El criterio de los agentes se consolida para las multas por girar el cuello

Si guardábamos una ligera esperanza de que un tipo de sanciones que se habían generalizado, quedasen invalidadas al no haber un rigor o prueba que las sostuvieran, esa esperanza se ha esfumado con la decisión del Gobierno Local de Pontevedra. Los giros de cuello serán multados y la valoración de los agentes en este aspecto, fundamental e incuestionable.

La graduación de un giro de cuello a ojo es una potestad con la que cuentan los agentes y es lo que ha venido a confirmar el Gobierno Local de Pontevedra, desde ahora, tras desestimar los recursos que presentaron los afectados. Este tipo de multas de tráfico calificadas como «injustas y abusivas» además de «insólitas» se convertirán de esta forma en un precedente en el que una vez más se le da la razón a los agentes.

Consideran indiscutible la intervención policial y en una situación poco normal y reiterada en escasos días, tampoco han encontrado que los dos agentes se extralimitasen con la exigencias que daban a conocer estas peculiares sanciones. Su respuesta en todo momento ha sido que «los conductores apartaron la vista de la carretera durante varios segundos , provocando riesgo de choque frontal». Eso es motivo suficiente para imponerles la multa y ellos fueron testigo de ello.

Testimonios incuestionables para sostener las multas

La polémica reside en que estas sanciones se sucedieron prácticamente en un mismo día y todo se basó en el rigor de los agentes que determinaron que los giros de cabeza eran exactamente de más de 45 grados. Una percepción demasiado técnica para captar en un momento a simple vista, que ahora se ha consolidado y resultará un nuevo instrumento a la hora de ver más allá en las infracciones a los conductores. Una predisposición bastante peligrosa si se da la razón y exclusiva confianza a la parte de visión de los agentes.

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