Desde el Departamento Jurídico de Pyramid Consulting se está luchando de manera incansable porque la Administración no imponga las multas de velocidad sin cumplir con legalidad, circunstancia que hasta ahora se estaba produciendo sin consideración alguna, tal y como hemos visto en repetidas situaciones.

Pyramid Consulting ya puso de manifiesto en reiteradas ocasiones que las sanciones de velocidad de las Jafaturas de Tráfico no aplican el margen de error contemplado en la normativa, y así, se está sancionando por la velocidad que capta el cinemómetro o radar, sin aplicar el tan conocido “margen de error”.

Recientemente, Pyramid Consulting ha conseguido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11 de Madrid estudiara esta cuestión respecto de una sanción de velocidad en estas circunstancias y estimara nuestras pretensiones. El Magistrado, reconoce que en el expediente existe tanto fotografía como el certificado de verificación del aparato, sin embargo, reconoce que no queda acreditada la aplicación del margen de error.

Recurrir multas como solución

En materia penal, cuyos principios son aplicables mutatis mutandi al derecho sancionador, la doctrina de los Tribunales entiende que el porcentaje de margen de error se aplica a la velocidad detectada por el cinemómetro, sin que se entienda que en el resultado final se incluye el margen de error contemplado en la norma, lo que implicaría que el cinemómetro emitiera un doble resultado. Esta doctrina es la seguida por los Tribunales en materia penal y por la Circular de la Fiscalía General del Estado, y por tanto, ha de ser la que se siga en expedientes sancionadores de tráfico.

Por todo ello, Pyramid Consulting no quiere sólo denunciar públicamente este hecho, sino también animar a todos los conductores a recurrir sus sanciones de velocidad y no conformarse con la imposición de una sanción injusta y, en muchas veces, desproporcionada.

Fdo. Yolanda Abad

Dpto. Jurídico Pyramid Consulting

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