Altercados producidos en la vía pública
Los disturbios ocasionados estos días en el centro de la ciudad de Barcelona, han desencadenado la quema indiscriminada tanto de contenedores como de vehículos en la vía pública.
Este suceso, hace que los conductores recapaciten sobre cómo afrontar esta situación y se planteen si el seguro cubrirá todos los desperfectos provocados.
¿Quién se responsabiliza de los daños ocasionados?
Según el periódico ABC, para poder reclamar a la aseguradora los daños ocasionados, es necesario tener contratado ese tipo de cobertura. De lo contrario, no se puede hacer nada.
También hay que tener en cuenta que, para poder contar con el seguro, no tiene que haber un tercero que se haga responsable de los daños.
Cobertura del seguro en diferentes casos
Si el vehículo está dañado parcialmente
Por un lado, si están dañadas algunas partes del vehículo, como ruedas o asientos, el seguro indemnizará con el precio que suponga cambiar esa pieza en concreto.
En el caso específico de los neumáticos, la indemnización depende del tipo de compañía. Esto se debe a que no saben en qué estado se encontraban inicialmente.
Con motivo de no pagar por encima de su posible coste, la mayoría de los seguros ofrecen un porcentaje aproximado de su valor.
[woorousell id=»49056″]Si el vehículo está dañado completamente
En este caso estaríamos ante un siniestro total. La indemnización ofrecida variará en función de la compañía aseguradora contratada.
Normalmente se suele indemnizar como valor a nuevo y valor venal. Si el coche tiene dos años o menos, el seguro cubre el coste total de un vehículo nuevo.
Incendio en el interior del vehículo
Cuando el incendio está en el interior del vehículo tiene más peligro, pues los materiales son inflamables y generan humo tóxico.
Es importante cerrar las ventanillas para que las llamas se apaguen más fácilmente.
Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios
Según Autopista, en este reglamento se establece que los daños producidos durante “actuaciones tumultuarias en el curso de manifestaciones autorizadas o huelgas legales” no se compensan.
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Todos los seguros de coches protegerán de catástrofes naturales
Gota fría. ¿Cubre el seguro los daños ocasionados al vehículo?
Han quemado un par de contenedores en la via publica propiedad del Ayto. de Barcelona y las llamas han pasado a mi coche¨aparcado en una plaza que tengo asignada de discapacitado y que ha quedado ¨siniestro total.
Puedo reclamar al Ayto. o también al consorcio?????
La semana pasada ocurrió lo mismo sin daños materiales y en esta ocasión también repitieron con otros contenedores que afectaron a otro vehículo calle mas abajo.
Muchas gracias
Estimado Ramón,
– Por un lado (responsabilidad del Ayuntamiento): Incendio de los contenedores por falta de recogida de residuos, en este caso, quien deberá hacerse cargo de los daños sería la propia Administración, dado que el incendio se provoca por la falta de diligencia y mantenimiento del Ayuntamiento en cuestión, por acumulación de la basura en las inmediaciones.
El hecho de acumular la basura al lado de los contenedores, puede facilitar que el fuego se propague a otros elementos de la vía.
En este punto, la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento está clara, dado que la función del Ayuntamiento en cuestión, es la recogida de basura y mantenimiento de la vía, previendo la eventualidad de un posible incendio. Hay jurisprudencia del TS en este sentido.
Eso si es importante demostrar que está relacionado. En este caso será necesario probar religiosamente el nexo causal entre la falta de diligencia de la Administración y los hechos acontecidos, dado que la seguridad ciudadana y el civismo no es competencia de ésta, pero si la conservación de las vías públicas.
– Por otro (responsabilidad del Consorcio); Incendio de los contenedores por un acto vandálico
Aquí, se podría acudir al Consorcio siempre y cuando la póliza no cubra los actos vandálicos, y en todo caso previa denuncia de los hechos ante la jurisdicción penal.
El Consorcio de Compensación de Seguros nos resarce los daños ocasionados con motivo de un tumulto, rebelión, manifestación o terrorismo. No obstante, fuera de todos estos casos, el Consorcio no se haría finalmente cargo de los daños acontecidos en tu vehículo.
A priori, serían los dos escenarios a contemplar, con más información podríamos definir la estrategia a seguir.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email ventas@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!