Cómo ganar los recursos de multas por notificación fuera de plazo.
La administración tiene unos plazos fijados para notificar las sanciones. Así, las leves deberán ser notificadas por correo en los tres meses siguientes a la infracción; en el caso de las graves o muy graves, el plazo será de 6 meses.
Hay múltiples ejemplos de recursos de multas ganados por el incumplimiento de los plazos. Y es que una vez que se han cumplido los límites temporales, las multas prescriben. Es decir, que las multas quedan sin validez alguna.
Plazos de envío de las multas
Lo primero que hay que aclarar es cuándo es imprescindible el envío de las multas. Así, este no será necesario si el boletín se ha entregado en mano. Ojo, porque eso no significa encontrarlo en el parabrisas del coche, sino entregado directamente por el agente que haya puesto la multa.
En caso de que sea necesario este envío, la Administración contará con 3 meses, 6 meses o un año para notificarlas, según el hecho denunciado. Si no cumplen esos plazos, será el momento de dar el pistoletazo de salida a los recursos de multas.
De hecho, cuanto más se demore la Administración en notificarnos, más probabilidad tendremos de conseguir la prescripción de nuestras multas de tráfico. En el momento que recibamos la notificación, esto significará que el procedimiento para sancionarnos se ha iniciado. Comenzará por tanto el plazo para presentar alegaciones o recursos, en caso de que no consideremos justa la sanción, o el periodo para abonar la multa con descuento.
Plazos de prescripción particulares
Así pues, los plazos para notificar las multas podrían verse alterados, y no cumplirse siempre la norma de 3/6 meses. Por eso, hay que tener en cuenta que el reloj empieza a contar el día que se comete la infracción o, en su defecto, al día siguiente a que la multa de tráfico sea firme.
Así pues, si transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento no se efectúa la sanción, la infracción caducará y se procederá, por tanto, al archivo de las actuaciones. En el caso de que haya sanción económica, la administración dispone de 4 años seguidos e ininterrumpidos para efectuar la sanción, esto es, cobrar la multa, en caso de que la administración no haya hecho nada con el expediente, la sanción por la multa de tráfico prescribirá.
Recursos de multas: no a la indefensión
Una vez recibimos las notificaciones de las multas, está en nuestra mano actuar. Por supuesto, desde Pyramid Consulting recomendamos recurrir las multas de tráfico, puesto que en muchos casos no son justas y suponen una clara vulneración de los derechos de los conductores.
Una vez recibida la denuncia, contaremos con un plazo de 20 días naturales para presentar el recurso a la multa. Para ello, deberás dirigirte al organismo sancionador (ayuntamiento, Tráfico…). También se podrá presentar en cualquier otra Jefatura por correo administrativo a través de una oficina de Correos. Otra opción es hacerlo en los registros oficiales de la Administración Estatal, Autonómica o de las Entidades Locales que hayan suscrito un convenio al efecto.
El escrito debe contener una serie de datos imprescindibles, tales como los datos personales, datos de la denuncia y las alegaciones. No es un paso fácil, puesto que cuanto más explícito sea el texto y más especializado el lenguaje, mayores posibilidades habrá de ganar el recurso.
Para todo esto, siempre se puede optar por la opción más segura y cómoda: contratar los servicios de una empresa dedicada al recurso de multas. Desde Pyramid Consulting nos encargamos de todo el proceso del recurso.
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tengo una multa que me pusieron porque sin seguro. pero el seguro lo tuve ya de 2 meses, los 20 dias para recurrir ya pasaron porque me olvide. la multa es de 1300 euro y yo cobro 850 mes. ya estuve ya segurado. come puedo hacer?
Estimado Lector,
Las sanciones por seguro, en efecto , son de importes elevados…es importante presentar recurso en al plazo de 20 días naturales desde la fecha de notificación. No obstante si realmente el vehículo se hallaba asegurado en la fecha de la infracción, siempre nos puede enviar su multa y la documentación para presentar una revisión y en teoría la Administración debería revocar la sanción. Le recomendamos nos remita su multa y documentación de seguro para hacer una valoración más concreta.
Saludos
Hola,me notificaron una multa de ayuntamiento por exceso de velocidad, me encontré el aviso de correo en el buzón que lo habían puesto el día anterior pone recoger antes de 7 días, fui a recogerla cuando la abro veo que esta esta fuera de plazo con fecha de 19/03/18 yo firmé la notificación el día 21, que puedo hacer ya pierdo la bonificación?
Buenos días, Abel:
Los 20 días para recurrir o pagar con descuento no empiezan a contar hasta que no firma la recepción de la sanción. Por eso, si la recogió el 21 de marzo, podrá presentar alegaciones hasta el 10 de abril.
Si quiere, puede dejarnos un número de teléfono y una persona de nuestro equipo le informará de cómo proceder.
Saludos
Que hacer cuando se te notifica la denegación de un recurso de zona azul sin tiket de estacionamiento,y la fecha de pago a vencido, o sea que el plazo de pago puesto en la notificación es anterior a la misma
Estimado Eduardo, si le ha llegado una notificación en la que la fecha de finalización de pago ya ha finalizado deberá solicitar una nueva carta de pago en la que le otorguen un nuevo plazo a tal efecto. Por ejemplo el Ayuntamiento de Madrid genera nuevas cartas de pago cuando se producen estas situaciones si se contacta con ellos por teléfono facilitando el nº de expediente de la sanción. Un saludo.
Gracias majo, así lo haré
Si recurro una multa por alcolemia, puedo retrasar la ejecución de la misma
Buenos días, Manuel:
Hasta que no haya resolución en cuanto al recurso, la sanción no se haría efectiva. Así si, por ejemplo, si necesitase recuperar puntos antes de que le sean detraídos, podría hacerlo en ese periodo de tiempo.
En cualquier caso, hay muchos motivos para recurrir un positivo en alcoholemia y a menudo termina en éxito. Si lo desea, déjenos un teléfono y una persona de nuestro equipo le explicará cómo proceder.
Saludos
Hola.
Me multaron por circular por una via sin ser vehiculo autorizado (el gps me llevo por ahi) La cuestion es que me multaron el dia 01/12/2017 y la multa me ha llegado por correo certificado el dia 02/04/2018 justo el mismo dia que cumple el plazo para pagarla.
Puedo recurrir esta multa? he intentado pagarla online y no hay manera.
Un saludo y gracias.
Estimado Luis, necesitaríamos nos remitiese la sanción para analizarla e informarle con mayor detalle. Habría que comprobar si antes de haberle hecho entra de la notificación ha habido más intentos de entrega. Tenga en cuenta que el plazo para recurrir vencería el 22/04/2018.
Si lo desea, déjenos un número de teléfono y le indicaremos cómo proceder.
Un saludo
Unos agentes de la policia me multaron indicando que no iba con un carnet vigente ya que mi carnet esta emitido en Alemnia y resido en Madrid. Investigando he averiguado que mi carnet tiene fecha de caducidad y con eso como cualquier carnet europeo tiene esta vigente y la multa de 500€ no correcta. Me dijeron llamando al 010 de Madrid que tenía que esperar que me llegue la nitificacion pero no me llega y el plazo de los 20 dias para poner aleganciones (indicado en el resguardo que me entregó el agente) ya han pasado. Cómo puedo actuar? Me da miedo que tengo que pagar una multa totalmente injusta por pasarme los plazos. Igual me informaron mal…?
Buenos días Isabel,
En relación a la consulta que nos plantea indicarle que como bien le han indicado en el Ayuntamiento debió realizar escrito de alegaciones en el plazo de 20 días contra el boletín que le entregaron en mano el Agente de Policía, por lo que debe esperar a que le vuelvan a notificar la siguiente notificación para poder presentar el recurso oportuno, por lo que le invito a que en cuanto reciba la siguiente notificación se ponga en contacto con nosotros para que valoremos el expediente y procedamos a realizar recurso. Un saludo.
Buenas tardes, me llegó una multa donde se me acusaba de haberme saltado una señal de prohibido en la entrada a un parking y aparecía una foto con dos vehículos. Mi coche y otro. Presenté un recurso y la después ya fue que lo desestiman. Presente otro y ahora no me ha regado respuesta al recurso, en su lugar me ha llegado una notificación de que no identifiqué al conductor. Que puedo hacer? Es posible que enviaste el recurso dentro de tiempo y llegase fuera de tiempo. Lo envié como carta certificada. Gracias.
Buenos días, parece que lo que ha recibido es una denuncia por incumplimiento de identificación del conductor, al ser una sanción con pérdida de puntos es necesario antes de recurrir, identificar al conductor responsable de la infracción. La consecuencia de no identificar es que el importe de la sanción se triplica, pero ya no conlleva pérdida de puntos. No obstante le recomiendo que nos remita la sanción recibida para que le podamos asesorar en la defensa del expediente. Si lo desea déjenos un número de teléfono y le diremos cómo proceder.
Un cordial saludo
Me a llegado una multa por por zona APR de Madrid pero me la han notificado con mas de tres meses desde el echo de la denuncia exactamente 4 meses después, es recurrible por exceso de plazos o tienen algún margen? Grscias
Estimado Roberto,
Tal y como comenta, al ser una infracción leve y haberle sido notificado con posterioridad a los 3 meses, la misma está prescrita. Pero ante cualquier cuestión, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Muchas gracias y un saludo
Hace 9 meses que he cambiado de residencia, mi piso de propiedad lo tengo alquilado desde entonces, en enero de este año hice el cambio de residencia de coche cuando realice la ITV, pues no me había llegado la notificación, desde el cambio de domicilio he recibido una multa por exceso de velocidad que pagué con el descuento, pero mi sorpresa es recibir notificación de correos de 7 multas más del año pasado de 300 euros cada una sin posibilidad de reducción ya que me dice que está fuera de plazo. Las multas las he recogido hoy día 28 de abril , ya que no tenía constancia de que existieran , mi inquilino no me avisó nunca de haber llegado ninguna notificación….. qué puedo hacer? Puedo recurrirlas? en la notificación no indica el motivo, ni adjunta foto….. y sin son realmente de velocidad tengo derecho a pagarlas con la reducción del 50%? por no tener constancia de que las tenía?
Gracias y un saludo.
Buenas tardes,
He recibido hoy (23/05/2018) una multa por estacionar en línea amarilla el día 17/09/2017. En la denuncia aparece que el registro de salida de la multa se efectuó el 6/02/2017. Me gustaría saber si la Administración ha cumplido los plazos de entrega de la multa y, en caso de no ser así, si sería posible recurrirla.
Gracias
Buenos días, Alicia:
En contestación a su duda, le recomendamos que nos remita la misma, ya que de este modo podremos asesorarle y valorar si la administración notificó la misma correctamente.
Un saludo, quedamos a su disposición.
Hola, no he recibido varias notificaciones y se me ha ocurrido mirar en buscamultas.com y resulta que tengo 6 MULTAS quye no me han notificado y todas ellas fuera del plazo para recurrir. Por dios que hago…
Estimada Natalia,
Entendemos que las sanciones no han podido ser entregadas en su domicilio, y de ahí que las mismas hayan sido publicadas en el Boe, la cual es válida y es objeto de recurso. Pero también es cierto que la situación precisa un análisis, por lo tanto lo más recomendable sería que nos remitiese la información que dispone para así poder comentarla con usted. Si quiere, puede dejarnos un número de teléfono y nos pondremos en contacto con usted para asesorarle.
Muchas gracias y un saludo
Hola a ver si pueden ayudarme con este asunto.
Hoy he recibido una carta de una multa que me pusieron en marzo, recurrí y me ha llegado hoy la respuesta, por lo que me he informado tienen 6 meses para notificarme la resolucion de la misma y me ha llegado la notificación 6 meses y 2 días aterde,. Puede quedar invalidada?
Estimado Fran, el plazo de prescripción sobrevenida de las sanciones graves y muy graves es de 6 meses, por tanto le recomiendo que nos remita la sanción para que podamos aconsejarle cómo actuar, ya que habrá que estudiar la documentación obrante en el expediente a efectos de comprobar si efectivamente se ha producido la prescripción y, en tal caso, como solicitar al archivo de las actuaciones.
Un saludo
Buenos días. He recibido una multa por “estacionar obstaculizando la utilización de un vado señalizado correctamente y en accesos a inmuebles”. (200 € o 100€ reducida). La multa la he recibido en mano, certificada pero el mismo día que vencía la fecha de “control” con lo cual, una semana después, la web del ayuntamiento no me deja pagarla con la reducción del 50%. Me da un mensaje de “la fecha para realizar el pago se ha cumplido”. El cartero que me entregó la multa me dijo que los datos de entrega se “vuelcan” diariamente al ayuntamiento, por lo que no entiendo que no me deje pagarla ya que no han pasado 20 días naturales desde la entrega. ¿Hay manera de librarme de la multa? Gracias.
Buenos días Javier, en relación a la cuestión que nos comenta indicarle que desde que recibe la sanción de manera certificada dispone de 20 días para proceder al pago con la bonificación, por tanto le recomendamos desde el Departamento Jurídico nos envíe la sanción recibida para valorar si existiese algún defecto de notificación, ya que desde que recibe la misma le deben dar un margen para proceder al pago. Si lo desea, déjenos un teléfono para que le ampliemos la información.
Un saludo
Buenos días. El día 27 de septiembre de 2018 recibo notificación en mi domicilio de una infracción supuestamente cometida el día 17 de junio de 2018 en Cercedilla. Adjunta el ayuntamiento foto de mi vehículo haciendo un giro que supuestamente no está permitido. El decreto de sanción se dicta el día 11 de septiembre, según reza la multa, pero se imprime el día 18 de septiembre y se me notifica, como digo el 27 de septiembre por correo certificado. Leo en la Ley que las sanciones leve como está prescriben a los tres meses, salvo que se hubieran iniciado actuaciones para identificar al infractor, a través de otras instituciones, organismos, etc, en cuyo caso, el periodo de prescripción de detiene. Mi intención es recurrir la sanción, pero teniendo certeza de que ganaría el recurso por incumplimiento de plazo. ¿Hay alguna manera de saber si el ayuntamiento de Cercedilla recurrió a otros organismos para obtener mi información? ¿Qué recomiendan ustedes?
Muchas gracias.
Buenas tardes Borja,
En relación a su consulta informarle que la sanción que nos detalla no ha prescrito puesto que realizar un giro prohibido está tipificado como una sanción grave, por lo que este tipo de multas prescriben a los 6 meses; no obstante, no dude en mandarnos dicha notificación para que nuestro Departamento Jurídico pueda valorar la fotografía que le adjuntan en el expediente así como otros aspectos. Por otro lado, indicarle que los datos recabados de usted por parte del Ayuntamiento de Cercedilla son los que constan en Tráfico en el registro de conductores. Un saludo.
Buenas tardes:
Error mío: se trata de “no obedecer una señal de prohibición o restricción”. En la sanción pone que se trata de una sanción “leve”, concretamente, del concepto Cir. 154 5B. Por tanto, sí es leve y sí estaría prescrita, por lo que parece. Por tanto, mi pregunta es: el plazo de prescripción veo que comienza el día siguiente al hecho, pero ¿dónde pone en la Ley de tráfico que la fecha de la notificación en mi domicilio es la que se tiene en cuenta? Veo en foros y demás que es la que se tiene en cuenta, pero igual el ayuntamiento se agarra a que imprimió la sanción justo un día después de cumplirse tres meses o que se dictó sancionarme días antes de esa fecha, incluso. Muchas gracias.
Buenos días,
En ese caso la sanción estaría prescrita al no ser que se haya interrumpido el plazo de prescripción por no ser el titular del vehículo y le hayan identificado como conductor, puesto que esto interrumpe el plazo de prescripción de la sanción, no obstante le indico que para un mayor estudio de la sanción debe remitírnosla para poder valorar el posible recurso a presentar con respecto a la prescripción y a la prueba fotográfica que le envían. Desde la fecha de notificación en su domicilio de forma certificada dispone de 20 días bien para proceder al pago con la reducción o bien para interponer escrito de alegaciones. Un saludo.
Que hacer cuando te llega una notificación de denuncia de zona azul y el plazo de pago a expirado
Tuve un golpe con otro coche en un cruce hace un mes. Me hicieron prueba de drogas y di positivo, puedo asegurar que hacía una semana al menos que había dado unas caladas, nada más. El agente me dijo que me haría otro test para enviar a laboratorio y que si yo estaba seguro que no había consumido nada en ese tiempo, no pagase la sanción. El caso es que hoy he llamado para consultar el expediente y me han dicho que debería haber pagado para beneficiarme de la bonificación y, si el resultado de laboratorio es negativo, reclamar después ese importe. He consultado también mis puntos y no me han quitado ninguno. ¿Qué me recomendáis que haga?
Muchas gracias.
Buenas tardes,
He recibido hoy 7/11/18 una notificación de multa por exceso de Velocidad de fecha 2/08/18 y cuando voy a realizar el pago a través de la web del Ayuntamiento de Barcelona veo que ya no me permite pagarla con la reducción del 50%. Puedo recurrirla???
Buenas tardes, Sandra:
En ese caso, habría que ver como se notificó porque es posible que le llegara la multa por correo ordinario y la haya visto ayer y, por tanto,se haya pasado el plazo para pagar con la reducción. En cualquier caso, si le hubiese llegado por correo ordinario sería un motivo de recurso.
Por eso le digo que es necesario que analicemos el expediente para llamar al organismo y verificar cuándo se hizo la notificación exactamente.
Buenas tardes, Sandra:
Hola he recibido una multa de velocidad que he recibido cuando el plazo de pago con descuento ha ha pasado, que puedo hacrr para pagar con descuento.
Gracias.
Buenos días Xavi,
En relación a su consulta, si ha recibido la sanción fuera de plazo para acogerse al pago con descuento la habrá recibido por correo ordinario, no siendo un medio de notificación válido. Si no han podido entregarle la notificación por correo certificado, la Administración publicará en BOE su notificación. Una vez sea publicada, cuenta con plazo de 20 días desde el día siguiente a la publicación para acogerse al pago reducido. Puede ponerse en contacto con el Organismo para conocer el estado de su expediente.
Un Saludo.
Hola buenas, yo tambien recibí una multa en fuera de plazo de reduccion, donde tengo que contactar para solucionarlo? Ha llegado la multa 1mes despues del plaza para pagarla a mitad de precio
Buenas tardes,
Entiendo, al recibirla fuera de plazo para el pago con descuento, que ha recibido la notificación por correo ordinario, no siendo un medio válido. Al no haberle podido notificar por correo certificado, la Administración publicará su sanción en BOE; una vez sea publicada dispondrá de 20 días naturales, desde el día siguiente a la publicación, para acogerse al pago reducido. No obstante, puede llamar al Organismo que le sancionó para más información, incluso efectuar el pago por teléfono.
Un saludo.
Buenas tardes,
Me ha llegado una multa por no identificar al conductor responsable de una infracción de la que no tengo conocimiento. Aparentemente el expediente es del 28/12/2017 y no digo que alguno de mis hijos no cogiera el coche ese día. Lo cierto es que en me ha llegado nada, las dos multas que he tenido desde que tengo este coche, una por mal aparcamiento de hace varios años y otra en la que me salté un semáforo y me paró al policía, me pidió identificación y me puso una multa, que pagué.
Como puedo recurrir una multa de la que no he recibido notificación y que me ha llegado fuera de plazo aunque se publicó en el boletín de la provincia en septiembre 2018?
Gracias
Estimada Ana María,
Comentarte que siendo tal y como nos indicas que es primera noticia, debemos tener constancia que no se haya publicado por BOE la sanción para identificar, en estos casos se puede presentar un escrito solicitando la admisión, puesto que no se ha recibido nada anterior, pero lo que más le recomiendo es que nos envíe la documentación que dispone para poder presentar el recurso oportuno.
Muchas gracias y un saludo.
Buenas tardes. A finales de agosto del año pasado la Policia Nacional me requisó un poquito de hachis apuntando mi dni y explicándome que sería propuesto para sanción. Han pasado ya casi 5 meses y aún no he tenido noticia alguna. No tengo ningún procedimiento administrativo abierto ni ninguna notificación a día de hoy comprobado a través del sistema cl@ve. Quisiera saber cuál es el plazo que dispone la administración pública para notificarme dicha sanción antes de que se produzca su caducidad.
Gracias de antemano
Saludos
Buenos días Rafa,
Pese a no tratarse de una sanción de tráfico, comentarte que debes esperar a que te notifiquen, dispone de un año para realizarla la misma, puesto que pasado el año, se ha producido caducidad en el procedimiento.
Muchas gracias y un saludo.
Buenas tardes
He recibido por correo certificado notificación de infracción grave por mal aparcamiento el día de hoy 12/2/19. Según lo indicado en la notificación de la multa, la denuncia fue el 6/8/18. A transcurrido más de 6 meses. Ha prescrito la multa??. Debe recurrir la multa??. Que pasos debe dar??.
Muchas gracias. Un saludo
Estimado Javier,
Si es usted el titular del vehículo y por tanto no ha habido una identificación previa, efectivamente el plazo son 6 meses, de modo que debería recurrirla alegando dicha prescripción. No obstante, le deberían ser aportadas también más pruebas sobre la infracción que también se deberán pedir en las alegaciones del recurso de la multa. Le recomiendo que nos envíe la sanción al departamento jurídico donde procederemos a estudiar el caso en profundidad con toda la documentación que nos aporte.
Un saludo.
Hola buenas. Me han llegado dos multas por exceso de velocidad en el mismo radar. Las multas no me dan opcion de pagar el 50 por ciento. Me han llegado como si ya me las hubieran notificado y no es asi. Que debo hacer?Pagar los 100 euros de cada una o recurrirlas?
Buenos días Javier Castillo,
Si no le consta haber recibido nada anteriormente con toda seguridad se lo habrán publicado en el BOE, no obstante está en su derecho de reclamar los antecedentes para que le acrediten el domicilio de notificación, si bien esta resolución también le permite realizar el pago. Nuestra recomendación es recurrir y solicitar tanto las pruebas de exceso de velocidad como los justificantes de entrega de ambas denuncias.
Un saludo.