Las multas cometidas en el extranjero no cuestan pérdida de puntos

Cada vez es más habitual viajar a algún país cercano con el vehículo propio o alquilar vehículo allí para hacer turismo, y meses después, recibir la desagradable sorpresa de encontrarnos con una notificación en forma de multa por haber estacionado incorrectamente, haber sobrepasado los límites de velocidad o por haber circulado por alguna zona restringida, entre otras.

La desagradable sorpresa se magnifica cuando la multa recibida, además de la sanción económica, comporta retirada de puntos del carnet de conducir. Debemos tener en cuenta que las legislaciones de algunos países europeos, como por ejemplo Italia, son muy similares, en cuanto a trámites y responsabilidad, a la legislación española y contemplan también el “carnet por puntos”.

La eterna duda que a todos se nos planea cuando recibimos una multa extranjera es: ¿me van a quitar los puntos del carnet que se indican en la notificación recibida?
En respuesta a la anterior pregunta formulada, el Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting se ha puesto en contacto con el Dpto. de Normativa de la Dirección General de Tráfico, y éste ha confirmado que en la actualidad no es posible que ningún otro estado, por multas cometidas en su territorio que comportan detracción de puntos,  detraída puntos a los conductores españoles con carnet de conducir registrado en España ya que no existen mecanismos para la ejecución de esta sanciones accesorias.

España tampoco puede retirar puntos a los conductores extrajeros

A la misma pregunta planteada a la inversa, es decir, si España puede retirar puntos a un extranjero sin carnet de conducir en España por infracciones cometidas en nuestro territorio, desde la Dirección General de Tráfico le dan idéntica respuesta, tampoco es posible.

Esta operativa puede cambiar en cualquier momento, tan pronto como se produzca la firma de convenios bilaterales con otros estados sobre ejecución de sanciones.

Dpto. Jurídico de Pyramid Consulting

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