Los agentes tendrán que parar y notificar para multar a los conductores

Los conductores cuentan con una buena noticia tras la última disposición del Tribunal Supremo que ha dictaminado que resulta ilegal la polémica excepción que consideraba posible el hecho de no notificar una multa de tráfico y parar en el acto, a los conductores tras cometer una infracción.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso impuesto por el Ayuntamiento de Madrid y confirmado la nulidad de una de las posibilidades que más problemas ha causado entre los conductores. Esta disposición facultaba a los agentes para que pudieran multar sin la necesidad de parar y de notificar al infractor, «si se encontraban regulando el tráfico o careciesen de medios para perseguir a los vehículos infractores», tal como se especificaba.

Sin embargo ahora el Supremo lo ha razonado y especifica que la Ley de Tráfico fija en términos «claros y precisos» los supuestos en los que pueda eludirse la garantía del administrado de que la denuncia se notifique en el acto, supuesto en el que cabrían algunas situaciones de las que describe la modificación de la ordenanza. El hecho de hacerlo extensivo con carácter general a lo descrito se excede con respecto a dicha legislación sectorial y ese es el motivo que ha hecho que se declare ilegal.

Miles de multas a devolver

Un cambio que ahora tendrá que verse reflejado en la retirada de miles de multas de tráfico que a lo largo de este tiempo, que ha durado el procedimiento, ha costado especialmente caro a los conductores. Una recompensa que con ayuda y asesoramiento es la mejor forma de devolver tanto dinero sacado injustamente.

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?