Madrid va a estrenar nueva APR
El próximo mes de noviembre se va a estrenar la APR Centro de Madrid. Así, los vehículos de no residentes que no sean cero emisiones no podrán acceder al centro de la capital. Para asegurarse de que así sea, se instalarán cámaras de vigilancia que captarán las matrículas de los vehículos no autorizados.
Todos aquellos vehículos que accedan al área de Prioridad Residencial (APR) del Centro sin estar autorizados para ello recibirán una multa. Esta ascenderá a 90 euros, 45 con pronto pago. No obstante, estas sanciones también se pueden recurrir, con excelentes resultados.
Recurrir las multas de APR
Pyramid Consulting ha ganado recientemente el recurso de una multa por acceder a un Área de Prioridad Residencial. La sentencia, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid, estima el recurso porque considera que no hay prueba de que el vehículo circulase por zona restringida o reservada. Y es que, ante la falta de informes de los controles de las cámaras, prevalecería la presunción de inocencia (artículo 24 de la Constitución Española).
En este caso, que el Ayuntamiento no contase con la documentación requerida jugó en su contra. Finalmente, no sólo se desestimó la denuncia sino que, además, tuvo que abonar las costas.
No obstante, estos informes no son las únicas razones que se pueden alegar para recurrir las multas de APR.
Las cámaras de las APR
Desde Pyramid Consulting recomendamos recurrir siempre las multas de APR. Y es que son muchas las pruebas que se pueden solicitar para recurrir este tipo de sanciones.
Así, los documentos que demuestren que las cámaras han pasado los controles metrológicos necesarios son sólo un ejemplo. Pero también son comunes las multas por acceso a APR a pesar de haber aparcado en un parking de la zona.
Y es que cuando dejamos el vehículo en el parking correspondiente, mediante el mecanismo de lectura de matrícula la sanción debería quedar anulada. Pero, a pesar de todo, en ocasiones llegan. En ese caso, habría que presentar una solicitud adjuntando los tickets del parking, demostrando nuestra presencia justificada en esas calles.
La APR Centro
El próximo mes de noviembre se empezará a restringir el acceso en toda la zona centro de Madrid. A partir del mes de febrero, además, quien entre con su vehículo privado (siempre que no sea cero emisiones) será multado.
Esta nueva Área de Prioridad Residencial estará delimitada por las siguientes calles: Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta, Génova, paseo de Recoletos, paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, Bailén, plaza de España, Princesa y Serrano Jover, además de Gran Vía.
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Madrid prohibirá el acceso en el centro a los coches sin etiqueta
Buenos días,
Me ha llegado una multa del ayuntamiento de Madrid por exceso de velocidad en la M30.
En la fotografía pone 81km/h en el km 7.8, así que imagino que corresponde a algún día de protocolo anticontaminación, creo que sé de qué día fue, porque recuerdo no haber visto ninguna señalización desde la salida del túnel hasta pasado el radar. En la notificación no se hace ninguna referencia al tema de la contaminación, sólo pone vías limitadas a 60km o más, y ni siquiera aparece la velocidad a la que iba teniendo en cuenta el margen de error, de hecho la velocidad sólo aparece en la fotografía.
¿Sería posible recurrirla? He leído que el ayuntamiento ha tenido que devolver el dinero de este tipo de multas el año pasado.
Muchas gracias, un saludo
Estimada Elena,
La velocidad que aparece en la fotografía es la velocidad tomada por el radar de la M-30, no obstante sabemos que el Ayuntamiento de Madrid aplica el margen de error en esta velocidad por lo que la velocidad sancionada será de 76 km/h. No obstante le recomiendo que nos remita su multa ya que si efectivamente ese día existía protocolo de contaminación, entendemos que estas multas son recurribles por defectos en el aviso de las medidas del protocolo de contaminación.
Un saludo.
hola
soy resdente de madrid central un dia hice una autorizacion de un dia para un vehiculo que me prestaron en el taller y por un error no se si del 010 o mio se autorizo una matricula con un nuemro diferente a la que yo tenia, si lamatricula era 1234h me autorizaron para 7234h tengo la autorizacion para esa matricula que no era la correcta¿se puede reclamar ? es un erro tipografico pero claro las camaras no entienden de eso
Hola Rocío, en efecto el detalle al que alude es una de los muchos argumentos que se pueden utilizar en su defensa. Si nos envía la notificación le presentaremos el correspondiente recurso, con base en el error citado, además de poner de manifiesto otro tipo de consideraciones y solicitar una serie de pruebas.
Saludos
Muchas gracias. ?Como puedo iniciar sesion?
Estimado amigo,
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!