Cuándo recibiré una multa
A nadie le gusta el mometno de recibir una multa en casa. A veces es esperada, y a veces supone una auténtica sorpresa. Puede ser porque no nos enteramos de la infracción o, simplemente, porque ha pasado tanto tiempo que se nos ha olvidado.
Lo primero a tener en cuenta es que cualquier multa debe ser notificada al conductor que ha cometido la infracción. Una vez recibida la notificación, será el momento en el que empezarán a contar los plazos para pagar la multa.
Una multa puede notificarse de distintas formas. Así, puede hacerse en el momento de la infracción, cuando se detiene el vehículo y se informa al conductor y entrega la multa en mano. Cuando se da este caso, el plazo para pagar con descuento o para presentar alegaciones comenzará en ese mismo momento.
Cuando no te notifican la multa en el momento
En caso de que la infracción haya sido detectada por un aparato como, por ejemplo, un radar, la multa llegará al propietario del vehículo. Él será el responsable de identificar al conductor, que recibirá una nueva notificación.
Cuando se da esta situación, la administración tendrá que ponerse en contacto con el infractor. Podrá hacerlo, en caso de haberla, mediante la dirección electrónica vial. Si no es posible, lo hará mediante correo certificado. Si después de dos intentos esta entrega no ha podido realizarse, se procederá a la publicación en Boletines Oficiales.
Los plazos de notificación
La Ley plantea unos plazos fijos para notificar las sanciones. De no cumplirse esos plazos, el expediente podría prescribir.
Así, las multas de tráfico tienen que ser notificadas en un plazo que se sitúa entre los tres meses y un año. Dependerá el plazo fijo de la gravedad de la infracción. Las leves deberán ser notificadas por correo en los tres meses siguientes a la infracción; en el caso de las graves o muy graves, el plazo será de 6 meses.
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Ha transcurrido el plazo para recurrir. ¿Qué puedo hacer?
Buenas hace 7 meses que me hicieron el drogotest y me ha llegado la notificacion de multa hoy sin la prueba de laboratorio. ¿Podria recurrir?
Buenas tardes, Jose:
Efectivamente, puede recurrir dado que le conceden un plazo de 20 días para ello. En este caso, es fundamental no sólo la prueba del laboratorio, sino también el certificado que acredite que se ha llevado a cabo correctamente la cadena de custodia. Es por ello y dada la cuantía tan elevada de la sanción que le recomendamos contacte con nosotros con el fin de preparar una buena argumentación jurídica en defensa de sus intereses. Si lo desea, déjenos un número de teléfono para poder explicarle cómo proceder.
Saludos
Me han multado 60 veces por pasar por un mismo radar distintos días y todas me llegan de golpe es esto correcto? Obviamente entiendo el exceso de velocidad pero que todas sean de un mismo radar ya que es por donde transito a mi trabajo…. Porque no avisar las primeras porque esperar tanto y acumular y abrir varios procedimientos administrativos por las mismas infracciones del mismo radar… Puedo hacer algo? Hay alguna ley que ampare mi derecho de saber que estaba infringiendo la ley? O es lógico acumular tantas?
Buenas tardea Fabiola,
En relación a su consulta, es cierto que la Administración, a veces, agrupa todas las infracciones para notificarlas en remesas intentando notificar dentro de los plazos establecidos para que éstas no prescriban. Las mismas “en teoría”, serán válidas aunque sean del mismo radar, si se cometen en momentos distintos. No obstante, también es cierto que esta forma de proceder por parte de la Administración tampoco es correcta, porque no ha dado tiempo a que el infractor corrija su errónea conducta, que en definitiva es el objeto de la sanción. Por todo ello, entendemos que son perfectamente recurribles.
Muchas gracias,
Un saludo.
Buenas noches, me pusieron una multa leve el 28-02-2018 por tener el coche más de 1 mes aparcado en el mismo sitio. Me llegó la multa por carta ordinaria y una notificación que no fui a buscar el 14 de mayo, en el boe la publicaron el 13 de junio. Tengo entendido que con las multas leves tienen 3 meses para notificarlo, he llamado al departamento que lo lleva y me dicen que el intento de notificarlo el 14 de mayo, aunque yo no haya ido a buscar la carta ya cuenta, que en el boe lo pueden publicar cuando quieran. Esto es así? O la multa a prescrito? Muchas gracias
Estimada Susana,
La administración está en lo correcto, pero aún así se puede analizar el caso y ver la viabilidad del recurso. Por lo tanto, si quiere que analicemos su situación déjenos su número de teléfono y una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para darle una información más personalizada.
Un saludo.
Me pusieron una sanción de caza, sin notificación en el acto, el 16/10/2016. Es más digeron los agentes del SEPRONA que no daba lugar la denuncia.
Al año y unos días, me notificaron por carta certificada la iniciación del procedimiento sancionador, que lleva fecha del 16/10/2017, es decir, UN AÑO DESPUÉS DE LOS HECHOS.
Ha leido que hay unos plazos de notificación y que el máximo es de un año.
Mi pregunta es, estaría fuera de plazo el procedimiento?
Gracias, un saludo.
Buenos días, Francisco:
Lamentablemente, al no ser una multa de tráfico no podemos darle respuesta a su consulta. No obstante, si quiere puede dejarnos su número de teléfono (no lo publicaremos) y se lo haremos llegar a nuestro bufete multidisciplinar donde, seguro, podrán asesorarle.
Un saludo
Buenos dias, Mi duda es la siguiente;
‘Me engancharon en un radar’ de un tramo de 90, no me acuerdo en el momento de la velocidad en la que iva. Quisiera saber como se podria averiguar el estado de la sancion, es decir la velocidad exacta en la que me pillaron al ser un coche de un familiar. Supongo que existe algun metodo en el que no te pidan certificado digital
Buenos días Ismael,
Para conocer la velocidad a la que circulabas y demás datos de la sanción debes esperar a que la misma sea notificada. Dicha notificación se efectuará en el domicilio del titular del vehículo que en su caso podrá identificarte como conductor. En el caso de las personas físicas, a menos que voluntariamente estén dadas de alta en la dirección electrónica Vial (DEV), las notificaciones sobre sanciones de tráfico se efectuarán en el domicilio que conste en la DGT.
Muchas gracias,
Un saludo.
hola, enviaron una multa por exceso de velocidad a mi marido, pero iba yo conduciendo. Hicimos el cambio de conductor. ahora tenemos que esperar a que nos vuelva a llegar la multa a mi nombre, verdad? porque hace ya unos dias de esto y no nos llega..
Estimada Oihana,
Con relación a su consulta comentarle que efectivamente si habéis comunicado correctamente los datos os debería de llegar la multa a nombre de la persona identificada. Debido al estado de alarma y a la situación del país es posible que no llegue antes de mayo.
Saludos
Buenos días:
Me pusieron una infracción grave por mal estacionamiento de la moto la cual caduca a los 6 meses. Me llegó una carta certificada 3 días antes de la prescripción la cual no acepté y devolví como desconocido. Si lo publican en el BOE o en el tablón correspondiente fuera del plazo (ya que solo quedan 3 días para que prescriba) prescribirá la multa o cuenta el día en que llegó el cartero?
Un saludo, muchas gracias
Estiamdo Raúl:
La prescripción como bien dice es de 6 meses para infracciones gravea, pero en estos casos hay que valorar si la prescripción es de origen o sobrevenida porque el cómputo de plazos varía. Por tanto, tendríamos que valorar y estudiar el expediente porque al indicar usted que el domicilio es desconocido, se debería acreditar el por qué indicó eso el cartero en su aviso o si por el contrario indicó que estaba ausente.
En relación a lo expuesto, no dude en contactar con nuestro servicio para que el departamento jurídico le pueda ayudar en lo que necesite.
Un abrazo y feliz tarde!
Buenos días :
si no recibo una notificación de multa, cuanto tardaría en estar publicada en el BOE. Y en el caso de ser superior a los 20 días de la notificación no recibida, ¿pierdo la reducción?
Buenos días Román,
Con relación a su pregunta, es oportuno evidenciar que , cuando la Administración intenta notificar un acto en el domicilio y no lo consigue, se dejará constancia de esta circunstancia en el procedimiento sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el BOE.
Una vez notificada la denuncia, bien en mano, por correos o por BOE, se dispone de 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de notificación de la denuncia para presentar alegaciones o , bien , para pagar con el descuento.
No dudes en ponerse en contacto con nuestro departamento para evaluar, de forma mas puntual, su caso.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!
En marzo 2022 recibo multa por exceso de velocidad, iba a 70 donde la máxima es 60, la falta fue de 14/8/2021, 7 meses después, la pague.
Hoy recibo otra multa del mismo semáforo del 30/8/2021, velocidad de 68,6 luego de 9 meses de ocurrido.
Que debo hacer, puedo reclamar o tengo que pagar.
Desde ya que luego de pagar la primera paso a 50 km.
Es en la entrada de San Nicolás, venís bajando velocidad.
Estimado Armando,
Entiendo que la segunda sanción es, igualmente, por exceso de velocidad ¿no es así?
En caso de que sea una sanción por exceso de velocidad podemos presentar un escrito de alegaciones solicitando las pruebas para la defensa de la sanción, así como la aplicación del margen de error, fotografías de la infracción o la medición del cinemómetro, entre otras.
Le recomiendo que se ponga en contacto con nuestro Departamento Jurídico y nos remita la sanción para valorar, además, otras cuestiones importantes como la prescripción de la misma.
Le animamos a que se ponga en contacto directamente con nuestro Departamento Jurídico en el teléfono 91 523 23 15 o nos facilite un teléfono de contacto a través de cualquiera de los canales de nuestras redes sociales o en el email jppalencia@pyramidconsulting.es
¡¡¡Un abrazo y feliz día!!!