Las multas y obligatoriedad sin excepciones del uso del casco en menores

Podríamos pensar que la ley no tiene tanda dureza con algunos puntos, sin embargo tras la reforma, muchos de estos se han convertido en complectamente rígidos en determinados aspectos, ocasionando con ello más sanciones y multas que nunca.

Un caso entre ellos, lo encontramos en el uso del casco en bici destinado a los menores. Antes a este aspecto se le hacía más la vista gorda y con una llamada de atención se podía suplir la falta de cumplimiento de la norma. Tras el cambio, el endurecimiento se ha hecho patente y La Ley de Seguridad Vial, obliga sin ningún tipo de excepción a usar el casco de protección en menores de 16 años.

Tanto es así, que aunque no se circule por calles y simplemente la bicicleta sea un mero entretenimiento en el parque e incluso tenga los prácticos ruedines para aquéllos que están aprendiendo, los menores siempre tendrán que llevar su reglamentario casco de protección. La denuncia no admite estos supuestos como excusa y recaerá siempre en los tutores o padres por admitir y permitir este incumplimiento legal.

Más uso y control de la bicicleta

Una obligatoriedad que se extiende también en las situaciones en las que el menor va de acompañante en el asiento supletorio trasero de la bicicleta y que de la misma forma que en los anteriores casos, supone multas de tráfico. Se apuesta por el mayor uso de la bicicleta en ciudades, pero con seguridad, por lo que todo lo que no se ajuste a ello, vendrá a costar multas de 200 euros sin excepciones.