal.
Muchas gracias,
Un saludo.
buenos días,
Deseo organizar una excursión en buggys por pistas forestales en el Algarve, mis compañeros franceses no tienen matriculados los vehículos ya que no estan homologados en Francia pero tienen seguro. Hay alguna forma de obtener un permiso especial para circular offroad en una fecha y caminos concretos???
Buenas tardes Josep,
Disculpe la tardanza, hemos investigado acerca de este tema y es necesario que el vehículo esté matriculados para poder circular en Portugal. Igualmente tienen que disponer de seguro. No obstante, si circulan por caminos privados, y no circulan por caminos públicos, no sería necesario disponer de matrícula.
Muchas gracias,
Un saludo.
Hola, soy Española y llevo trabajando en Portugal ya 6 años,siempre con contrato y pagando mis impuestos, me gustaría saber como puedo mantener la matrícula española pues nunca se sabe si uno volverá a España o no por cuestiones personales, familiares, etc…. Además ahora tengo que pasar la ITV y creo que la puedo pasar aquí, no sé si eso ayudará para mantener la matrícula.
Gracias y un saludo
Buenos días Irene,
Si se traslada a otro país de la UE y se llevas el coche, tendrá que matricularlo allí. Si además establece su residencia habitual en ese país, tendrá que pagar también allí los impuestos del coche. Normalmente dispone de 12 meses para llevarse el coche al nuevo país después de haber cambiado su residencia habitual. Sin embargo, si se traslada a otro país de la UE y vas a quedarse allí menos de 6 meses, no tiene que matricular el coche ni pagar el impuesto de matriculación allí. Puede mantener el coche matriculado en tu país de residencia. Ahora bien, es posible que tenga que pagar el impuesto de circulación por utilizar el coche en el nuevo país. Cuando conduzca, le conviene llevar siempre el certificado de matriculación del vehículo, el certificado de propiedad y una prueba de su residencia permanente por si le para la policía y tiene que demostrar dónde está sujeto a tributación.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenos días!! Soy trabajador transfronterizo y hoy me ha parado la GNR y solicitado la guía de circulación que no tengo (desconocía). Me han entregado una serie de documentos y una sanción que me deberán notificar. Veo que según su artículo la multa podría llegar a 165000€ y no me explico como se puede multar a alguien por esa cuantía. Me podría decir aproximadamente a cuánto ascenderá mi multa teniendo en cuenta que soy médico y voy de manera ocasional a Portugal desde hace 4 años? Muchas gracias
Buenos días Francisco,
Normalmente la cuantía de este tipo de sanciones suele oscilar entre 200 y 600 euros dependiendo de cada caso.
Le recomiendo que para que podamos efectuar una valoración más exhaustiva, una vez que le notifiquen la sanción, nos la remita y desde el departamento jurídico le asesoraremos conforme a su caso.
Muchas gracias,
Un saludo.
Soy trabajador en una empresa portuguesa en la localidad de elvas pero yo resido en Badajoz, uso mi coche particular para ir a trabajar y me pararon los Gnr pidiéndome el DAV, o guía de circulación, al carecer de ello pese a tener mi carta verde, seguro y carnet de conducir en regla, ma ha llegado una multa, debo pagarla o podría reclamar? Teniendo en cuenta que no es coche de empresa si no el mío particular. Gracias.
Buenos días Jose,
La falta de acreditación de la guía de circulación emitida por la Aduana Portuguesa es sancionable con una multa que oscila entre los 200 y 600 euros, ya que se trata de un documento preceptivo desde hace unos años. En su caso, al tratarse de un vehículo particular, en principio existiría la posibilidad de reclamarla, no obstante, y ya que el día de la infracción se dirigía a su centro de trabajo, le recomiendo que trate de llegar a un acuerdo con su empresa sobre el pago de la sanción.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas tardes:
Mi hija vive en Lisboa desde hace 4 años aproximadamente. Tiene un coche con matricula española y el otro día la pararon para pedirle la documentación.
Necesitaríamos saber qué documentación precisa para que, sin matricular el coche en Portugal, no le pongan multa.
Gracias
Buenos días Ángeles,
Con relación a su pregunta comentarle que si el coche está a nombre de su hija y ella está empadronamiento en Lisboa puede que le sancionen ya que una vez que se empadrone debería de inmatricular el coche con matricula portuguesa. Además, para solicitarle documentación le habrán dejado un boletín o un exp. y allí estará indiciada toda la documentación solicitada. En caso de dudas puedes remitirnos la sanción para estudiarla.
Muchas gracias,
Un Saludo.
Hola, yo soy estudiante Erasmus en Portugal. ¿Sería necesario tener la guía de circulación?
Estimada Elia,
Según indica el articulo 31 de la ley portuguesa nº 22-A/2007, tendrías derecho al beneficio de admisión temporaria de vehículo (con exención de impuestos) una vez que te encuentras en Portugal por estudios, siempre y cuando el vehículo esté correctamente matriculado en España, y su uso y disposición no exceda el tiempo del curso/ERASMUS.
La ley establece que para conducir un vehículo con matricula española en Portugal, debes obtener el Guía de Circulación, que lo puedes solicitar en cualquier oficina de la Aduana Portuguesa. El “Guia de Circulaçao” es necesario, una vez que te exime de pagar tributos de circulación en el país lusitano. Además, la ausencia del guía puede acarretar una serie de multas.
Importante añadir que la Autoridad Portuguesa suele solicitar la Carta Verde, que es un documento que certifica que tu vehículo está asegurado en España y que tiene validez en territorio portugués.
Para cualquier otra duda, puedes consultar con nuestro equipo de expertos abogados.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es.
Un abrazo y feliz día!!!
Buenos dias,
Soy de Espana (aunque trabajo fuera) y dentro de unos meses mi empresa me traslada a Portugal. Un familiar me va a prestar el coche para poder moverme dentro de Portugal durante un tiempo. El coche tendra matricula Espanola y he leido que es necesario matricular el coche en Portugal para evitar multas, mas si eres residente alli. La duda es, si estoy conduciendo un vehiculo que no es mio, tendre algun tipo de problema al respecto? Hay algun limite para usar el vehiculo espanol en Portugal si no eres el titular del mismo?
Muchas gracias!
Estimado Jaime,
Es expresamente prohibido, conducir en Portugal con matricula extranjera (aunque sea el coche de un familiar), siendo residente en Portugal.
Debes obligatoriamente, solicitar el DAV, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la entrada en el país lusitano.
Importante destacar, que la falta del DAV, puede implicar que el organismo portugués sancione el conductor del vehículo extranjero con multa, con un importe mínimo de 250 euros.
No dudes en contactar a nuestro departamento jurídico para cualquier consulta.
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Un abrazo y feliz día!!!
Buenas tardes:
Voy a vivir en Portugal el año que viene y voy a a ser residente fiscal. Tengo que matricular mi coche español en Portugal? Si no lo realizo y conduzco con matricula española a cuanto puede ascender la multa?
Gracias
Estimado Daniel,
Es expresamente prohibido, conducir en Portugal con matrícula extranjera, siendo residente fiscal en Portugal.
Debes obligatoriamente, solicitar el DAV (Declaraçao Aduaneira de Veículo), en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la entrada en el país lusitano.
Importante destacar, que la falta del DAV, puede implicar que el organismo portugués sancione el conductor del vehículo extranjero con multa, con un importe mínimo de 250 euros.
No dudes en contactar a nuestro departamento jurídico para cualquier consulta.
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
Hola buenos dias. Me gustaría saber el conductor de un vehiculo que se encuentra en Portugal. Un saludo
Estimado Miguel Ángel,
El organismo que puede informar es el IMT.
El enlace del organismo es el: https://www.imt-ip.pt/sites/IMTT/Portugues/Paginas/IMTHome.aspx
Se puede contactar de forma online:
https://www.imtonline.pt/index.php/9-uncategorised/2334-contactos-29
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¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!