Cómo ganar los recursos de multas por notificación fuera de plazo.

Recursos de multas: entrega fuera de plazo

La administración tiene unos plazos fijados para notificar las sanciones. Así, las leves deberán ser notificadas por correo en los tres meses siguientes a la infracción; en el caso de las graves o muy graves, el plazo será de 6 meses.

Hay múltiples ejemplos de recursos de multas ganados por el incumplimiento de los plazos. Y es que una vez que se han cumplido los límites temporales, las multas prescriben. Es decir, que las multas quedan sin validez alguna.

Plazos de envío de las multas

Lo primero que hay que aclarar es cuándo es imprescindible el envío de las multas. Así, este no será necesario si el boletín se ha entregado en mano. Ojo, porque eso no significa encontrarlo en el parabrisas del coche, sino entregado directamente por el agente que haya puesto la multa.

En caso de que sea necesario este envío, la Administración contará con 3 meses, 6 meses o un año para notificarlas, según el hecho denunciado. Si no cumplen esos plazos, será el momento de dar el pistoletazo de salida a los recursos de multas.

De hecho, cuanto más se demore la Administración en notificarnos, más probabilidad tendremos de conseguir la prescripción de nuestras multas de tráfico. En el momento que recibamos la notificación, esto significará que el procedimiento para sancionarnos se ha iniciado. Comenzará por tanto el plazo para presentar alegaciones o recursos, en caso de que no consideremos justa la sanción, o el periodo para abonar la multa con descuento.

Plazos de prescripción particulares

Así pues, los plazos para notificar las multas podrían verse alterados, y no cumplirse siempre la norma de 3/6 meses. Por eso, hay que tener en cuenta que el reloj empieza a contar el día que se comete la infracción o, en su defecto, al día siguiente a que la multa de tráfico sea firme.

Así pues, si transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento no se efectúa la sanción, la infracción caducará y se procederá, por tanto, al archivo de las actuaciones. En el caso de que haya sanción económica, la administración dispone de 4 años seguidos e ininterrumpidos para efectuar la sanción, esto es, cobrar la multa, en caso de que la administración no haya hecho nada con el expediente, la sanción por la multa de tráfico prescribirá.

Recursos de multas: no a la indefensión

Una vez recibimos las notificaciones de las multas, está en nuestra mano actuar. Por supuesto, desde Pyramid Consulting recomendamos recurrir las multas de tráfico, puesto que en muchos casos no son justas y suponen una clara vulneración de los derechos de los conductores.

Una vez recibida la denuncia, contaremos con un plazo de 20 días naturales para presentar el recurso a la multa. Para ello, deberás dirigirte al organismo sancionador (ayuntamiento, Tráfico…). También se podrá presentar en cualquier otra Jefatura por correo administrativo a través de una oficina de Correos. Otra opción es hacerlo en los registros oficiales de la Administración Estatal, Autonómica o de las Entidades Locales que hayan suscrito un convenio al efecto.

El escrito debe contener una serie de datos imprescindibles, tales como los datos personales, datos de la denuncia y las alegaciones. No es un paso fácil, puesto que cuanto más explícito sea el texto y más especializado el lenguaje, mayores posibilidades habrá de ganar el recurso.

Para todo esto, siempre se puede optar por la opción más segura y cómoda: contratar los servicios de una empresa dedicada al recurso de multas. Desde Pyramid Consulting nos encargamos de todo el proceso del recurso.

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