VMP, regulación de este tipo de vehículos

Nuevo borrador del Real Decreto relacionado con los VMP

Hoy en día, el uso de los VMP (Vehículos de movilidad personal) es cada vez más frecuente y son cada vez más variados, pero, según estudios realizados, la población española los considera un riesgo para la seguridad vial.

Ya lo pudimos comprobar con el accidente provocado en Barcelona con un patinete eléctrico. Este hecho abrió el debate sobre este tipo de vehículos y se estudió la previsión de la siniestralidad para 2019.

Según la Fiscalía de Seguridad Vial, en 2018 los VMP estuvieron implicados en 300 accidentes con víctimas en los que murieron 5 de ellas. En 2019 podría aumentar este número a causa del aumento del número de VMP.

Por ello, la DGT ha elaborado un borrador de Real Decreto relacionado con los VMP que está sirviendo a los ayuntamientos para elaborar sus propias normativas.

Novedades en la regulación de los VMP

En este borrador que ha elaborado la DGT contiene una serie de novedades sobre la regulación de este tipo de vehículos:

– Los VMP son vehículos que tengan una o más ruedas y que tengan un motor eléctrico y que puedan alcanzar una velocidad de entre 6 y 25km/h. Al no ser considerados vehículos de motor no están obligados a contratar seguro.

– Los VMP sólo podrán circular por las ciudades, quedando prohibido su circulación por vías interurbanas.

– Su límite de velocidad será de 25 km/h.

– Se exigirá un certificado de circulación en base a lo dispuesto en el manual con las características del VMP que se publicará a la vez que el Real Decreto.

– No se exigirá una matriculación del vehículo, pero habrá un registro de ellos voluntario que podrán usar los ayuntamientos.

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