El alcoholock es un dispositivo instalado en el vehículo, concretamente se trata de un etilómetro que se encuentra en el interior del vehículo, a la altura de la palanca de cambios y asimismo está conectado al motor, de tal manera que el conductor al soplar a través del mismo si su tasa de alcohol superara la permitida, se bloquea automáticamente el sistema eléctrico del motor, impidiendo que el vehículo arranque, por ello el conductor sólo podrá iniciar la marcha si sopla y da negativo, repitiendo la prueba durante el trayecto, imaginamos por quien opte por beber mientras se encuentra al volante.
En el año 2008 el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad su carácter obligatorio para el transporte escolar de pasajeros y el transporte de mercancías. No obstante en la actualidad tiene carácter voluntario y aunque existe una propuesta no de ley para su implantación, la Fiscalía de Seguridad Vial estudia implantarlo para supuestos de conductores reincidentes como alternativa a penas leves por alcoholemia. Se pretende sustituir la pena de prisión por el uso del alcoholock, esto es, al conductor reincidente en lugar de su ingreso en prisión se le impondría otra medida menos restrictiva, la cual sería la instalación obligatoria del alcoholock en estos supuestos tras haber sido dictada Sentencia judicial firme y así evitar que conductores condenados reincidan, al impedir su circulación si han bebido.
En otros países se ha comprobado que este dispositivo salva de media 115 vidas al año y más de 600 heridos, ya que aproximadamente el 40% de los accidentes de tráfico tienen su origen en el consumo previo de alcohol. Lo que hace plantearnos por qué este uso no se realiza de forma generalizada y no sólo en los supuestos de los conductores analizados si es que finalmente se implantara esta medida en nuestro país, ya que ha demostrado ser más efectivo que la multa y posterior retirada del permiso de conducir e incluso la pena de prisión.
Es obvio que el endurecimiento de la legislación penal no ha tenido el esperado efecto disuasorio ya que desde la entrada en vigor del carnet por puntos se han interpuesto más de 250.000 denuncias por alcoholemia y desde el endurecimiento del Código Penal más de 4.000 conductores han sido juzgados.
Este dispositivo solucionaría el problema desde el origen, ya que si bien no podemos evitar el que un conductor ingiera alcohol, sí podemos evitar la propia conducción, al impedir que el vehículo arranque y de esa manera el riesgo potencial a la propia vida y a la ajena.
¿No ha de ser el objetivo concienciar y sensibilizar a los usuarios de los riesgos que entraña el consumo de alcohol y evitar este último para así limitar los accidentes o es sólo un ánimo recaudatorio de la Administración?
Si finalmente esta medida se aplicara al conductor condenado y reincidente en relación a delitos contra la Seguridad Vial, la medida sería garantía para el resto de usuarios de la vía, dado que la propia seguridad de dichos usuarios, exige la implantación de este mecanismo o algún otro semejante.
La implantación generalizada y obligatoria a todos los vehículos en la actualidad podría plantear conflictos en cuanto a la asunción de los costes del aparato y su mantenimiento, ya que su instalación está en entorno a unos 1.500 € y su mantenimiento mensual en unos 90 €. Pero por qué no instalarlos de serie como otro elemento más de nuestro vehículo, al fin y al cabo por alto que parezca el precio ¿qué coste tiene la vida?, ¿cómo cuantificarlo?
A mi humilde entender sirve de medida de protección, del mismo modo que lo hace un casco o un cinturón de seguridad, con la diferencia que éstos últimos soy yo quien elijo utilizarlos mientras que la presencia de un conductor bebido en mi vía no está en mi mano y en la medida que no puedo evitar dicho consumo ni presumir responsabilidad, requiero medios que impidan su conducción ya que no podemos tolerar que nuestras vidas queden subordinadas a la decisión del imprudente que decide beber, ¿y por qué dejar mi seguridad e integridad física en manos de un tercero, existiendo medios ya demostrados eficaces?
Aunque por otro lado, como “hecha la ley, hecha la trampa” y teniendo en cuenta la picaresca, me planteo que sería factible defraudar pudiendo engañar al sistema, de tal manera que en lugar de soplar el conductor ebrio lo hiciera su acompañante sobrio. Y si bien es cierto que el aparato te hace soplar a lo largo del trayecto, entendemos que para evitar que un individuo satisfaga su sed en algún establecimiento del camino y luego reinicie la marcha, se puede eludir dicho control siempre que no se pare el motor.
Por todo ello, este dispositivo como otros medios de seguridad sólo se mostrarán realmente efectivos si se cuenta con la prudencia de todos y cada uno de los conductores. Por lo que desde Pyramid Consulting llamamos a la reflexión y sensatez al volante.
Carolina Pascual Sánchez
Departamento Jurídico
PYRAMID CONSULTING
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