A pesar de que suele ser una acción habitual, hasta ahora que las motos circulen por un arcén implica multas de 200 euros.

¡La DGT anuncia que las motos podrán circular por los arcenes y no les multarán por ello!

Foto: lasprovincias.es

No hay duda de que la moto es un medio de transporte ideal para moverse entre calles y acceder a diario a las grandes ciudades, sobre todo a las más congestionadas y con continuos atascos. En estas situaciones es habitual ver cómo estos vehículos de 2 ruedas adelantan entre carriles e incluso superan por el arcén situaciones de alta densidad circulatoria. Pero que esto sea algo habitual no significa que sea legal… hasta ahora.

Multado según los códigos de circulación de la DGT con sanciones de 200 euros, tras varios años de reivindicaciones del colectivo de motoristas y promesas incluso de nuevas normativas desde Tráfico, parece que por fin se va a concretar y en España pasará a estar permitida la circulación de motocicletas por los arcenes bajo determinadas circunstancias.

 

La DGT modificará el reglamento de circulación, en vigor a partir de 2025

Así lo ha confirmado ya la propia DGT en su revista oficial, Tráfico y Seguridad Vial, asegurando que prepara ya importantes modificaciones ya en proyecto para establecer nuevas normativas que afectarán a cambios de consideración en el Reglamento General de Circulación. Estas nuevas normas se regularán próximamente en un nuevo Real Decreto y la previsión es que entren en vigor a partir de 2025.

 

Otras modificaciones y actualizaciones de la DGT

Así, entre las modificaciones que va a aprobar el Gobierno a través de la DGT figuran ya iniciativas como la prohibición de circular por el carril izquierdo de las autopistas y autovías en casos de nevadas o condiciones climatológicas muy adversas (con el objetivo de dejar siempre paso y vía libre a vehículos de emergencia o quitanieves)

Como la autorización a que los vehículos prioritarios y de auxilio en carretera, como son ambulancias y grúas, puedan usar los arcenes para servicios de urgencia.

También una nueva regulación que establecerá un nuevo modo de actuación de los conductores para dejar paso a los vehículos de policía o de emergencias cuando haya retenciones o atascos por accidentes o urgencias, debiendo abrirse los del carril derecho hacia la derecha y los del izquierdo hacia la izquierda, con el objetivo de dejar un pasillo central de acceso.

 

Que las motos circulen por arcenes en atascos, una vieja reivindicación

Sin embargo, una de las medidas más aplaudidas, especialmente por el colectivo de motoristas, será la modificación ya anunciada que afectará al capítulo 36 del Reglamento General de Circulación, en su punto 3.

Y es que este cambio autorizará ya a las motocicletas a circular por el arcén de la derecha de todo tipo de vías con atascos y retenciones, eso sí bajo determinadas condiciones.

 

Las motos podrán circular por los arcenes en situaciones de atascos, bajo determinadas condiciones

Estos condicionantes que incluirá la DGT en su normativa implicarán que, en casos de atascos o retenciones, las motocicletas podrán circular por los arcenes de todo tipo de vías, pero siempre y cuando no superen los 30 km/h de velocidad máxima y, también, siempre y cuando respeten la prioridad de paso de vehículos obligados ya por norma a circular por el arcén, como son por ejemplo las bicicletas o vehículos agrarios.

La vieja reivindicación de los motoristas, por tanto, parece que se aprobará definitivamente en las próximas semanas y dejará de estar prohibida a partir de 2025. ¡Enhorabuena al colectivo!

 

Fuente: autopista.es

 

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